al la dirección de la guia mercantil@adm.uned.es
en cuanto a si es por correo ordinario..no lo creo, solo dice que ha de ser por escrito.
Muchas gracias, espaniol; yo acabo de presentar también una reclamación en relación con la pregunta Nº 12-EXAMEN D, en la cual entiendo que la respuesta dada como correcta en la plantilla, la b), la cual me parece incorrecta, al considerar que ésta es la opción C).
Pego la reclamación:
mi nombre es ..............................., con DNI .........., residente en ............... y matriculado
en la asignatura de Mercantil I este curso- CENTRO ASOCIADO DE .....................
Quisiera impugnar la pregunta número 12 del examen "D" que se realizó en
la segunda semana y que a continuación copio textualmente:
12) : D. Enrique Fuentes es desde hace años el director gerente de una
imprenta de la que es dueña Dª Cecilia Bores. Dª Cecilia no ha estado
inscrita nunca en el Registro Mercantil. Hace unos meses Dª Cecilia ha
fallecido y D. Enrique ha sabido que su heredero es uno de los hijos, D.
Alonso Bores, que está en el extranjero y que por ahora no ha realizado
aún ninguna actuación en relación con la imprenta. D. Enrique en esta
situación ha seguido actuando como Director Gerente gestionando el giro
y tráfico ordinario de la imprenta. Teniendo en cuenta estos datos:
a.- Únicamente D. Enrique responderá personalmente de todas las
obligaciones que haya contraído desde el fallecimiento de Dª Cecilia.
b.- Únicamente D. Alonso Bores responderá de las obligaciones que haya
contraído D. Enrique desde el fallecimiento de Dª Cecilia.
c.- Las dos respuestas anteriores son erróneas.
La respuesta correcta dada por el Departamento fue la B.
A mi parecer la respuesta correcta sería la C, fundamentándolo en los
siguiente;
El CCom (art. 283) denomina FACTOR al GERENTE de una empresa o
establecimiento, que actúa por cuenta ajena y está autorizado para
administrarlo, dirigirlo y contratar sobre las cosas concernientes a él.
En la práctica, son habituales los términos gerente, director, director
general, director gerente y otros similares para designar al que el CCom
denomina FACTOR.
En cualquier caso, de acuerdo con el manual del profesor A. BERCOVITZ
RODRIGUEZ-CANO, en la página 233 del manual "Apuntes de Derecho
Mercantil", refiere textualmente: "Es evidente que el factor no es el
empresario, por lo que cuando actúa en nombre del empresario y dentro de
su ámbito de representación NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD PERSONAL
FRENTE A TERCEROS; de esas OBLIGACIONES RESPONDE EXCLUSIVAMENTE el
EMPRESARIO (Arts. 284 y 285 CCom).
En virtud de los artículos anteriormente expuestos entiendo que D.
Enrique Fuentes en su calidad de Director Gerente en ningún caso debe
responder de las obligaciones que haya contraído desde el fallecimiento
de Dª Cecilia, ya que de las obligaciones de la fallecida no
correspondía responder a D. Enrique Fuentes (Director Gerente) ni en
vida de la misma ni durante su muerte. De sus obligaciones deberán
responder exclusivamente sus herederos, en este caso, D. Alonso Bores,
independientemente del estado en que se halle el correspondiente proceso
hereditario.
Rogaría que en base a todo lo expuesto, considere la posibilidad de dar
como respuesta correcta la opción C) Las dos respuestas son erróneas.