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Autor Tema: POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.  (Leído 111723 veces)

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Desconectado morpheus77

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #260 en: 10 de Mayo de 2013, 20:27:12 pm »
Hola a tod@s!!!Alguien se anima a hacer la PEC en primera convocatoria??Vamos a por ella que tampoco será para tantoooo!!!!

Un saludo.

“Donde se queman libros se acaba quemando hombres”.

Desconectado angeljusticiero

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #261 en: 10 de Mayo de 2013, 20:27:19 pm »
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jjeje, ya está enviado,

porfi, si alguien mañoso lo quiere colgar le quedo agradecida, ¡es que yo sigo sin aprender!  :-[

Buenas tardes nieves

me puedes mandar a mi también el documento mi correo es jroblesg@gmail.com

Desconectado Alber_mad

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #262 en: 10 de Mayo de 2013, 20:30:41 pm »
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Hola a tod@s!!!Alguien se anima a hacer la PEC en primera convocatoria??Vamos a por ella que tampoco será para tantoooo!!!!

Un saludo.

Yo tengo intención de hacerla pero... no me deja acceder a mi página personaaaaal!!!  >:(
¿Alguien más tiene el mismo problema?

Espero que se arregle en unos minutillos.   :'(

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #263 en: 10 de Mayo de 2013, 20:31:40 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Buenas tardes nieves

me puedes mandar a mi también el documento mi correo es jroblesg@gmail.com

después te lo envío.

¿alguien ha intentado entrar? es que ya está disponible, pero a mi me da error por el navegador, ¡es el mismo que he utilizado en todas y no he tenido problemas! ainsssss, ¡que estas cosas me pone nerviosa!

Desconectado zirtaeb

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #264 en: 10 de Mayo de 2013, 20:31:56 pm »
cuando la tengais ponerla por aqui para ver q pinta tiene y poder ayudar

Desconectado estefaniad01

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #265 en: 10 de Mayo de 2013, 20:33:36 pm »
¿Cómo podrían repercutir los trastornos que sufre Candelaria en la determinación de su responsabilidad penal?

    Mediante la aplicación de la eximente completa de anomalía o alteración psíquica.
    Mediante la aplicación de la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica.
    Mediante la aplicación de una atenuante por analogía a la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica.
    De ninguna manera.

Partamos de la hipótesis de que Candelaria solo fuera considerada inductora de un delito de amenazas del artículo 169.1º CP, castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años, y se le impusiese por ello una pena principal de 2 años de prisión, considerándosele inocente de los demás cargos, ¿se podría suspender la pena? En caso de que se responda afirmativamente, ¿cuál sería el plazo de suspensión?


    Sí, siendo el plazo de suspensión de 3 meses a un año.
    No.
    Sí, siendo el plazo de suspensión de 2 a 5 años.
    Sí, siendo el plazo de suspensión de 3 a 6 años.
Respecto de los daños sufridos por Paula, Candelaria sería:

    responsable civil directa y solidaria junto con Pablo.
    responsable civil subsidiaria y solidaria en caso de que Pablo fuera insolvente.
    responsable civil subsidiaria y mancomunada en caso de que Pablo fuera insolvente.
    responsable civil directa y subsidiaria en caso de que Pablo fuera insolvente.

En qué relación concursal se encontrarían el delito de malversación de caudales públicos constituido por las cantidades indebidamente cobradas por Candelaria y la inducción al delito de amenazas:

    en un concurso real.
    en un concurso ideal.
    en un concurso medial.
    en un concurso de leyes.

Habida cuenta de que Pablo tenía 17 años de edad en el momento de amenazar a Paula y suponiendo que no concurrían otras circunstancias que afectaran a su culpabilidad, podemos decir que se trata de:


    un semiimputable al que se le aplicará la Ley penal del menor.
    un semiimputable al que se le aplicará el Código penal común.
    un imputable al que se le aplicará la Ley penal del menor.
    un imputable al que se aplicará el Código penal común.

