Tampoco debo pasar por alto el régimen de competencias constitucional, que lo recuerdo para que se vea hasta qué punto se dio a los separatistas la mano y se cogieron todo el brazo, con ayuda de esa máquina prevaricadora, que es el tc. Si es que volvemos a lo de siempre: estado autonómico y tc. Voy a recordar cuáles eran las competencias.
1. Organización de sus instituciones de autogobierno.
2. Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.
3. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
4. Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.
5. Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.
6. Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.
7. La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.
8. Los montes y aprovechamientos forestales.
9. La gestión en materia de protección del medio ambiente.
10. Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.
11. La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.
12. Ferias interiores.
13. El fomento de desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.
14. La artesanía.
15. Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.
16. Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.
17. El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.
18. Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
19. Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.
20. Asistencia social.
21. Sanidad e higiene.
22. La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.
Porque a todo esto, eran 22, no 300, las competencias.
Así que la solución es empezar poniendo orden: si la Constitución dice 22, pues 22 y punto. De entrada 22 y eso como mucho. El vértice superior de las competencias autonómicas coincide con el inferior de la pobreza en España. (Quiero decir, porque ya me lío, que cuanta mayores sean las competencias autonómicas, tanto más mísera es la vida de los ciudadanos). Y esto se está demostrando ahora: más competencias, más miseria. Pues la cuestión no es un modelo u otro, sino el "mientras tanto". De manera que las competencias tienen que empezar a bajar, el sector público a adelgazar y la prosperidad, repuntará, pero esta vez no como con Aznar, medio de mentira, sino sobre bases sólidas. El triángulo partitocracia, separatismo y tc debe ser cuestionado a fondo primero y finalmente, barrido del mapa y derribado como los alemanes derribaron el muro de Berlín. Así es como debemos los españoles dar cumplimiento al artículo 9.2 y lograr que la prosperidad, la justicia, la democracia y las libertades sean reales y efectivas. Así como la igualdad ante la ley. Pena que no tenga tiempo y a un editor a mano, porque podría poner negro sobre blanco todas esas cosas y más que, o bien se me van de la cabeza de un día para otro, o bien no tengo tiempo para pasarlas a limpio. Esto más un particular Código de Hierro.
- ¡Pero tú sabes que al título octavo le llamaron el de los dos patitos! ¿No?
- ¿Por qué?
Porque las competencias autonómicas eran 22, 22, 22 22 22.