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Autor Tema: GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1  (Leído 73454 veces)

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #280 en: 12 de Enero de 2013, 22:22:22 pm »
yo estoy liada con la pecs de financiero de mañana, lunes sin faltaaaaaaa el último caso que no lo entiendo del 10 y si falta algún tema me lo pasaís, porque visto como va el patio, me parece que no acabamos con este trabajo ni siquiera para la primera semana de exámenes.
un saludo,
por cierto esta ES LA SEMANA DE PROCESAL CIVIL para que estudie hasta la última coma. :D


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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #281 en: 12 de Enero de 2013, 23:03:15 pm »
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yo estoy liada con la pecs de financiero de mañana, lunes sin faltaaaaaaa el último caso que no lo entiendo del 10 y si falta algún tema me lo pasaís, porque visto como va el patio, me parece que no acabamos con este trabajo ni siquiera para la primera semana de exámenes.
un saludo,
por cierto esta ES LA SEMANA DE PROCESAL CIVIL para que estudie hasta la última coma. :D

suerte mañana entonces rbky; yo no consigo ponerme con nada de nada, pero bueno, espero que sí, que la semana que viene sea la semana de Procesal civil I, se envíen los casos que faltan y podamos ponernos con ellos, para adecuarlos a nuestro gusto; espero que me suba el ánimo, porque en caso contrario lo llevo de culo y, por cierto, ¿por qué después de poner en rojo como entrado el tema de lidia, se ha vuelto a poner en negro?  ???

Desconectado teufel

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #282 en: 13 de Enero de 2013, 09:39:15 am »
TEMA 3------------LIDIA15378
TEMA 4------------MNIEVES
TEMA 5------------RBKY
TEMA 6------------PRAVIAS
TEMA 7------------PULGUI123 (Recibido parte del tema, faltan casos)
TEMA 8------------FLANDERS M.Luz
TEMA 9------------SOLEDAD
TEMA 10-----------RBKY (a falta de un caso)
TEMA 11-----------TEUFEL/VICECUELLOS
TEMA 12-----------GUESSI/ANAROSA (faltan los ejercicios de Anarosa)
TEMA 13-----------ELIANA
TEMA 14-----------ELIANA
TEMA 15-----------RBKY
TEMA 16-----------Delnyx
TEMA 17-----------Delnyx
TEMA 18-----------Soyjaime
TEMA 19-----------Mnieves
TEMA 20----------- ATUK
TEMA 21----------- lunchi689
TEMA 22-----------sir hall
TEMA 23----------- Azafra34
TEMA 24----------- Mnieves
TEMA 25-----------SISSIA
TEMA 26-----------terfran
TEMA 27-----------chema 27
TEMA 28-----------erarv

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #283 en: 14 de Enero de 2013, 21:32:32 pm »
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TEMA 25-----------SISSIA
TEMA 26-----------terfran
TEMA 27-----------chema 27
TEMA 28-----------erarvi

Se ha enviado un mail a todos los que faltan, por favor, necesitamos tener los casos esta semana para terminar el documento

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #284 en: 14 de Enero de 2013, 21:34:38 pm »
rectifico, a Erarvi no porque no tiene mail y no puede recibir privados.

Erarvi, necesitamos saber cómo va la lección 28. La necesitaríamos esta semana y si no puedes nos lo dices. Si la tienes envíala a

albergar1@gmail.com

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #285 en: 15 de Enero de 2013, 09:54:12 am »
si alguien lo entiende y puede resolverlo, yo no he podido lo siento. lo he intentado unas cuantas veces pero no puedo comprender el caso en sí menos voy a saber contestar las preguntas. los copio y al que quiera colaborar aquí lo tiene... gracias
es del tema 10 acumulación de autos.
2.2.   Caso 11 (§ 44)
Supuesto de hecho

