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Autor Tema: POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013  (Leído 48451 veces)

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Desconectado CADENCIA MAN

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #260 en: 22 de Mayo de 2013, 11:51:01 am »
convenio de 1973: El presente Convenio determinará la ley aplicable a la responsabilidad de los fabricantes y otras personas señaladas en el artículo 3 por los daños causados por un producto, comprendidos los derivados de la descripción inexacta del producto o la falta de indicación adecuada de sus cualidades, características o modo de empleo.

En su articulado no habla que se aplica solo a supuestos de responsabilidad extracontractual, tengo dudas. :'(

MISTER IURE
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Desconectado CADENCIA MAN

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #261 en: 22 de Mayo de 2013, 11:57:44 am »
Me he equivocao en el segundo caso, no se porque narices me complico tanto, tenía que haber puesto Roma I y punto, erro mío, pues:  :'(El Convenio se aplica sólo respecto de los daños derivados de relaciones extracontractuales. Es por ello que según su art. 1.2 “Cuando hubiere sido transferida la propiedad o el disfrute de un producto a la persona que sufra el daño por aquélla a quien se imputa la responsabilidad, no se aplicará el Convenio a las relaciones entre las mismas” :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( >:( :( :o
MISTER IURE
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Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #262 en: 22 de Mayo de 2013, 13:42:28 pm »
Mucho ojo con el tiempo...en una hora y media no da tiempo a contestar las preguntas si pierdes tiempo en hacer borradores...es una pasada, no se porque no ponen dos horas...encima en la pregunta sobre ley aplicable en Roma II no acotaban a las conexiones, así que podia interpretarse que preguntaban todo el epigrafe...vamos, me he pasado cinco minutos del tiempo, no he podido repasar el examen y eso que no he hecho borrador....por culpa de esto me han faltado algunas cosas importantes que añadir, pero vamos...creo que estaré aprobado...ç
En fin esto es un aviso para los que vaís la semana que viene....ahora tocar seguir apretando a ver si podemos sacar el Practicum...

Mucha suerte a  todos.
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.

Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #263 en: 22 de Mayo de 2013, 14:42:52 pm »
Pero a ver, cual es el ámbito de aplicación del Roma I?? Países miembros de la UE, no?? Aquí, el chino evidentemente no lo es. He metido la gamba pues, definitivamente??

pd. llevo el chip del foro del domicilio del demandado y como éste es chino, pos eso, me he ido a la norma interna, 22.3 de la LOPJ...
Bellum se ipsum alit

Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #264 en: 22 de Mayo de 2013, 14:55:53 pm »
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Pero a ver, cual es el ámbito de aplicación del Roma I?? Países miembros de la UE, no?? Aquí, el chino evidentemente no lo es. He metido la gamba pues, definitivamente??

pd. llevo el chip del foro del domicilio del demandado y como éste es chino, pos eso, me he ido a la norma interna, 22.3 de la LOPJ...

Yo creo que si se aplica Roma I, ten en cuenta que el Reglamento es sobre ley aplicable...no sobre competencia, así que si un tribunal de un Estado miembro conoce del caso en virtud de la norma de CJI que corresponda (sumisión, etc..) RCE 44/01 o LOPJ, deberá aplicar ROMA I para determinar la ley aplicable....ahora, con tiempo, eso es lo que hubiera contestado....no obstante, en el examen puse que se aplicaba ROMA I, pero sin hacer la referencia a que únicamente se haría cuando del caso entienda un tribunal de uno de los estados miembros de la UE....que lio  :D
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Desconectado atuk

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #265 en: 22 de Mayo de 2013, 15:52:42 pm »
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Por favor  DECIO, ATUK Y CANOCEJA, os he visto muy activos en el foro de casos practicos por eso os pido que pongais vuestras respuestas para comparar las demás. Yo en el primer caso práctico he puesto  que es aplicable el Reglamento 2201/03  , que serían competentes los Tribuanles españoles y que la ley  aplicable a la nulidad del matrimonio sería de misma por la que se celebró esta.Es cecir se se celñebró conforme al artículo 49 y 50 del Código Civil , pues sería el Código Civil el que se aplicaría.Para la separación y dovorcio se aplñicaría el artículo 107.2 modificado por la ley 11/03.
En el segundo caso practico he puesto que se aplica el Reglamento 867/07 (Roma I) y que la ley aplicable sería en virtud del artículo 4 de este Reglamento  la ley de la residencia habitual del vendedor ( ley china), al no haber ejercido las partes el derecho a la elección voluntaria  .
¿Qué opinais? Estoy de los nervios.

Coincido básicamente con  tus respuestas. Competencia por Rgto 2201 (ámbito material incluido, y supuesto incluido en uno de los foros de competencia del Rgto, la residencia habitual común) y los Tribunales españoles conocen del litigio según  ese punto de conexión. Ley aplicable por 107.1 CC, esto es la ley de celebración del matrimonio.  Si la nulidad se insta por defecto de forma la ley de celebración se determina por 49 y 50 CC. Si se insta por el fondo (capacidad y consentimiento) será la ley  personal de cada contrayente según 9.1 CC, esto es la ley francesa o española según se alegue la incapacidad o falta de consentimiento de uno u otro cónyuge.