Consideremos que la introducción de datos falsos por parte de Candelaria en el disquete que se remitía al banco es constitutivo de un delito de falsedad documental del artículo 390.1 CP, castigado con una pena de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de 2 a 6 años, que el tribunal aprecia como delito continuado. Tengamos en cuenta a su vez que los sucesivos abonos indebidos en la cuenta de Candelaria tras las trasferencias ordenadas por la misma a través del disquete que contenía datos falsos es constitutivo de un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432.1 CP, castigado con una pena de prisión de 3 a 6 años e inhabilitación absoluta por tiempo de 6 a 10 años, que el tribunal aprecia como delito continuado. Se entiende que existe concurso medial entre ambos delitos continuados, y se considera que la malversación está castigada con pena más grave que la falsedad. ¿Cuál de las siguientes sería la pena principal más grave que se le podría imponer a Candelaria si aplicásemos la regla de la exasperación sin considerar que concurre ninguna atenuante?


    9 años de prisión y 15 años de inhabilitación absoluta.
    8 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta.
    5 años y 6 meses de prisión y 9 años y 10 meses de inhabilitación absoluta.
    9 años de prisión y 14 años de inhabilitación absoluta.
Para la determinación de la responsabilidad penal de Candelaria habría que tener en cuenta:


    la concurrencia de un estado de necesidad exculpante.
    la concurrencia de miedo insuperable.
    la concurrencia de precio, recompensa o promesa.
    Ninguna de las anteriores.

Si Candelaria fuese condenada a 5 años y 6 meses de prisión por los hechos descritos, ¿podría ser clasificada inicialmente en el tercer grado?

    No, pues la pena de prisión a la que ha sido condenada es superior a 5 años.
    Sí, siempre y cuando hubiese satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito.
    No pues, dadas las circunstancias, se le debería conceder la libertad condicional.
    Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
Recta final

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #266 en: 10 de Mayo de 2013, 20:34:10 pm »
Pero, donde el está el texto???
No llega antes quien va más deprisa, sino quien sabe a donde va. (Séneca)

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #267 en: 10 de Mayo de 2013, 20:34:43 pm »
joooo, eso también me sale a mi, pero ¿y el supuesto? ainsssss,

Desconectado Iuris-dav

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #268 en: 10 de Mayo de 2013, 20:35:39 pm »
El enunciado....no está!!!

que bien!!
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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #269 en: 10 de Mayo de 2013, 20:35:48 pm »
Me falta el texto del caso :S
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Desconectado zirtaeb

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #270 en: 10 de Mayo de 2013, 20:36:23 pm »
poner el texto please

Desconectado Fala68

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #271 en: 10 de Mayo de 2013, 20:36:54 pm »
Falta el enunciado ¿no? :(
Saludos
Tomás

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #272 en: 10 de Mayo de 2013, 20:37:36 pm »
es que no está!!!!
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Desconectado Iuris-dav

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #273 en: 10 de Mayo de 2013, 20:37:42 pm »
Encima me aparece como prueba contestada....

Todo la tarde esperando para hacerlo hoy,...y ahora ésto!
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Desconectado estefaniad01

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #274 en: 10 de Mayo de 2013, 20:38:34 pm »
estoy igual, buscando
Recta final

Desconectado Alber_mad

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #275 en: 10 de Mayo de 2013, 20:38:44 pm »
¿Nadie tiene problemas para acceder a la página personal del campus?

Malditas PECS, cuando no por una cosa... por otra, pero siempre dan problemas!! Vaya jaleos!!  :D


Yo tenía pensado hacerla ahora pero como no me deja acceder... paso de líos. Haré la de mañana!!

Suerte a todos los que estéis con ella!  ;)

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #276 en: 10 de Mayo de 2013, 20:40:27 pm »
Consideremos que la introducción de datos falsos por parte de Candelaria en el disquete que se remitía al banco es constitutivo de un delito de falsedad documental del artículo 390.1 CP, castigado con una pena de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de 2 a 6 años, que el tribunal aprecia como delito continuado. Tengamos en cuenta a su vez que los sucesivos abonos indebidos en la cuenta de Candelaria tras las trasferencias ordenadas por la misma a través del disquete que contenía datos falsos es constitutivo de un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432.1 CP, castigado con una pena de prisión de 3 a 6 años e inhabilitación absoluta por tiempo de 6 a 10 años, que el tribunal aprecia como delito continuado. Se entiende que existe concurso medial entre ambos delitos continuados, y se considera que la malversación está castigada con pena más grave que la falsedad. ¿Cuál de las siguientes sería la pena principal más grave que se le podría imponer a Candelaria si aplicásemos la regla de la exasperación sin considerar que concurre ninguna atenuante?

Desconectado morpheus77

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #277 en: 10 de Mayo de 2013, 20:40:52 pm »
hola yo tampoco logro dar con el textooo!!!
“Donde se queman libros se acaba quemando hombres”.

