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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013  (Leído 118668 veces)

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Desconectado violeta10

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #420 en: 11 de Abril de 2013, 18:52:26 pm »
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La corrigen los profesores del centro asociado y, como ya pasó en el primer cuatrimestre, tienen de plazo hasta la semana anterior al primer exámen. Ya lo han hecho antes y algunos no tendrán la nota hasta el quince de mayo (La semana de exámenes es el 20, creo).
No es nada nuevo por otro lado.


pues a mi NO me la corrige el profesor del centro asociado, me la corrige el tutor de alf Antonio Corbalan Carrasco,

que por cierto corrige a la baja, me han puesto hoy la nota un 7 y sin comentarios como en las dos Pec de fundamentos.





Desconectado Malatesta

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #421 en: 12 de Abril de 2013, 11:56:47 am »
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Pues añadiría, la Mora y Pactum fiduciae, la Propiedad que cita el compañero, también,ya que Lucio es el poseedor propietario del carro.( Esta es mi modesta opinión al respecto)
Saludos
¿La mora? ¿Por qué? del enunciado no se extae que exista mora. Llegado el plazo devuelve 9500 y acuerdan que queda zanjado el tema. El problema es que el enunciado se queda corto en las explicaciones. No explica si en el acuerdo de extinción de la deuda entra el carro. A ver compañeros animaros

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #422 en: 12 de Abril de 2013, 12:19:13 pm »
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¿La mora? ¿Por qué? del enunciado no se extae que exista mora. Llegado el plazo devuelve 9500 y acuerdan que queda zanjado el tema. El problema es que el enunciado se queda corto en las explicaciones. No explica si en el acuerdo de extinción de la deuda entra el carro. A ver compañeros animaros

Yo tb pienso que el enunciado se queda corto , ya que se pueden deducir cosas que no son al ser tan escueto. Yo tb pienso que NO existe mora

Desconectado jorkoski

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #423 en: 12 de Abril de 2013, 12:52:12 pm »
puse Mora porque no acabó de pagar el préstamo, y entonces entra en Mora, bien es verdad que el tema es muy escueto.Ellos acuerdan zanjar el asunto con la entrega de los 9500 sestercios, y llegados a este punto me pregunto. El prestamista le condona los 500 que faltan? o equivalen al carro y por eso no se lo devuelve al amigo Lucio?
Saludos, compañeros

Desconectado violeta10

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #424 en: 12 de Abril de 2013, 12:56:01 pm »
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Yo tb pienso que el enunciado se queda corto , ya que se pueden deducir cosas que no son al ser tan escueto. Yo tb pienso que NO existe mora

+1
no explica si en el acuerdo entra el carro, ¿pero podemos deducir que no?


o dar una explicación de las dos formas...

Desconectado netsirena

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #425 en: 12 de Abril de 2013, 13:34:54 pm »
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Pues añadiría, la Mora y Pactum fiduciae, la Propiedad que cita el compañero, también,ya que Lucio es el poseedor propietario del carro.( Esta es mi modesta opinión al respecto)
Saludos

Buenos días,

Respecto a la PEC, no comparto el asunto del 'pactum fiduciae' ya que en éste se transmitía la propiedad y, en base al texto, no se extrae nada parecido sino que, más bien, se habla claramente de la prenda, donde se transmite la posesión (reteniendo dicha prenda).

Claro, del texto tampoco se desprende si en la entrega de la prenda se pactó derecho a vender la prenda en caso de tiempo vencido, dando lugar a derecho a hacerse propietario; pero, en cualquier caso, considero que no es lo mismo hacerse propietario mediante fiducia que mediante prenda con pacto y ya que el texto refiere prenda, he de ahí de donde excluyo el pactum fiduciae.

Por otro lado, respecto a incluir crédito y mutuo, no lo tengo muy claro. El mutuo ya es, per sé, un crédito.

En conclusión, cambio el pactum fiduciae por posesión derivada de la prenda y el crédito a secas lo dejo en suspenso; con lo que me quedan, como instituciones: Mutuo, prenda, propiedad, posesión y mora.

Salvo mejor opinión, que no dudo la haya porque estoy tan harta de esta asignatura que hay días que dudo si sé algo. xDD. Un saludo.

Desconectado netsirena

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #426 en: 12 de Abril de 2013, 13:42:37 pm »
jajaja.Mando el tocho anterior, me carga y veo que, en el fondo, somos varios los que tenemos dudas debido a lo escueto del texto.

Respecto a la mora es probable que tengais razón los que no la veis ya que el enunciado refiere 'llegado el vencimiento'; es decir, el texto no da a entender que haya prolongación en el tiempo de la deuda; por lo que no habría mora por pacto.

De todas formas, quedando tanto tiempo como queda para enviarla, no es necesario hacerla y mandar lo primero que salga así que yo, por si se me aparece la virgen, la haré como mejor sepa y esperaré, que no hay tanta prisa.

Un saludo

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #427 en: 12 de Abril de 2013, 14:51:43 pm »
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Si lo creeis pertinente podíamos empezar a resolver la 2ª PEC. A ver INSTITUCIONES: tal y como lo veo tenemos
CREDITUM
EL MUTUO o MUTUI DATIO
PRENDA
¿Veis alguna más?