Segundo caso, Roma I (aplicable por los Tribunales de los Estados miembros en materia de ley aplicable a las obligaciones contractuales, independientemente de la ley que designe). La ley aplicable según Roma I, a falta de acuerdo de elección,  es  la de la residencia habitual del vendedor ( se supone que la ley china si efectivamente  la empresa tiene su residencia allí, aunque en el supuesto se indica la nacionalidad solamente). Pero siempre y cuando no exista un país con vínculos más estrechos.


Esta ha sido mi respuesta. La segunda parte del segundo caso era teoría pura y creo que me la he inventado

La preguntas de teoría bien, así que salvo sorpresa,  una menos.

Suerte a todos

Desconectado RaulRH

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #266 en: 22 de Mayo de 2013, 16:41:36 pm »
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Por favor  DECIO, ATUK Y CANOCEJA, os he visto muy activos en el foro de casos practicos por eso os pido que pongais vuestras respuestas para comparar las demás. Yo en el primer caso práctico he puesto  que es aplicable el Reglamento 2201/03  , que serían competentes los Tribuanles españoles y que la ley  aplicable a la nulidad del matrimonio sería de misma por la que se celebró esta.Es cecir se se celñebró conforme al artículo 49 y 50 del Código Civil , pues sería el Código Civil el que se aplicaría.Para la separación y dovorcio se aplñicaría el artículo 107.2 modificado por la ley 11/03.
En el segundo caso practico he puesto que se aplica el Reglamento 867/07 (Roma I) y que la ley aplicable sería en virtud del artículo 4 de este Reglamento  la ley de la residencia habitual del vendedor ( ley china), al no haber ejercido las partes el derecho a la elección voluntaria  .
¿Qué opinais? Estoy de los nervios.

yo tambien coincido pero al 99,9% porque Roma I no es el 867/07, ese es RomaII, Roma I es 593/2008
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #267 en: 22 de Mayo de 2013, 16:51:17 pm »
Por cierto, creo habérmela quitado de encima, vaya tochazo.
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #268 en: 22 de Mayo de 2013, 16:57:07 pm »
Yo no se? meti el cuezo bien metido en el caso de nulidad, y al salir cai en la cuenta que lo que puse era sobre la ley aplicable a los efectos del matrimonio, arrrrrrrrg. El otro caso lo tengo bien (creo) y de las teoricas 2 casi perfect y una flojilla, no se si sera suficiente... Me alegro por tu examen Raul, mañana vamos a por Mercantil II?

Saludos
Si no te equivocas de vez en cuando, es que no lo intentas.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #269 en: 22 de Mayo de 2013, 17:02:05 pm »
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Yo no se? meti el cuezo bien metido en el caso de nulidad, y al salir cai en la cuenta que lo que puse era sobre la ley aplicable a los efectos del matrimonio, arrrrrrrrg. El otro caso lo tengo bien (creo) y de las teoricas 2 casi perfect y una flojilla, no se si sera suficiente... Me alegro por tu examen Raul, mañana vamos a por Mercantil II?

Saludos

Gracias Antonio, no te preocupes porque lo tuyo, tal como lo cuentas,  tiene pinta de estar superado.  Mañana no tengo nada, voy el viernes a por F yT II y el día 6 a por mercantil II. Suerte para mañana compañero de fatigas internacionales privadas.
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #270 en: 22 de Mayo de 2013, 17:05:14 pm »
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Gracias Antonio, no te preocupes porque lo tuyo, tal como lo cuentas,  tiene pinta de estar superado.  Mañana no tengo nada, voy el viernes a por F yT II y el día 6 a por mercantil II. Suerte para mañana compañero de fatigas internacionales privadas.
Miedito me da F Y T II, yo la dejo para el ultimo dia, me quedan muuuuuchos casos por practicar, que tengas suerte y dame algun consejo de sabio para el Tributario.
Si no te equivocas de vez en cuando, es que no lo intentas.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #271 en: 22 de Mayo de 2013, 17:07:37 pm »
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Miedito me da F Y T II, yo la dejo para el ultimo dia, me quedan muuuuuchos casos por practicar, que tengas suerte y dame algun consejo de sabio para el Tributario.

¿Qué pasa? ¿no lo llevas bien?
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #272 en: 22 de Mayo de 2013, 17:11:42 pm »
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¿Qué pasa? ¿no lo llevas bien?
No mucho, en el ultimo mes y medio no he hecho ningun caso practico y si el primer parcial me parecio complicado, este el doble. Asi que mañana en cuanto salga de Mercantil estoy con ello (cuando trabajo y familia me lo permitan) ardua tarea.
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #273 en: 22 de Mayo de 2013, 17:16:37 pm »
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No mucho, en el ultimo mes y medio no he hecho ningun caso practico y si el primer parcial me parecio complicado, este el doble. Asi que mañana en cuanto salga de Mercantil estoy con ello (cuando trabajo y familia me lo permitan) ardua tarea.

