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Autor Tema: Estrategia defensa José Bretón  (Leído 118247 veces)

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #320 en: 20 de Octubre de 2012, 18:55:20 pm »
José Bretón será juzgado por un jurado popular. Así lo ratificó ayer la Audiencia Provincial de Córdoba que desestimó el recurso interpuesto a finales del pasado mes por su abogado, José María Sánchez de Puerta, contra el fallo de 27 de septiembre del titular del juzgado de instrucción, número 4, José Luis Rodríguez Lainz.

El escrito del Alto Tribunal cordobés ratifica punto por punto los razonamientos del juez instructor del caso e indica que sus fundamentos «están expuestos de forma clara y brillante» en la desestimación del recurso del letrado de Bretón. La competencia de este caso es clara, indica la Audiencia, y corresponde a un Tribunal del Jurado.

La Audiencia se ampara en la legislación vigente «que bastaría para desestimar el recurso», pero además le recuerda al recurrente que «las sospechas preventivas sobre la parcialidad del jurado es totalmente contraria a los principios constitucionales en los que esa competencia objetiva se fundamenta».

Junto a esto, y al hilo de esta presunta parcialidad o contaminación de los miembros de un jurado por la avalancha de noticias sobre el caso que han salido publicadas, la Audiencia señala que «lo que parece que se pretende no es sino prevenir, lo que no puede sino ser considerado como una sospecha», recordando al letrado de Bretón «que es absolutamente necesario atender al principio de legalidad vigente» y que la legislación establece una serie de mecanismos para garantizar que ese principio de imparcialidad se cumpla.

Una vez conocida la resolución de la Audiencia, Sánchez de Puerta podría recurrir a instancias superiores como el Supremo o el Constitucional, tal y como anunció en su día cuando le fue desestimado el recurso en primera instancia.


"quotquotLa envidia es una declaración de inferioridad"quotquot
Napoleón Bonaparte

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #321 en: 20 de Octubre de 2012, 19:13:17 pm »
Os pego aqui una entrevista con el abogado defensor: No puedes ver los enlaces. Register or Login


Me gustaría resaltar los siguientes comentarios:
"Irrefutable en el mundo del derecho no hay absolutamente nada. A todo punto se le puede encontrar su defensa. Estamos ante el derecho penal y esto no es como las matemáticas, un arte cuadrado. El derecho penal tiene muchísimas interpretaciones y de ahí que siga creyendo que tenemos muchos puntos y bastantes motivos de defensa. Aquel día, yo estaba esperanzado en que esta señora [Josefina Lamas] no modificara su informe y no se plegara a los informes de los demás peritos. Fue curioso por que ella no quiso cambiar su informe delante del resto de peritos, sino que se hizo con anterioridad, en una declaración muy muy larga. En mi interrogatorio, la primera pregunta que le efectué fue que si los huesos que ella había cogido eran los mismos que días antes [de esta última declaración] había visto en las dependencias policiales de Madrid. Y me dijo que sí, que eran los mismos pero muchos más deteriorados por las vueltas que estos huesos habían dado durante todo este año. Si esta señora hubiera mantenido su posición, lógicamente mi defensa seguiría siendo poner en duda los otros informes que se han efectuado, porque las conclusiones del resto de peritos tampoco son tan unitarias como parece o como se nos quiere hacer entender. Hay muchos puntos de fricción entre esos informes. Lógicamente cambió mi parecer aquella tarde. Y en vez de salir contento de esta declaración y de estos informes tan exahustivos pues no no lo hice. Pero ya les digo que volveré a meterme en el fondo del asunto y a encontrarle los tres pies al gato porque indudablemente los tiene."

"Estoy haciendo lo imposible porque sea un tribunal profesional, porque creo que así debe ser. La Constitución en su artículo 24 en los números uno y dos está diciendo que toda persona tendrá derecho a un juicio justo. Y aquí, con un tribunal popular, no va a haber un juicio justo. Aquí existe un conflicto de leyes: está la Ley del jurado que dice que todo delito de asesinato deberá de regirse por un tribunal popular, pero por encima de esto está la Constitución, que dice que toda persona tendrá derecho a un juicio justo. En este conflicto de leyes, siempre tiene que prevalecer la de mayor rango. Y la de mayor rango es la Constitución."