Yo la estoy empezando y de momento voy con esas 3 también. Según investigue más seguiré diciendo  :)

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #428 en: 12 de Abril de 2013, 15:11:23 pm »
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puse Mora porque no acabó de pagar el préstamo, y entonces entra en Mora, bien es verdad que el tema es muy escueto.Ellos acuerdan zanjar el asunto con la entrega de los 9500 sestercios, y llegados a este punto me pregunto. El prestamista le condona los 500 que faltan? o equivalen al carro y por eso no se lo devuelve al amigo Lucio?
Saludos, compañeros

Yo creo que es la equivalencia al carro (por explicarlo de una manera rapida) y por ese motivo no se le devuelve a Lucio, ya que con este motivo la deuda esta zanjada y condonada

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #429 en: 12 de Abril de 2013, 15:12:49 pm »
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+1
no explica si en el acuerdo entra el carro, ¿pero podemos deducir que no?


o dar una explicación de las dos formas...

Yo voy a poner que no y hacer una buena explicacion. Y en el foro de ALF decir que lo pongan claro el dia del examen y en caso de que sea de este tipo nos expliquen bien que queremos que pongamos

Desconectado Estefaniams

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #430 en: 12 de Abril de 2013, 15:31:35 pm »
Yo publiqué una pregunta el alf porque tampoco me queda claro si son los 9.500+ el carro o sólo los 9.500.
Tal y como está el enunciado yo entiendo que con los 9.500 se da por satisfecho pero por si acaso pregunté.

Además, se contempla en los apuntes que el Derecho de prenda se extingue por la completa liquidación de la obligación (que así es como lo acepta el prestamista) y también por renuncia expresa o táctica del acreedor que entiendo que también puede ser el caso.

Desconectado Estefaniams

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #431 en: 12 de Abril de 2013, 15:53:13 pm »
No me queda claro leyendo el libro con qué acción puede reclamar el prestamista el dinero.

¿Alguien la ha encontrado?

Desconectado jorkoski

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #432 en: 12 de Abril de 2013, 15:55:15 pm »
Desde luego que estoy hecho un verdadero lío con los romanos estos. En cuanto al Pactum fiduciae yo interpreto el mismo como un pacto entre el acreedor y el deudor.En ese pacto, el acreedor recibe una propiedad (carro) dada en garantía (prenda) y se compromete a devolverla en el momento que la deuda esté saldada.
Saludos

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #433 en: 12 de Abril de 2013, 16:57:50 pm »
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Yo publiqué una pregunta el alf porque tampoco me queda claro si son los 9.500+ el carro o sólo los 9.500.
Tal y como está el enunciado yo entiendo que con los 9.500 se da por satisfecho pero por si acaso pregunté.

Además, se contempla en los apuntes que el Derecho de prenda se extingue por la completa liquidación de la obligación (que así es como lo acepta el prestamista) y también por renuncia expresa o táctica del acreedor que entiendo que también puede ser el caso.

Todo correcto

Desconectado jorkoski

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #434 en: 12 de Abril de 2013, 18:20:29 pm »
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No me queda claro leyendo el libro con qué acción puede reclamar el prestamista el dinero.

¿Alguien la ha encontrado?

Pues me parece que en esta: actio certae creditae pecuniae, el objeto de esta acción es que el deudor devuelva el dinero.
 Cada vez que miro el libro me lio más :D

Desconectado Estefaniams

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #435 en: 12 de Abril de 2013, 19:01:38 pm »
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Pues me parece que en esta: actio certae creditae pecuniae, el objeto de esta acción es que el deudor devuelva el dinero.
 Cada vez que miro el libro me lio más :D

Pues sí, parece que sí. Yo la estaba buscando en el apartado del pago.

Gracias

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #436 en: 12 de Abril de 2013, 19:24:51 pm »
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Pues me parece que en esta: actio certae creditae pecuniae, el objeto de esta acción es que el deudor devuelva el dinero.
 Cada vez que miro el libro me lio más :D

¿Si?. Pues ahora me acabo de perder totalmente. Voy a echarle un ojo (de nuevo) a los apuntes y comento algo
Muchas gracias

Desconectado nuri5

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #437 en: 12 de Abril de 2013, 19:40:43 pm »
Hola chicos,

Haber si me podéis ayudar por mas que leo la acción publiciana no consigo enterarme bien, alguien me podría ayudar!!!!!!! y decirme en que consiste.muchas gracias.
 ;) ;) ;)

Desconectado jorkoski

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #438 en: 12 de Abril de 2013, 21:12:31 pm »
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Hola chicos,

Haber si me podéis ayudar por mas que leo la acción publiciana no consigo enterarme bien, alguien me podría ayudar!!!!!!! y decirme en que consiste.muchas gracias.
 ;) ;) ;)

Creo que esa acción va enfocada a recuperar la posesión de la cosa. Es una acción ficticia y paralela a la reivindicatio.

Desconectado Gela_

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Re:POST OFICIAL DERECHO ROMANO 2012-2013
« Respuesta #439 en: 13 de Abril de 2013, 09:30:27 am »
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Hola chicos,

Haber si me podéis ayudar por mas que leo la acción publiciana no consigo enterarme bien, alguien me podría ayudar!!!!!!! y decirme en que consiste.muchas gracias.
 ;) ;) ;)

Yo tengo esto:

La accion publiciana protegue la propiedad pretoria y boniciana. Accion que compete al que ha perdido la posesion de una cosa, antes de haber consumado la usucapio, contra el que la posee con titulo inferior al suyo, para obtener su restitucion.

Es una accion ficticia, porque finge, sin ser cierto, que ciertos poseedores han cumplido el tiempo necesario para adquirir su propiedad por usucapio.

Producirá iguales efectos que la accion reivindicatoria.

 ;)