Y que lo digas, lo del trabajo y la familia digo, (ahora mismo mi hija está "liando el taco") y yo aquí, recien llegado del trabajo intentando darle un buen repaso al IVA. Los casos son fundamentales. Esta asignatura la estudio al revés, primero empiezo a hacer casos con la ley en la mano y cuando me veo "encerrado" me voy al libro.
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Desconectado Decio

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #274 en: 22 de Mayo de 2013, 22:55:58 pm »
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Y que lo digas, lo del trabajo y la familia digo, (ahora mismo mi hija está "liando el taco") y yo aquí, recien llegado del trabajo intentando darle un buen repaso al IVA. Los casos son fundamentales. Esta asignatura la estudio al revés, primero empiezo a hacer casos con la ley en la mano y cuando me veo "encerrado" me voy al libro.

Me interesarían esos casos con las soluciones!! Si los tienes en word y quieres pasarlos...., jeje.

Joer!! Estoy más cabreao que un mono, al final me he liado con un caso que "vive Dios" sabía hacer. Pero esa duda que un buen día alguien planteó por aquí, me ha llevado a coger la opción B, cuando al principio iba a ser la A, la del Roma I y su artículo 4.
En fin, espero que lo demás esté pasable y aunque no sea con mucha nota me quite esta asignatura, porque, currar he currao!!!
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #275 en: 23 de Mayo de 2013, 07:48:47 am »
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Me interesarían esos casos con las soluciones!! Si los tienes en word y quieres pasarlos...., jeje.

Joer!! Estoy más cabreao que un mono, al final me he liado con un caso que "vive Dios" sabía hacer. Pero esa duda que un buen día alguien planteó por aquí, me ha llevado a coger la opción B, cuando al principio iba a ser la A, la del Roma I y su artículo 4.
En fin, espero que lo demás esté pasable y aunque no sea con mucha nota me quite esta asignatura, porque, currar he currao!!!
hola recipiente, supongo q esos casos serán los mismos q estan colgados en los cursos virtuales q ya estan com soluciones. el dipri si lo demás lo tienes pasable no tienes problema
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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #276 en: 23 de Mayo de 2013, 07:53:21 am »
maldito teclado del móvil. Decio
Si no te equivocas de vez en cuando, es que no lo intentas.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #277 en: 23 de Mayo de 2013, 11:17:11 am »
Ufffff .... sólo me queda el Dipr, con su prácticum, no he sacado ninguna nota inferior a 7,5 en las demás asignaturas y sin embargo ésta no la entiendo , no puedo con ella, os leo y me da vértigo .... porque no me entero de nada .... Al final no fuí al primer parcial porque ví que lo llevaba fatal . Ahora estoy con el segundo y voy por el mismo camino . ¿Qué me pasa con esta asignatura? ¿Qué es lo que estoy haciendo mal? Teneis algún truquillo? Debería empezar por aprenderme de memoria la legislación? Soy la única que piensa que el manual es intentiligible?  :'( :'( :'( :'(
Temo que no seré licenciada nunca .... por una.... :'( :'( :'(
Lo conseguimos porque no sabíamos que era imposible.

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #278 en: 23 de Mayo de 2013, 11:19:44 am »
intentiligible ,jajaja .Eso es lo que me pasa , que lo ininteligible lo veo "intentiligible" :-[ Estoy fatal....
Lo conseguimos porque no sabíamos que era imposible.

Desconectado JUCAMO

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Re:POST OFICIAL Casos prácticos DIPriv 2012/2013
« Respuesta #279 en: 23 de Mayo de 2013, 17:26:51 pm »
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Ufffff .... sólo me queda el Dipr, con su prácticum, no he sacado ninguna nota inferior a 7,5 en las demás asignaturas y sin embargo ésta no la entiendo , no puedo con ella, os leo y me da vértigo .... porque no me entero de nada .... Al final no fuí al primer parcial porque ví que lo llevaba fatal . Ahora estoy con el segundo y voy por el mismo camino . ¿Qué me pasa con esta asignatura? ¿Qué es lo que estoy haciendo mal? Teneis algún truquillo? Debería empezar por aprenderme de memoria la legislación? Soy la única que piensa que el manual es intentiligible?  :'( :'( :'( :'(
Temo que no seré licenciada nunca .... por una.... :'( :'( :'(


El truco, sin duda, está en hacer examanes de años anteriores o casos prácticos...yo estaba igual..no me enteraba de nada, pero un buen día...zas!!...lo entendí...y luego solo viene estudiar....fundamental para mi ha sido leer los foros del curso virtual y este hilo, gracias a DECIO, RAUL, ANTONIO y OTROS ...
Mañana toca el Practicum...eso si lo veo mas dificil, pero bueno, habrá que intentarlo
Un saludo....
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