"P. Volviendo a la familia. ¿Cómo valora los autos que ha emitido el juez parece que apretando, sin imputar a nadie, a la familia?

R. Hombre, el juez en este caso no puede imputar a nadie, sobre todo por imperativo legal. Aquí está el artículo 454 del Código Penal, donde por razones de consaguineidad estas personas no tienen obligación de declarar contra su pariente. Por lo tanto, cuando yo veía a la acusación particular pidiendo el procesamiento de estas personas decía que había que remitirse al 454. Hay un informe policial muy interesante que dice que si esta persona [José Bretón] no tuviera el apoyo de su familia podría derrumbarse y podría decir algo. Yo creo que esto lo cogió al pie de la letra el juez instructor. Y dijo, que la familia se rompa, que la familia se derrumbe. Y cuando él se vea solo, siguiendo las instrucciones de la Policía, esta persona podrá decir algo de lo que no sabemos y estamos deseando saber. Nosotros estimamos que ésta no debe de ser la postura de una instrucción."


"P. ¿Qué es lo que más trabajo le está llevando: convencer a su cliente de algo o asumir una defensa diferente?

R. Lo que más trabajo me ha dado es el oscurantismo que ha habido en cuanto a las fases tan dilatadas de los secretos de sumario. Trabajar a ciegas es muy difícil en esta profesión, máxime teniendo en cuenta que el fiscal y el juez estaban al tanto de todo lo que ese estaba cociendo. La defensa quedaba fuera de esto. Estos han sido los puntos más escabrosos que yo he tenido. Tanto es así que existe un proyecto de ley del ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón en el que a partir de ahora habrá un sólo secreto de sumario y en casos excepcionales. En este asunto, hemos tenido secretos de tres y cuatro meses. En un caso así no se puede poner en la misma balanza a la parte acusatoria, al fiscal, y a esta defensa, que ha estado a ciegas"
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #322 en: 20 de Octubre de 2012, 20:39:10 pm »
Muy interesantes tus aportaciones, Ana. A mí me parece que, cada uno en su papel, están muy bien los dos. Poco sustento, sin embargo, tiene el argumento del abogado defensor, aludiendo al derecho constitucional a un proceso con todas las garantías que se impone sobre la Ley del Jurado. El acceso a la jurisdicción es derecho de configuración legal, como han señalado el TJ y el TS, en jurisprudencia asentada. Si hay una ley (no declarada inconstitucional) que atribuye claramente la competencia, ésta habrá de cumplirse. Y luego apelar, si hace falta, siguiendo tambien la ley. ;)
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #323 en: 21 de Octubre de 2012, 11:44:55 am »
Como ya sabemos la Audiencia Provincial de Córdoba ha rechazado el recurso del abogado de Bretón contra la resolución de celebrar el juicio ante Jurado popular

"La Audiencia se ampara en la legislación vigente «que bastaría para desestimar el recurso», pero además le recuerda al recurrente que «las sospechas preventivas sobre la parcialidad del jurado es totalmente contraria a los principios constitucionales en los que esa competencia objetiva se fundamenta». Junto a esto, y al hilo de esta presunta parcialidad o contaminación de los miembros de un jurado por la avalancha de noticias sobre el caso que han salido publicadas, la Audiencia señala que «lo que parece que se pretende no es sino prevenir, lo que no puede sino ser considerado como una sospecha», recordando al letrado de Bretón «que es absolutamente necesario atender al principio de legalidad vigente» y que la legislación establece una serie de mecanismos para garantizar que ese principio de imparcialidad se cumpla."

