Mnieves, en el caso que has resuelto arriba y que yo tengo resuelto también.
Primero redondeas de 3 años y 9 meses a 4 años.
Y al final dices que el único marco en el que se puede mover el juez es en el de 8 años.
Mi pregunta es, si siempre que se den esos casos la solución es la misma.
Si por ejemplo, en el cálculo de la pena el resultado es de 10 años y 3 meses y la respuesta es
a) 11 años y
b) Ninguna es correcta (por ejemplo),
¿siempre se redondearía y se marcaría la que más se aproximase?
¡ya estoy aquí! perdona, pero no me había dado cuenta.
La opción va a depender de la pregunta, es decir, si piden la "pena concreta" que puede imponer el juez, siempre tendremos que encontrar una opción que esté dentro del marco final que hayamos hallado, es decir, si actuamos dentro del marco penal abstracto, sin ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, ¡no hay problemas hergomez!
la única opción, es que en el ejemplo, mezclen el marco penal abstracto con algo que modifique esa responsabilidad criminal, con lo cual hemos de hacer cuentas sí o sí, y si se da el caso de que lleve la bajada en 1 obligatoria, o dos, potestativa, como en la tentativa, hemos de hallar tanto uno como otro.
También hemos de tener en cuenta, que si se dan atenunates o agravantes, siempre se dice la inferior en grado en mitad superior, o la superior en grado en su mitad inferior, eso quiere decir, que hemos de hallar primero la inferior o superior en grado, y sobre esa la que le siga, mitad inferior o mitad superior, depende; el resultado de hacer eso al contrario nos daría un marco penológico totalmente diferente, ya que el marco sobre el que lo hallamos no es el correcto.
Cuando hablamos de partícipes que no llevan la misma pena que el autor, es decir, el cómplice, lo primero que se debe de hacer es la bajada preceptiva en 1 grado, y después lo que se requiera en función de la pregunta.
Creo que ya está, aunque yo mucho explicar y después la ca.. eso.
Mucha suerte mañana,