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #278 en: 10 de Mayo de 2013, 20:41:53 pm »
LO HAN COLGADO EN EL FORO LOS PROFESORES

La prueba consiste en la contestación a 8 preguntas tipo test, propuestas a partir del siguiente supuesto práctico.

La prueba cuenta con un tiempo tasado, de manera que comenzará a las 20:30 horas y terminará a las 21:30 HORAS (HORARIO PENINSULAR) del VIERNES 10 de mayo de 2013.

Valoración:

Será valorada con un máximo de 2.5 puntos. Para hacer el cómputo de la nota, las 8 respuestas se valoran sobre 10, de manera que se asigna a cada acierto una puntuación de 1.25 y a cada fallo un descuento de 0.3, y el resultado final se divide por 4 para ajustarlo al valor final de 2.5.


SE DECLARA PROBADO QUE

Candelaria, nacida el día 29 de marzo de 1972, con DNI nº XXXXX y carente de antecedentes penales, desde el mes de febrero de 1999 y hasta el 23 de enero de 2007 prestó sus servicios para la Gerencia de Urgencias Emergencias y Transporte Sanitario (GUETS) del SESCAM con contrato de personal estatutario de instituciones sanitarias con carácter de interinidad por vacante con categoría profesional de Auxiliar Administrativo, siendo nombrada jefe de grupo de esa Gerencia el día 1 de enero de 2003, estando encargada de la elaboración de las nóminas del personal, incluida la suya propia.


La acusada, con propósito de ilícito beneficio económico, desde febrero de 2002 y hasta que cesó en sus funciones por baja por incapacidad laboral a mediados de diciembre de 2006, a la hora de confeccionar su propia nómina con el programa informático contratado al efecto por el SESCAM, introducía en el disquete que luego se remitía al Banco para hacer el abono de la nómina al empleado los datos relativos a sus haberes alterados falazmente siempre muy por encima de lo que legalmente le correspondía, siendo ingresados los mismos por cuenta de la Tesorería General de la Seguridad Social en la cuenta de la que la acusada era titular en la entidad Caja Castilla La Mancha nº NUM002 .


Así, en el año 2002, ordenó la transferencia, como abono de su nómina, de las siguientes cantidades:

Febrero 2002: 3.016,52 Euros, cuando su nómina real ascendía a 715,35 Euros.

Marzo 2002: 1.995,10 Euros, cuando su nómina debida ascendía a 715,35 Euros.

Abril 2002: 3.312,90 Euros, cuando la cantidad debida ascendía a 715,35 Euros.

Mayo 2002: 4.029,30 Euros, cuando la cantidad debida ascendía a 715,35 Euros.

Junio 2002 y la extra consignó la cantidad real debida.

Julio 2002: 2.881,84 Euros, cuando la cantidad debida ascendía a 724,1 Euros.

Agosto 2002: 3.277,78 Euros, cuando la cantidad debida ascendía a 1.176,54 Euros.

Y así sucesivamente, de manera que a lo largo de cuatro años había conseguido que se le abonaran en total más de 100.000 euros indebidamente en las nóminas mensuales.


Cuando Candelaria se puso enferma, su compañera de trabajo Paula que la sustituyó descubrió el fraude que Candelaria venía cometiendo y esa misma tarde la telefoneó desde su domicilio para pedirle una explicación. Ante la insatisfactoria respuesta de Candelaria, Paula le anunció que al día siguiente la denunciaría ante los jefes. Entonces Candelaria convenció a su hijo Pablo, que en ese momento contaba con la edad de 17 años y sin antecedentes penales, de que se presentara en el domicilio de Paula y le diera un susto para que la dejara en paz. Obedeciendo a su madre Pablo, con el rostro cubierto por un pasamontañas y un bate de beisbol cortó el paso a Paula cuando esta salía de casa a depositar la basura en el contenedor y la amenazó con matarla si decía una palabra sobre las actividades ilícitas de Candelaria.


Candelaria padecía al tiempo de comisión de los hechos un trastorno de ludopatía y un trastorno de descontrol de impulsos que no excluían, ni suponían una intensa limitación de las facultades intelectivas o volitivas, pero sí cierta leve minoración de las mismas.


Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL PENAL I 2º PARCIAL Curso 12/13.
« Respuesta #279 en: 10 de Mayo de 2013, 20:41:58 pm »
es la mitad superior de la más grave, jooooo, y el texto