Está claro que la ley dice que en caso de asesinato se tiene que juzgar por jurado popular, pero en el caso del asesinato de Marta del Castillo se juzgó por un Tribunal Profesional. Ya antes en este hilo se ha apuntado que probablemente fue parte de la estrategía de la defensa, admitió haberla violado, con lo que ya se podía juzgar por un Tribunal profesional. Se podría haber hecho algo por el estilo en este caso? Para ello tendría que imputarle otro delito, por ejemplo "denuncia falsa"?

Y que os parece este argumento? :  «las sospechas preventivas sobre la parcialidad del jurado es totalmente contraria a los principios constitucionales en los que esa competencia objetiva se fundamenta».
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #324 en: 21 de Octubre de 2012, 12:21:23 pm »
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Y que os parece este argumento? :  «las sospechas preventivas sobre la parcialidad del jurado es totalmente contraria a los principios constitucionales en los que esa competencia objetiva se fundamenta».

Pues que con el bombardeo mediatico que ha tenido el caso, la competencia objetiva en la que se fundamenta ha salido un poco perjudicada, a mi entender, y si creo que pueda existir parcialidad en el jurado popular e incluso si fuese un jurado profesional, creo que algo cambiaría en cuanto la imparcialidad.
O calla o algo di que mejor que callar sea.
Pedro Calderón de la Barca

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #325 en: 21 de Octubre de 2012, 12:54:30 pm »
Hablo de memoria ¿pero no debería en estos casos, de posible concurrencia de delitos, determinarse la competencia judicial por el delito más grave imputado?. Si es así, no existen dudas acerca de la competencia del Tribunal del Jurado.

Artículo 1. Competencia del Tribunal del Jurado.
1. El Tribunal del Jurado, como institución para la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia, tendrá competencia para el enjuiciamiento de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo por ésta u otra Ley respecto de los contenidos en las siguientes rúbricas:
 a.Delitos contra las personas.
2. Dentro del ámbito de enjuiciamiento previsto en el apartado anterior, el Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal:
 a.Del homicidio (artículos 138 a 140). El art. 139 tipifica el asesinato, por el que Bretón ha sido imputado.
En un compendio de sentencias, he encontrado cosas interesantes:
Sentencia: nº 350/2011 de fecha 05/05/2011
«El motivo primero y previo afecta al derecho a juez predeterminado por la ley, cuya vulneración se invoca como causa de nulidad al no haberse tramitado la presente causa por el procedimiento de la Ley del Jurado.Las cuestiones relativas a la conexidad se abordan con posterioridad, por lo que mientras tanto, regía el texto del artículo 5.2º de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, que atrae hacia la modalidad del enjuiciamiento por el procedimiento del jurado los delitos conexos, salvo de forma terminante el de prevaricación.
El 20 de Febrero de 2010 se convoca un Pleno no jurisdiccional, sobre la competencia del Tribunal del Jurado en los
supuestos de conexidad delictiva, que es lo que concurre en el caso presente. Según el acuerdo mayoritario, se examinan y resuelven distintas posibilidades. En relación con el caso concreto, se decide que “La competencia se extenderá al delito conexo siempre que se haya cometido teniendo como objetivo principal perpetrar un delito que sea de la competencia del Tribunal del Jurado, es decir que ha de ser de la competencia del Jurado aquel cuya comisión se facilita o cuya impunidad se procura”.
En otro Pleno no jurisdiccional, de 23 de Febrero de 2010, complementa el anterior precisando que “Cuando existieren dudas acerca de cual es el objetivo principal perseguido por el autor de los hechos objeto de las actuaciones y uno de ellos, al menos, constituya delito de los atribuidos al Tribunal del Jurado (art. 1. 2) la competencia se determinará de acuerdo con la que corresponda al delito más gravemente penado”.

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #326 en: 21 de Octubre de 2012, 13:20:56 pm »
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Hablo de memoria ¿pero no debería en estos casos, de posible concurrencia de delitos, determinarse la competencia judicial por el delito más grave imputado?. Si es así, no existen dudas acerca de la competencia del Tribunal del Jurado.