El día 29 de noviembre de 2002 se presenta demanda que da lugar al Procedimiento Ordinario n° 668/02, seguido en el Juzgado de lº Instancia n° 3 de Sabadell, instado por "Bopla" contra la entidad demandada "Técnica". En el Juzgado de 1" Instancia n° 5 de Sabadell se seguía el Procedimiento Ordinario n° 384/02, promovido a instancia de la empresa "Técnica" contra "Bopla", en el que la parte actora, ahora demandada, solicitó la acumulación de los presentes autos. Por resolución de fecha 24 de marzo de 2003, se dispuso unir a la causa el oficio remitido por el Juzgado de l" Instancia n° 5 de Sabadell adjuntando testimonio de particulares relativo a la solicitud de acumulación formulada, y estar a la espera de la resolución en el procedimiento más antiguo, continuándose el trámite en el presente hasta la fase de dictar sentencia, conforme a lo previsto en el artículo 88.2 LEC.
En el acto de la audiencia previa, la parte demandada recordó la existencia del procedimiento seguido en el Juzgado n° 5 y, conforme al artículo 421 LEC, solicitó que se estimara la litispendencia a todos los efectos, y, subsidiariamente, que se allanaría expresamente solicitando la no imposición de costas. La parte Actora manifestó que la litispendencia debió haberse opuesto en la contestación a la demanda, por lo que no procedía su apreciación, mostrando su conformidad con el allanamiento pero con condena en costas.
La Juez de instancia rechazó la excepción al haber precluído el momento para oponerla y ser extemporánea y con fecha 29 de mayo de 2003, dicta sentencia por la que "ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda del Procedimiento Ordinario n° 668/02 instado por BOPLA, contra la demandada, TÉCNICA, a la que se ha allanado la demandada, y así condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de SETENTA MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS, CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS DE EURO, (70.406,55); Se imponen las costas a la demandada. "
Cuestiones

A.   ¿Procede en este caso la acumulación de autos? ¿Cuál es el obstáculo que podría oponerse a su admisión?
B.   De las soluciones posibles: litispendencia o acumulación de autos ¿Es correcta la decisión del Juez de dictar sentencia directamente? ¿Puede hacerlo? ¿Es un factor a tener en cuenta para dictar sentencia el que se produzca el allanamiento?

Derecho aplicable
Arts. 81, 88, 89 a 97 y 421 de la LEC.
Ejercicio
Redacte las alegaciones de la demandada respecto de la no acumulación de autos.


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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #286 en: 15 de Enero de 2013, 10:09:27 am »
Estaba mirando por encima el caso, he entendido, que había dos demandas
-la primera Demanda de Bopla contra Tecnica
-la segunda es al revés de Técnica contra Bopla
es así?
los requisitos positivos para la acumulación de autos
Se ordenará la acumulación cuando, existiendo conexión entre dos objetos procesales, si se tramitaran por separado, podrían dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes.
Imagino que cada demanda es diferente, que no tiene nada que ver una con otra y no daría a esa sentencia contradictoria?
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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #287 en: 15 de Enero de 2013, 17:45:23 pm »
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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #288 en: 15 de Enero de 2013, 22:04:39 pm »
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si alguien lo entiende y puede resolverlo, yo no he podido lo siento. lo he intentado unas cuantas veces pero no puedo comprender el caso en sí menos voy a saber contestar las preguntas. los copio y al que quiera colaborar aquí lo tiene... gracias
es del tema 10 acumulación de autos.
2.2.   Caso 11 (§ 44)
Supuesto de hecho

