compañer@s, perdonadme si la pregunta que os voy a hacer de uno de los examenes anteriores se ha hecho ya en este foro, es la siguiente (corresponde al tema 2):
El Código de Comercio establece un orden de prelación de fuentes específico, distinto al general del art. 2º, en materia de:
a) Propiedad industrial
b) Sociedades mercantiles
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas
En archivos que me han pasado figura como correcta la b y la c (las dos).
ya sé que hay preguntas que tienen ya muchos años y que han podido cambiar según la legislación/jurisprudencia o doctrina, pero allá va mi razonamiento..........el código de comercio no tiene un orden de prelación específico de fuentes, sólo establece uno con caracter general en el art.2. Despúes ya vienen las matizaciones del profesor en cuanto que el derecho mercantil comprende hoy materias que no se encuentran recogidas en el código de comercio, y que por ello el orden de prelación de fuentes es distinto, bla, bla, bla........por ello para mi opinión la respuesta correcta es la C, ¿que opinais?