Artículo 1. Competencia del Tribunal del Jurado.
1. El Tribunal del Jurado, como institución para la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia, tendrá competencia para el enjuiciamiento de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo por ésta u otra Ley respecto de los contenidos en las siguientes rúbricas:
 a.Delitos contra las personas.
2. Dentro del ámbito de enjuiciamiento previsto en el apartado anterior, el Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal:
 a.Del homicidio (artículos 138 a 140). El art. 139 tipifica el asesinato, por el que Bretón ha sido imputado.
En un compendio de sentencias, he encontrado cosas interesantes:
Sentencia: nº 350/2011 de fecha 05/05/2011
«El motivo primero y previo afecta al derecho a juez predeterminado por la ley, cuya vulneración se invoca como causa de nulidad al no haberse tramitado la presente causa por el procedimiento de la Ley del Jurado.Las cuestiones relativas a la conexidad se abordan con posterioridad, por lo que mientras tanto, regía el texto del artículo 5.2º de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, que atrae hacia la modalidad del enjuiciamiento por el procedimiento del jurado los delitos conexos, salvo de forma terminante el de prevaricación.
El 20 de Febrero de 2010 se convoca un Pleno no jurisdiccional, sobre la competencia del Tribunal del Jurado en los
supuestos de conexidad delictiva, que es lo que concurre en el caso presente. Según el acuerdo mayoritario, se examinan y resuelven distintas posibilidades. En relación con el caso concreto, se decide que “La competencia se extenderá al delito conexo siempre que se haya cometido teniendo como objetivo principal perpetrar un delito que sea de la competencia del Tribunal del Jurado, es decir que ha de ser de la competencia del Jurado aquel cuya comisión se facilita o cuya impunidad se procura”.
En otro Pleno no jurisdiccional, de 23 de Febrero de 2010, complementa el anterior precisando que “Cuando existieren dudas acerca de cual es el objetivo principal perseguido por el autor de los hechos objeto de las actuaciones y uno de ellos, al menos, constituya delito de los atribuidos al Tribunal del Jurado (art. 1. 2) la competencia se determinará de acuerdo con la que corresponda al delito más gravemente penado”.

Tienes razón, he indagado un poco mas y he encontrado esto:  "El juez que debía presidir el jurado popular por la muerte y violación de la joven Marta del Castillo ha ordenado que el caso pase a un tribunal profesional, a la vista de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las competencias del jurado. Fuentes judiciales han informado a Efe de que el juez ha emitido un auto en el que interpreta la postura del acuerdo no jurisdiccional del Tribunal Supremo sobre la finalidad perseguida por los autores del presunto delito. En el caso de la joven desaparecida el 24 de enero de 2009 en Sevilla, el juez interpreta que la finalidad del asesino confeso, Miguel Carcaño, no sería el homicidio sino la violación, según se desprende del escrito de acusación del fiscal, y por lo tanto el caso es competencia de un tribunal profesional de la Audiencia provincial."

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #327 en: 21 de Octubre de 2012, 23:28:28 pm »
Yk ss que lo siento... pero no dstoy en absoluto a favor del Jurado ni en este ni en ningún otro juicio. La naturaleza humana empuja a la inme sa mayoría de jurados a po erse del lado de las víctimas y clamar venganza según su cociencia... que suele ser siempre ignirar la presunción de inocencia y basarse hasta en la cara del tipo
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #328 en: 22 de Octubre de 2012, 12:55:54 pm »
Yo he expresado ya mis reticencias con respecto al Tribunal del Jurado, pero se trataba de comentar el asunto desde el punto de vista técnico y parece ser que este caso, la competencia es clara. Siempre les queda la apelación.
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #329 en: 24 de Octubre de 2012, 16:55:11 pm »
Yo personalmente pienso que sería capaz de defender a José Bretón. Con uñas y dientes, además. No soy abogado, pero se que él único que tiene que predicar con la imparcialidad es el juez y el abogado tiene que conseguir la mejor defensa posible para que su defendido. O para que sea absuelto (cosa que veo improbable) en el caso de Bretón, o conseguir la condena más corta. No entiendo porque algunos se rasgan las vestiduras en este tema. No andemos con paños calientes. Los abogados defienden y punto. En el momento de aceptar la defensa de tu cliente, te crees su versión y adelante. Si vas a entrar en cuestiones morales, mejor estudias otra cosa. Por otra parte, los jurados populares no actúan arbitrariamente y sus argumentos tienen que estar respaldados, pero también considero que ese hombre lo va a tener muy difícil en su defensa. La presión mediática es brutal en este caso y de alguna manera hace mella en los sentimientos de cualquiera.

