La 17 del modelo D la deje en blanco, pero yo creo que es la D. La A no puede ser porque los jueces pueden efectuar declaración de responsabilidad penal en caso de que aprecien que se trata de una forma jurídica creada por sus promotores, fundadores... con el propósito de eludir una eventual responsabilidad penal, por lo que entiendo que en determinadas ocasiones las Administraciones públicas territoriales si que pueden tener responsabilidad penal, siempre que sean delitos, tanto graves como menos graves.