El día 29 de noviembre de 2002 se presenta demanda que da lugar al Procedimiento Ordinario n° 668/02, seguido en el Juzgado de lº Instancia n° 3 de Sabadell, instado por "Bopla" contra la entidad demandada "Técnica". En el Juzgado de 1" Instancia n° 5 de Sabadell se seguía el Procedimiento Ordinario n° 384/02, promovido a instancia de la empresa "Técnica" contra "Bopla", en el que la parte actora, ahora demandada, solicitó la acumulación de los presentes autos. Por resolución de fecha 24 de marzo de 2003, se dispuso unir a la causa el oficio remitido por el Juzgado de l" Instancia n° 5 de Sabadell adjuntando testimonio de particulares relativo a la solicitud de acumulación formulada, y estar a la espera de la resolución en el procedimiento más antiguo, continuándose el trámite en el presente hasta la fase de dictar sentencia, conforme a lo previsto en el artículo 88.2 LEC.
En el acto de la audiencia previa, la parte demandada recordó la existencia del procedimiento seguido en el Juzgado n° 5 y, conforme al artículo 421 LEC, solicitó que se estimara la litispendencia a todos los efectos, y, subsidiariamente, que se allanaría expresamente solicitando la no imposición de costas. La parte Actora manifestó que la litispendencia debió haberse opuesto en la contestación a la demanda, por lo que no procedía su apreciación, mostrando su conformidad con el allanamiento pero con condena en costas.
La Juez de instancia rechazó la excepción al haber precluído el momento para oponerla y ser extemporánea y con fecha 29 de mayo de 2003, dicta sentencia por la que "ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda del Procedimiento Ordinario n° 668/02 instado por BOPLA, contra la demandada, TÉCNICA, a la que se ha allanado la demandada, y así condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de SETENTA MIL CUATROCIENTOS SEIS EUROS, CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS DE EURO, (70.406,55); Se imponen las costas a la demandada. "
Cuestiones

A.   ¿Procede en este caso la acumulación de autos? ¿Cuál es el obstáculo que podría oponerse a su admisión?
B.   De las soluciones posibles: litispendencia o acumulación de autos ¿Es correcta la decisión del Juez de dictar sentencia directamente? ¿Puede hacerlo? ¿Es un factor a tener en cuenta para dictar sentencia el que se produzca el allanamiento?

Derecho aplicable
Arts. 81, 88, 89 a 97 y 421 de la LEC.
Ejercicio
Redacte las alegaciones de la demandada respecto de la no acumulación de autos.

Hola rbky

He leído este caso varias veces y si no lo he pillado mal, presenta la acumulación de autos en el juzgado que conoce del procedimiento más antiguo, y el mismo es el que ha de dictar el auto de admisión, que es lo que no veo por lado alguno; así que ahí van mis propuestas de respuestas.

A. No
Que no se ha dictado el auto de acumulación de procesos por el Juzgado n° 5 de la misma demarcación territorial y, éste es el que tenía que haber requerido al Juzgado n° 3 la remisión del procedimiento, conforme al art. 89.1 LEC, y tenía que haberse dado traslado a la parte por el Secretario, a fin de que pudieran alegar u oponerse a la acumulación, esto en el supuesto de que el auto se pronuncie sobre el desestimiento; pero en todo caso, a quien corresponde lo anterior, es al Juzgado que tenga conocimiento del procedimiento más antiguo.

B. Es correcta la de la litispendencia puesto que ésta se tenía que haber solicitado por la actora en el Procedimiento Ordinario 384/02 en la contrademanda, hecho que no se aporta en el supuesto.
No, no es correcta la decisión del Juez, pues tenía que haber esperado a que hubiese dictado sentencia el Juez del juzgado núm. 5, algo que veo no producido. El allanamiento es un factor a tener en cuenta, si se ha actuado de buena fe, respecto a la condena de costa.

Decid lo que os parece, e intentaré realizar esas alegaciones.

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #289 en: 15 de Enero de 2013, 22:07:30 pm »
un momento, tengo que corregir una frase que me he ido, esta

esto en el supuesto de que el auto se pronuncie sobre el desestimiento

uff, qué mala redacción; lo que quería decir es que hubiese procedido lo anterior en el supuesto de admisión de la acumulación de autos, si no se admite se dicta resolución contra la que no cabe recurso.