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #330 en: 25 de Octubre de 2012, 11:48:48 am »
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Yo personalmente pienso que sería capaz de defender a José Bretón. Con uñas y dientes, además. No soy abogado, pero se que él único que tiene que predicar con la imparcialidad es el juez y el abogado tiene que conseguir la mejor defensa posible para que su defendido. O para que sea absuelto (cosa que veo improbable) en el caso de Bretón, o conseguir la condena más corta. No entiendo porque algunos se rasgan las vestiduras en este tema. No andemos con paños calientes. Los abogados defienden y punto. En el momento de aceptar la defensa de tu cliente, te crees su versión y adelante. Si vas a entrar en cuestiones morales, mejor estudias otra cosa. Por otra parte, los jurados populares no actúan arbitrariamente y sus argumentos tienen que estar respaldados, pero también considero que ese hombre lo va a tener muy difícil en su defensa. La presión mediática es brutal en este caso y de alguna manera hace mella en los sentimientos de cualquiera.
Estimada Silvia, con todos los respetos: creo que usted iba bien mientras expresaba, en abstracto, su disposición a llevar la defensa de este ciudadano, defensa a la que tiene el mismo derecho que los demás, garantizado en la Constitución. También tiene usted derecho y también constitucional, a expresar sus puntos de vista libremente en este foro.
Lo que no me parece ya de recibo es que imparta lecciones magistrales a los abogados acerca de su forma de interpretar el código deontológico de su profesión, la cual además, usted misma lo reconoce, no ejerce.
Ninguna profesión puede o debe conducirse prescindiendo de la ética y el Abogado es libre, cuando cree que sus convicciones morales pueden dificultarle ejercer la defensa, de renunciar a ésta, pasándole el testigo (la venia) a un compañero. No hay disposición legal que le obligue a continuar con el caso.

Estatuto General de la Abogacía Española, artículo 26.
1. Los abogados tendrán plena libertad de aceptar o rechazar la dirección del asunto, así como de renunciar al mismo en cualquier fase del procedimiento, siempre que no se produzca indefensión al cliente.
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #331 en: 25 de Octubre de 2012, 11:57:30 am »
una duda.. todas las conversaciones entre abogado y cliente son secretas, no se puede decir nada?, imaginemos que el cliente le dice tengo secuestrado en tal sitio a tal persona, el abogado no puede decir nada?
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #332 en: 25 de Octubre de 2012, 12:41:29 pm »
Sobre el "deber de secreto" del Abogado...

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Saludos

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #333 en: 25 de Octubre de 2012, 12:52:40 pm »
Lo he leído y he entendido que se podría en este caso
Y el artículo 33 letra e):


“Mantener como materia reservada las conversaciones y correspondencia habidas con el abogado o abogados contrarios, con prohibición de revelarlos o presentarlos en juicio sin su previo consentimiento. No obstante, por causa grave, la Junta de Gobierno del Colegio podrá discrecionalmente autorizar su revelación o presentación en juicio sin dicho consentimiento previo.”
aunque claro también se puede revelar ateniéndote a las consecuencias
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Desconectado Alfmonti

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #334 en: 25 de Octubre de 2012, 13:11:13 pm »
Si señorita, así es...pero para un abogado que le preceda su fama de no guardar los secretos de sus clientes, hay poco futuro ¿Qué cliente querrá trabajar con el? Así que en casos de extrema y urgente gravedad habrán de emplearse otros métodos, digamos...menos públicos...Pero esa, es solamente decisión del Abogado.

