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Autor Tema: POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013  (Leído 220365 veces)

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Desconectado dmguezale

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1780 en: 14 de Febrero de 2013, 23:05:38 pm »
Por eso..

Esq no la he podido confirmar la 14..


Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1781 en: 14 de Febrero de 2013, 23:07:13 pm »
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Soy de desarrollar, siempre prefiero ese sistema, tipo test por muy bien que lo lleves te pueden joder pero bien

Para gustos. Yo para aprobar un examen a desarrollar tengo que dedicarle tres veces mas tiempo. Por mi podían ser todos test.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1782 en: 14 de Febrero de 2013, 23:08:56 pm »
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Buenas Noches a todos.

Recien llegadito del examen (Mira que tengo lejos mi centro asociado, pero bueno).

Despues de haber realizado el examen, tengo que agradecer de todo corazón a las personas que hicieron que tomara interes por esta asignatura, en especial a MARTA por tener la gran lucidez de crear la Happy hour, y a todos los que habeis participado en él. Muchas gracias a todos.

Repecto al examen, no sé, he estado comprobando las respuestas en los apuntes en mi viaje de vuelta y estos son los resultados que yo personalmente he deducido:

1-C
2-B
3-A
4-B
5-A
6-C
7-A
8-C
9-C
10-A
11-B
12-A
13-C
14-C
15-C
16-B
17-B
18-A
19-A
20-C

Las preguntas 4 y 18 no las he contestado, pero el resto, de ser correcto lo que he deducido, tengo las 18 bien.

Se aceptan sugerencias

Saludos


La 14 parece que es la a)...yo no la he contestado.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1783 en: 14 de Febrero de 2013, 23:10:29 pm »
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Para gustos. Yo para aprobar un examen a desarrollar tengo que dedicarle tres veces mas tiempo. Por mi podían ser todos test.


Suscribo, suscribo...lo que le he dedicado a Civil III no se lo he dedicado a Admtivo II

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1784 en: 14 de Febrero de 2013, 23:11:50 pm »
Para desarrollo hay que dedicarle mucho más tiempo y memorizar plazos y demás, no sé yo qué decirte, aunque eso sí descontando 0,25 hay que tener dominio de la materia, aquí no valen qjuinielas para aprbar...

En ésta me quedo con test aunque soy más de desarrollo.

La única que sería mejor desarrollo sería penal I, qué rllo de asignatura, menos mal que me la quité.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1785 en: 14 de Febrero de 2013, 23:12:08 pm »
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14 bien 3 mal 3 sin responder..eso es un 6,25 enhorabuena!!! (cuando dices anulada es sin responder ¿verdad?) y aunque fueran 14 bien y 6 mal tambien habrias aprobado...


Marta, 14 bien, 3 erroneas, y 3 sin contestar son 6.25?

14 bien=7
 3 mal= -0.60

7-0.60=6.90 no?


Descuentan 0,25 por cada una mal contestada...

Desconectado canariote

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1786 en: 14 de Febrero de 2013, 23:15:25 pm »
Prescripción: Las infracciones y sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, regulado en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y en su defecto por la LRJAP y PAC. Según esta ley, las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. El plazo de prescripción empezará a contarse desde el día en que la infracción se hubiere cometido, interrumpiéndose ésta cuando se inicia el expediente sancionador con conocimiento del interesado. Se admite la reanudación de la prescripción cuando el expediente estuviere paralizado más de un mes por causa no imputable al interesado. En este caso, el tiempo ya ganado se suma al que se gane tras la reanudación.

Desconectado canariote

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1787 en: 14 de Febrero de 2013, 23:18:41 pm »
Pregunta 20:Artículo 113. Resolución.
SECCIÓN II. RECURSO DE ALZADA.
Artículo 114. Objeto.
Artículo 115. Plazos.
SECCIÓN III. RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.
Artículo 116. Objeto y naturaleza.
Artículo 117. Plazos.
SECCIÓN IV. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.
Artículo 118. Objeto y plazos.
Artículo 119. Resolución.
SECCIÓN IV. RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN.
Artículo 118. Objeto y plazos.

1. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.

Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.

Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.

Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

Desconectado Yana Fernández Álvarez

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1788 en: 14 de Febrero de 2013, 23:19:22 pm »
¿Sabéis exactamente cuánto descuenta cada error? No veo que nadie dé respuesta clara en el foro. La mayoría calcula 0'25, pero hay otros que calculan 0'20. La diferencia puede ser el aprobado. Gracias
Yana

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1789 en: 14 de Febrero de 2013, 23:21:17 pm »
0.25 para nuestra desgracia.
Saludos
Tomás

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1790 en: 14 de Febrero de 2013, 23:22:02 pm »
juraría que restaba 0.20 en cada una. Estoy casi seguro.

Desconectado Yana Fernández Álvarez

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1791 en: 14 de Febrero de 2013, 23:23:53 pm »
Pues estamos bien. Si son 0'25 entonces 4'75. Pero si es 0'20, un 5. La diferencia es importante. ¿Nadie lo sabes de verdad?
Yana

Desconectado Yana Fernández Álvarez

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1792 en: 14 de Febrero de 2013, 23:25:45 pm »
No me puedo creer que con toda la gente que hay ahora conectada nadie sepa esto con seguridad. Yo es que no he ido nunca a las clases del Centro asociado, pero los que sí vais a clases, ¿no os lo dijeron los tutores?
¡¡Por Dios, que alguien me lo diga de una vez!!
Yana

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1793 en: 14 de Febrero de 2013, 23:25:54 pm »
Mira lla guía y no exigas tanto.

