Por reconducir el tema, y antes de recibir argumentos ad hominem, avisar de que esta duda va en serio:
Imaginemos que modifican otra vez el C.C. para prohibir el matrimonio homosexual, lo que no parece que se vaya a hacer en un futuro próximo ¿se podría interponer recurso de incostitucionalidad contra dicha modificación, alegando esta sentencia? A ver si me explico. ¿Cuando una ley como esta supera el "test" del recurso de inconstitucionalidad, puede modificarse sin resultar tal modificación inconstitucional?
Por favor, solo argumentos jurídicos.
Gracias! 
Se trataría de modificar otra vez el mencionado art. del CC, sin perjuicio de que otra Ley, por ejemplo "Ley de la uniones delmismo sexo", o yo que sé, reconociera los mismos derechos a la unión de dos personas del mismo sexo, que a un matrimonio, pero sin la denominación "matrimonio".
Por otro lado, una ley puede ser peerfectamente constitucional, perto ser derogada.
La CE, no obstante establece la irretroactividad de las leyes no favorables.... "o restrictivas de derechos", por lo que no podrían, creo yo y que alguien me corriga, afectar a lo acaecido antes de su derogación