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #290 en: 15 de Enero de 2013, 22:20:10 pm »
otra vez aquí,  :D

tengo que suponer que se ha procedido la petición de acumulación de autos, y que el secretario del Juzgado n° 5 ha dado traslado a la parte demandada, :-\

es que creo que tiene que ser eso, puesto que en otro caso, como se ha dictado sentencia por el 3,  ???, pues lo que procedería sería un recurso de apelación, y sólo veo "alegaciones", en esto necesito ayuda, a qué momento de qué proceso me voy,  :-\

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #291 en: 16 de Enero de 2013, 00:22:35 am »
chicos/as, lo dejo para mañana, es la "hora de empollar",  ;D

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #292 en: 16 de Enero de 2013, 17:20:45 pm »
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TEMA 14-----------ELIANA
TEMA 15-----------RBKY
TEMA 16-----------Delnyx
TEMA 17-----------Delnyx
TEMA 18-----------Soyjaime Los ejercicios prácticos los hará una compañera (perdón pero no se tu nick Josefina)
TEMA 19-----------Mnieves
TEMA 20----------- ATUK
TEMA 21----------- lunchi689
TEMA 22-----------sir hall
TEMA 23----------- hierr0
TEMA 24----------- Mnieves
TEMA 25-----------SISSIA
TEMA 26-----------terfran
TEMA 27-----------chema 27
TEMA 28-----------SILU

Los temas 23 y 28 han cambiado de autor ya que los iniciales no dan señales de vida ni por aquí ni por mail

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #293 en: 16 de Enero de 2013, 19:33:00 pm »
¡hala! lo he decidido sola, teufel estás por ahí, así que dime algo; no sé por dónde tirar con las alegaciones, es que está referida a la no acumulación de autos, aunque el fallo lo veo en la litispendencia en la audiencia previa, aunque el juez la ha motivado en la sentencia en ese fundamento, fundamento que no comparto, porque sí que puede solicitarse la litispendencia en la audiencia previa, y después trasladarle en el mismo acto la inadmisión, por eso prosigue el juicio y queda listo para sentencia. En el supuesto de que le hubiesen estimado la litis, lo único que tenía que dictar era, en un plazo de no más de cinco días, la finalización de la audiencia previa y dictar un auto de sobreseimiento.

jo, tiene razón rbky, este supuesto tiene un montón de "cosillas" mal planteadas o con muchas lagunas, lagunas que facilitan la opción de varias respuestas a las preguntas formuladas.

sorryyyy

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #294 en: 16 de Enero de 2013, 19:38:50 pm »
Mnieves, tengo procesal algo abandonado ahora mismo jejejje, estoy con civil 3 y fyt, a ver si esta semana me pongo y puedo ayudar en algo

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Re:GRUPO DE TRABAJO PARA REALIZAR LOS CASOS PRACTICOS DE PROCESAL1
« Respuesta #295 en: 16 de Enero de 2013, 19:58:18 pm »
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B. Es correcta la de la litispendencia puesto que ésta se tenía que haber solicitado por la actora en el Procedimiento Ordinario 384/02 en la contrademanda, hecho que no se aporta en el supuesto.
No, no es correcta la decisión del Juez, pues tenía que haber esperado a que hubiese dictado sentencia el Juez del juzgado núm. 5, algo que veo no producido. El allanamiento es un factor a tener en cuenta, si se ha actuado de buena fe, respecto a la condena de costa.

Decid lo que os parece, e intentaré realizar esas alegaciones.

añado algo más, la denegación de la listis se puede realizar en el mismo acto de la audiencia previa y ser inadmitida, sólo basta su motivación en la resolución o sentencia, si bien, el argumento del juez de que ha precluído el trámite procesal, no es correcto, puesto que la litispendencia, conforme al art. 421 sí que puede solicitarse en la audiencia previa.

Y bueno, además no sé el por qué se dice "acumulación de autos" porque es "acumulación de procesos".