La calificación se expresa en una escala de 0 a 10. Las preguntas acertadas sumarán 0,5 puntos, las erróneas restarán 0,25 y las no contestadas no se calificarán.

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1794 en: 14 de Febrero de 2013, 23:27:34 pm »
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La 14 parece que es la a)...yo no la he contestado.

Hola Marta, si es posible que sea la a), pero fijata la diferencia en la redacción del libro a la respuesta:

Libro:  Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y, en su defecto, por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (art. 1.32)

Examen: Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, por: a.- El transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes o en la Ley 30/1992.

Entiendo que seguramente será esa la respuesta, pero vaya manera de expresarla.

Desconectado zuspi

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1795 en: 14 de Febrero de 2013, 23:28:06 pm »
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Prescripción: Las infracciones y sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, regulado en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y en su defecto por la LRJAP y PAC. Según esta ley, las infracciones muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. El plazo de prescripción empezará a contarse desde el día en que la infracción se hubiere cometido, interrumpiéndose ésta cuando se inicia el expediente sancionador con conocimiento del interesado. Se admite la reanudación de la prescripción cuando el expediente estuviere paralizado más de un mes por causa no imputable al interesado. En este caso, el tiempo ya ganado se suma al que se gane tras la reanudación.
Creo que la pregunta decía .......extinción por :
El transcurso del tiempo , por la prescipción. Según entendí la extinción no llega por el transcurso del tiempo sino por la prescripción , que aunque esta se base en el tiempo , la prescripción es alegable y no el mero transcurso del tiempo.
Así que la respuesta no puede ser por el transcurso del tiempo , por la prescripcion. Así que la respuesta, a mi jucio, ninguna de las anteriores.
Nuevamente si dicen que la a), la impugnaré. Porque entiendo que el mero transcurso del tiempo no es causa de extinción, sino que el paso del tiempo produce prescripción que hay que alegar.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1796 en: 14 de Febrero de 2013, 23:28:41 pm »
Creo que todos tenemos acceso a ALF...

Guia de estudio II, es uno de esos iconos redondos...pagina 24 y 25

5. 1. El examen de la asignatura
El examen de la asignatura se realizará en los Centros Asociados, según el calendario y convocatorias previstos por la UNED, y tendrá una duración de UNA HORA Y MEDIA.
El examen (NACIONAL Y UNIÓN EUROPEA) constará de veinte (20) preguntas tipo test con tres (3) alternativas de respuesta, de las cuales el estudiante deberá marcar la que considere correcta –solo una es válida–. Tanto el examen nacional y Unión Europea de la convocatoria ordinaria –febrero– como de la extraordinaria –septiembre– tendrán el mismo formato.
|Nombre y Apellidos
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA 25
Para la realización de este tipo de examen se entregará un ejemplar del examen –cuestionario– y una hoja de lectura óptica, donde el estudiante deberá hacer constar, además de sus datos personales, las respuestas correspondientes.
La evaluación de la prueba tipo test se hará teniendo en cuenta los resultados marcados en la hoja de lectura óptica.
La calificación se expresa en una escala de 0 a 10. Las preguntas acertadas sumarán 0,5 puntos, las erróneas restarán 0,25 y las no contestadas no se calificarán.
Es competencia del equipo docente de la asignatura evaluar las pruebas presenciales.
Sin embargo, LOS EXÁMENES DE RESERVA, RESTO DE EXTRANJEROS Y CENTROS PENITENCIARIOS consistirán en dos preguntas de desarrollo a responder en un solo folio por ambas caras.
LOS EXÁMENES EXTRAORDINARIOS DE DICIEMBRE (ORIGINAL Y RESERVA) constarán de dos preguntas de desarrollo.
No se permitirá utilizar en el examen material alguno.

Desconectado pedroto

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1797 en: 14 de Febrero de 2013, 23:29:47 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Mira lla guía y no exigas tanto.

La calificación se expresa en una escala de 0 a 10. Las preguntas acertadas sumarán 0,5 puntos, las erróneas restarán 0,25 y las no contestadas no se calificarán.

Bueeennooo .... jeje ..

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1798 en: 14 de Febrero de 2013, 23:30:42 pm »
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Bueeennooo .... jeje ..

Pedrotooo  :) :P

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL ADMINISTRATIVO II 2012/2013
« Respuesta #1799 en: 14 de Febrero de 2013, 23:30:51 pm »
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Hola Marta, si es posible que sea la a), pero fijata la diferencia en la redacción del libro a la respuesta:

Libro:  Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y, en su defecto, por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (art. 1.32)

Examen: Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, por: a.- El transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes o en la Ley 30/1992.

Entiendo que seguramente será esa la respuesta, pero vaya manera de expresarla.


Es como la de la ejecución subsidiaria...que parece que ha de hacerse cargo de los gastos de la ejecución el otro, en lugar del obligado.