De entrada y como valor fundamental, la relación Abogado-Cliente debe basarse en la confianza mutua y esta debería ser la ley para el Abogado.

Saludos

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #335 en: 25 de Octubre de 2012, 13:32:14 pm »
Gracias esperemos que nunca conozcamos ese tipo de secreto, porque si me dan a elegir está claro que la vida de una persona vale mucho más que la fama  ;)
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Desconectado anahid

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #336 en: 26 de Octubre de 2012, 12:27:40 pm »
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Imposible obtener ADN de los dientes

Gran parte de la defensa parece basarse en la ausencia de ADN, pero hasta que punto es imprescindible la identificación por ADN? Hasta hace 15 años no era posible identificar a nadie por ADN y se condenaba a gente...
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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #337 en: 26 de Octubre de 2012, 14:06:20 pm »
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Imposible obtener ADN de los dientes

Gran parte de la defensa parece basarse en la ausencia de ADN, pero hasta que punto es imprescindible la identificación por ADN? Hasta hace 15 años no era posible identificar a nadie por ADN y se condenaba a gente...

Pues sin ADN y estando en entredicho la cadena de custodia, hay muchas sombras en la acusación. Vamos, que hay caso para defender a Bretón aunque popularmente ya esté condenado, sentenciado y si fuese posible, ajusticiado...¡Perdón por lo dicho, me salió el Abogado!

Saludos

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #338 en: 26 de Octubre de 2012, 14:54:50 pm »
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Pues sin ADN y estando en entredicho la cadena de custodia, hay muchas sombras en la acusación. Vamos, que hay caso para defender a Bretón aunque popularmente ya esté condenado, sentenciado y si fuese posible, ajusticiado...¡Perdón por lo dicho, me salió el Abogado!

Saludos

Y sigue sin haber prueba de cargo....

Un saludo !
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re:Estrategia defensa José Bretón
« Respuesta #339 en: 28 de Octubre de 2012, 20:05:56 pm »
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Estimada Silvia, con todos los respetos: creo que usted iba bien mientras expresaba, en abstracto, su disposición a llevar la defensa de este ciudadano, defensa a la que tiene el mismo derecho que los demás, garantizado en la Constitución. También tiene usted derecho y también constitucional, a expresar sus puntos de vista libremente en este foro.
Lo que no me parece ya de recibo es que imparta lecciones magistrales a los abogados acerca de su forma de interpretar el código deontológico de su profesión, la cual además, usted misma lo reconoce, no ejerce.
Ninguna profesión puede o debe conducirse prescindiendo de la ética y el Abogado es libre, cuando cree que sus convicciones morales pueden dificultarle ejercer la defensa, de renunciar a ésta, pasándole el testigo (la venia) a un compañero. No hay disposición legal que le obligue a continuar con el caso.

Estatuto General de la Abogacía Española, artículo 26.


1. Los abogados tendrán plena libertad de aceptar o rechazar la dirección del asunto, así como de renunciar al mismo en cualquier fase del procedimiento, siempre que no se produzca indefensión al cliente.

Yo no imparto lecciones a nadie y menos a un licenciado o graduado en derecho. Más que nada porque tampoco tolero que me las den a mi, máxime cuando no las pido. Y por supuesto, cada cual es muy libre de hacer lo que quiera y en base a esa libertad yo expreso mi opinión. Lo que a mi no me parece de recibo, como Vd. dice, es que ponga en mi boca palabras que yo no he dicho. En ningún momento afirmo que se prescinda de la ética para ejercer esta profesión. Únicamente digo que los abogados, dejando aparte el tema de asesoramiento legal,  tienen que defender. Si no recuerdo mal, y corríjame si me equivoco, todos tienen derecho a una defensa, a un proceso sin dilaciones, sin que en ningún  caso se pueda producir indefensión.
Espero algún día dedicarme a la abogacía y si, espero tener la mente muy fría y serena para poder prestar la debida defensa.