Si el Secretario del Juzgado n° 5 ha enviado el informe del conocimiento del hecho al Juzgado n° 3, y no obstante, éste no ha esperado a la pronunciación sobre la admisión o inadmisión de la acumulación de los procesos, con lo cual, tenía que haber paralizado el juicio mientras tanto, y si no decidiese lo anterior tendría que abstenerse de dictar sentencia,

esta última reflexión me lleva a decidirme por las alegaciones, si bien no respecto a la no acumulación, sino a lo que he comentado antes. ¿por qué se habrá allanado? esto no es de este tema, es posterior, pero el allanamiento supone el reconocimiento de la litis que ha presentado en su contra, salvo que se trata de dos causas en las que están invertidas las posiciones de las partes, pero la causa petendi sea diferente, y le convenga más el allanamiento en el supuesto de que no se le reconozca la pendencia;  :o a ver por dónde las pillo

y teufel, cuadra más o menos esas argumentaciones en las cuestiones planteadas, por favor. y cambia el No primero por el SI, porque voy a argumentar sobre eso.

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« Respuesta #296 en: 16 de Enero de 2013, 20:00:29 pm »
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Mnieves, tengo procesal algo abandonado ahora mismo jejejje, estoy con civil 3 y fyt, a ver si esta semana me pongo y puedo ayudar en algo

por mi no ha problema, me presento a la segunda semana, y en todo caso, ya lo he dicho antes, me las apañaré en el examen, al menos con el práctico, otra cosa serán las preguntas, pero bueno sería, que aunque faltasen algunos casos, se pudiese enviar el documento, si eso no te va a estropear mucho el estudio de las otras dos asignaturas.,  :)

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« Respuesta #297 en: 16 de Enero de 2013, 20:05:15 pm »
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añado algo más, la denegación de la listis se puede realizar en el mismo acto de la audiencia previa y ser inadmitida, sólo basta su motivación en la resolución o sentencia, si bien, el argumento del juez de que ha precluído el trámite procesal, no es correcto, puesto que la litispendencia, conforme al art. 421 sí que puede solicitarse en la audiencia previa.

Y bueno, además no sé el por qué se dice "acumulación de autos" porque es "acumulación de procesos".

Si el Secretario del Juzgado n° 5 ha enviado el informe del conocimiento del hecho al Juzgado n° 3, y no obstante, éste no ha esperado a la pronunciación sobre la admisión o inadmisión de la acumulación de los procesos, con lo cual, tenía que haber paralizado el juicio mientras tanto, y si no decidiese lo anterior tendría que abstenerse de dictar sentencia,

esta última reflexión me lleva a decidirme por las alegaciones, si bien no respecto a la no acumulación, sino a lo que he comentado antes. ¿por qué se habrá allanado? esto no es de este tema, es posterior, pero el allanamiento supone el reconocimiento de la litis que ha presentado en su contra, salvo que se trata de dos causas en las que están invertidas las posiciones de las partes, pero la causa petendi sea diferente, y le convenga más el allanamiento en el supuesto de que no se le reconozca la pendencia;  :o a ver por dónde las pillo

y teufel, cuadra más o menos esas argumentaciones en las cuestiones planteadas, por favor. y cambia el No primero por el SI, porque voy a argumentar sobre eso.

¿qué cambio Mnieves? yo de aquí no cojo nada, yo uno lo que me mandan por mail los compañeros

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« Respuesta #298 en: 16 de Enero de 2013, 20:08:27 pm »
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TEMA 14-----------ELIANA
TEMA 15-----------RBKY
TEMA 16-----------Delnyx
TEMA 17-----------Delnyx
TEMA 18-----------Soyjaime/ Josefina
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TEMA 22-----------sir hall
TEMA 23----------- Hierr0
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« Respuesta #299 en: 16 de Enero de 2013, 20:14:57 pm »
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¿qué cambio Mnieves? yo de aquí no cojo nada, yo uno lo que me mandan por mail los compañeros

ok, te enviaré el caso que falta de rbky, al completo.