Hola a todos, aquí está la recopilaciónd de preguntas de la HAPPY HOOUR de ayer 29 de octubre de 2012, a ver si alguien más se anima a participar, que ayer solo eramos dos personas....y que ésta asignatura como la vayamos dejando.....nos la van a dejar...os lo aseguro. Hoy dia 30 de octubre y a la misma hora 22,30 h....de nuevo preguntas del tema 3 de Administrativo II:
1-Entre los supuestos de nulidad de pleno derecho del artículo 62 de la Ley 30/92 nos encontramos que son nulos de pleno derecho los actos en los casos siguientes:
a) Los que tengan un contenido posible pero incierto en determinados casos.
b) Los que tengan un contenido imposible pero convalidable.
c) Los que tengan un contenido imposible.
2-Serán nulas de pleno derecho también:
a) Las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de igual rango.
b)Las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen las materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la irretroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
c) Ninguna de las anteriores es correcta.
3-Además de las categorías de la nulidad de pleno derecho, anulabilidad e irregularidad no invalidante, se plante la conveniencia de completar el cuadro de la invalidez con la figura de:
a) la dispensa cuasi judicial.
b )el acto inexistente.
c) el acto semi anulable si así lo dispone la Ley.
4-La aceptación de la categoría de los actos jurídicos inexistentes tropieza con su carácter metafisico, ya que:
a) así como en la naturaleza no hay hechos nulos, sino que los hechos existen o no existen, en el orden jurídico de los actos solo puede decirse que valen o no valen.
b) así como en la naturaleza no hay hechos nulos, sino que los hechos existen o no existen, el orden metafísico de los actos solo puede decirse que valen o no valen.
c) así como en la naturaleza no hay hechos nulos, sino que los hechos existen o no existen, en el orden jurídico de los actos solo puede decirse que valen o no valen y el que vale, vale y el que no, pa´Salamanca.
5-La categoría de inexistencia del acto es inútil hoy día porque:
a) la nulidad relativa cubre hoy las necesidades a las que en su día dio cobertura la existencia.
b) la nulidad absoluta cubre hoy las necesidades a las que en su día dio cobertura la inexistencia.
c)la anulabilidad y la no convalidación del acto cubre hoy las necesidades a las que en su dia dio cobertura la inexistencia.
6-El acto nulo de pleno derecho:
a) b) No debe producir efecto alguno y si lo produce, puede ser anulado en cualquier momento sin que a esa invalidez, cuando se pretenda judicialmente, pueda oponerse la subsanación del defecto o el transcurso del tiempo, salvo que se haya dispuesto en una ley respecto de los derechos y deberes constitucionales susceptibles de recuso económico-administrativo.
b) No debe producir efecto alguno y si lo produce, puede ser anulado en cualquier momento sin que a esa invalidez, cuando se pretenda judicialmente, pueda oponerse la subsanación del defecto o el transcurso del tiempo.
c) No debe producir efecto alguno.
7-Respecto a la causa de nulidad de pleno derecho de los actos que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta:
a)En todo caso debe tratarse de una conducta tipificada en el Código Penal.
b)Puede bastar una infracción administrativa superior a 18.000 euros o infracción disciplinaria muy grave.
b)Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
8-Una de las diferencias entre el régimen jurídico del acto nulo de pleno derecho y del simplemente anulable es:
a)El carácter automático de la nulidad frente al rogado de la anulabilidad.
b)La posibilidad de convalidación de ambos actos.
c)El carácter judicial y rogado de la nulidad frente al semi automático de la anulabilidad.
9-La convalidación de los actos anulables:
a)Se producen solo desde la fecha del acto convalidatorio, a menos que se den los supuestos de hecho que justifican con carácter general el otorgamiento de la eficacia retroactiva.
b)Se producen solo desde la fecha del acto convalidatorio.
c)Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
10-El principio de incomunicación de la nulidad:
a)Evita contagios entre las partes sanas y las viciadas del acto.b)No existen los contagios de parte alguna de los actos, por el principio negativo de los vasos comunicantes.
c)Las dos respuestas anteriores son correctas.
11-Qué tipo de invalidez del acto es convalidable?
Nulidad de pleno derecho.
Anulabilidad.
Inexistencia.
12-Son actos administrativos anulables:
Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.
Los viciados por incompetencia jerárquica.
Los que lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional
13-¿En qué categoría de invalidez incurre un acto administrativo que lesiona el derecho a la igualdad?
Anulabilidad.
Nulidad.
Inexistencia
14-Un acto administrativo que incurre en desviación de poder es…
Un acto nulo.
Un acto anulable.
Un acto irregular.
15-¿Cuál es el límite temporal para declarar lesivo un acto anulable?
Un mes desde que fue dictado.
Un año desde que fue dictado.
Cuatro años desde que fue dictado.
1-El momento de producirse la declaración o formalización del acto, el llamado:
a)Error material y aritmético.
b)Función material y aritmética.
c)Bien material y aritmético.
2-En la pregunta anterior se refiere al artículo:
a)105 de la Ley 30/92, para legitimar una inmediata reactivación de oficio por la Administración al margen de cualquier procedimiento.
b)105 de la Ley 30/92, para legitimar una inmediata rectificación de oficio por la Administración al margen de cualquier procedimiento.
c)105 de la Ley 30/92, para legitimar una inmediata realización de oficio por la Administración al margen de cualquier procedimiento.
3-Las Administraciones Publicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento:
a)De oficio o a instancia de los particulares, los errores materiales
b)De oficio o a instancia de los representantes, los errores materiales.
c)de oficio o a instancia de la Administración, los errores materiales.
4-infracción se produzca por error o intencionadamente por la autoridad o funcionario que es su autor ¿son errores?
a)De acción típica.
b)De acción y de derecho.
c)De hecho y de derecho.
5-Con respecto a los errores de la pregunta anterior, son vicios que originan:
a)Regulación prevista en el articulo 63 de la Ley 30/92.
b)Anulabilidad prevista en el articulo 63 de la Ley 30/92.
c)Nulidad prevista en el articulo 63 de la Ley 30/92.
6-las consecuencias sobre el acto, al margen de la responsabilidad penal o civil, son las mismas:
a)La anulación del acto.
b)La eficacia del acto. El que un acto sea invalido, de pleno derecho o anulable
c)La acción del acto.
7-Equivale a su eliminación o derogación por motivos de oportunidad o de conveniencia administrativa:
a)El desistimiento.
b)La revocación.
c)La delegación.
8-¿ Cuál es la correcta ?
a)las Administraciones Publicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés publico o al ordenamiento jurídico.
b)las Administraciones Publicas podrán regular en cualquier momento sus actos de gravamen siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés publico o al ordenamiento jurídico.
c)las Administraciones Publicas podrán realizar en cualquier momento sus actos de gravamen siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés publico o al ordenamiento jurídico
9- El que un acto sea invalido, de pleno derecho o anulable:
a)Es necesariamente invalidado.
b)Es necesariamente válido.
c)No necesariamente invalidado.
10-El artículo 106 de la Ley 30/92 establece unos límites generales a las facultades de anulación y revocación que:
a)El procedimiento puede cumplir su fin por terminación convencional o como dice la Ley, por acuerdos, pactos, convenios o contratos, con personas tanto de Derecho Publico como privado.
b)A diferencia de la anulación o invalidación que implica la retirada del acto por motivos de legalidad, por ser contrario a Derecho, la revocación equivale a su eliminación o derogación por motivos de oportunidad o de conveniencia administrativa.
c)No podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a leyes.