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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL  (Leído 31671 veces)

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Desconectado Smourino3

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #140 en: 04 de Septiembre de 2013, 11:17:11 am »
Por simple curiosidad, y si no apruebo esta asignatura (no pienso ver nada hasta finales de septiembre): ¿alguien sabe si me puedo matricular de ella en alguna universidad, pero en Licenciatura, para el curso que viene?

Saludos y suerte para todos.


Desconectado lancelot1988

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #141 en: 04 de Septiembre de 2013, 12:27:02 pm »
Hola a todos los martirizados  por esta asignatura y tip de examen.y con tantos resultados diferentes que se ha hidocolgando aqui aun no se si he aprobado o no, Alguien sabe cuando cuelgan las plantillas o alguien ha podido aclararse de cuales son las correctas. voy totalmente perdido.

Desconectado mnieves

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #142 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:50:05 pm »
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Estoy de acuerdo en todas menos en la 9, que creo que es la D. (Epigrafe 2.5.4. del Tema 36)

Saludos

¿las teorías absolutas se basan tanto en la retribución como en razones preventivo especiales y preventivo generales? no, eso es la que se recoge en nuestro Cp, o en nuestro Derecho penal, fusiona las dos, las teorías absolutas y las relativas, y de ahí sale las eclécticas o mixtas, basadas tanto en la retribución como en la prevención.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #143 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:53:32 pm »
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¿las teorías absolutas se basan tanto en la retribución como en razones preventivo especiales y preventivo generales? no, eso es la que se recoge en nuestro Cp, o en nuestro Derecho penal, fusiona las dos, las teorías absolutas y las relativas, y de ahí sale las eclécticas o mixtas, basadas tanto en la retribución como en la prevención.

mil perdones, tengo tantos que me he ido al primer parcial, lo siento.

sí, quizás tengas razón, dudé bastante, pero la verdad es que lo mismo que extingue la acción etc, despliega sus efectos tanto si es tácito como expreso; esperemos pues a la respuesta del ED.  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #144 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:54:42 pm »
Buenas,
He CONFIRMADO una por una con el manual, y no buscando interpretaciones, sino que he comparado la respuesta literalmente con lo que dice el manual. Por si alguien le sirve de algo. No estoy poniendo lo que yo he puesto en el examen...  ya quisiera sino lo comprobado con el manual de derecho penal I.

Modelo B Nacional Original.
1 -d
2- d
3- c
4- a
5- a
6- b
7- c
8 - ( no la encuentro en el manual) Dicen que es la c pero hasta que no lo lean mis ojos con esta asignatura no me lo creo
9- d
10- b
11-
12- b
13- c
14- a
15- a
16- d
17-
18- a
19-d
20- c
21- a
22-c
23- b
24- a
25-

Logicamente las que estan en blanco no las he buscado por eso no las pongo.
Espero que le sirva a alguién.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #145 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:59:36 pm »
Hola Marta, de verdad estás segura? quiero decir que si están cotejadas. Es que si son estas, hija de mi vida, !qué alegria! porque coinciden con las mias.
No he tenido tiempo de mirar nada, en cuanto llegué ayer, me puse a repasar Hacienda, y he llegado hace un rato del examen.
De todas formas, muchas muchísimas gracias, 
No te rindas, aún estás a tiempo...que la vida es eso, continuar el viaje, perseguir tus sueños...

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #146 en: 04 de Septiembre de 2013, 14:59:43 pm »
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pff, entonces, es una pregunta del primer parcial... no??  :-\

no es así, de ello que pertenezca al segundo parcial.

Esa estructura que aparece en el primero es la secuencialidad del delito, tenemos una acción/omisión , típica, antijurídica, culpable y punible.

Si pregunta que qué es lo que hace falta haber estudiado para llegar a la culpabilidad, dado que la acción/omisión se puede descartar ya en la tipicidad (apuestan por la teoría finalista, como casi toda la doctrina hoy en día), con lo cual, está bien planteada la preguntas y la opción, ya que la punibilidad se estudia después de la culpabilidad, recuerda, hay casos en que a pesar de ser culpable no conlleva pena alguna, la culpabilidad es reprochabilidad,  :)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #147 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:09:36 pm »
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Hola Marta, de verdad estás segura? quiero decir que si están cotejadas. Es que si son estas, hija de mi vida, !qué alegria! porque coinciden con las mias.
No he tenido tiempo de mirar nada, en cuanto llegué ayer, me puse a repasar Hacienda, y he llegado hace un rato del examen.
De todas formas, muchas muchísimas gracias,

te prometo que las he cotejado con el manual, y si no encontraba lo que ponia literalmente en el manual igual que en el examen no la daba por comprobada!!Claro me faltan algunas... pero solo he podido con estas... que desgaste de asignatura!!

Desconectado osaloma

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #148 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:14:56 pm »
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Buenas,
He CONFIRMADO una por una con el manual, y no buscando interpretaciones, sino que he comparado la respuesta literalmente con lo que dice el manual. Por si alguien le sirve de algo. No estoy poniendo lo que yo he puesto en el examen...  ya quisiera sino lo comprobado con el manual de derecho penal I.

Modelo B Nacional Original.
1 -d
2- d
3- c
4- a
5- a
6- b
7- c
8 - ( no la encuentro en el manual) Dicen que es la c pero hasta que no lo lean mis ojos con esta asignatura no me lo creo
9- d
10- b
11-
12- b
13- c
14- a
15- a
16- d
17-
18- a
19-d
20- c
21- a
22-c
23- b
24- a
25-

Logicamente las que estan en blanco no las he buscado por eso no las pongo.
Espero que le sirva a alguién.


la 20 creo que es la B pagina 659 epígrafe 2.3
Es hasta bueno que te den una patada en el culo "quotquot por lo menos te dan impulso hacia adelante"quotquot nbspnbsp  nbspnbsp (Susana López)

Desconectado candy2002

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #149 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:41:45 pm »
la 14 del modelo A: la de la responsabilidad penal del menor aplicable:
es la d)
se puede aplicar potestativamente al mayor de 18 y menor de 21

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #150 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:49:29 pm »
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la 14 del modelo A: la de la responsabilidad penal del menor aplicable:
es la d)
se puede aplicar potestativamente al mayor de 18 y menor de 21

Artículo 1 Declaración general

1. Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.

la legislación actual vigente en España para los menores es la LO de 2000.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #151 en: 04 de Septiembre de 2013, 15:58:10 pm »
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Artículo 1 Declaración general

1. Esta Ley se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.

la legislación actual vigente en España para los menores es la LO de 2000.


Mnieves, eso lo tengo claro.
Es que creo que o no has entendido bien la pregunta o no la entendí yo...

El modelo de responsabilidad penal del menor vigente en España es aplicable:

No pregunta por cual es, que está claro que lo de los 14 a los 18. Sino cuando se puede aplicar.
Y se puede aplicar de los 14 a los 18, y potestativamente de los 18 a los 21, porque se estima que es gente que todavía está en formación....(y un rollo patatero...)

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #152 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:00:18 pm »
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mil perdones, tengo tantos que me he ido al primer parcial, lo siento.

sí, quizás tengas razón, dudé bastante, pero la verdad es que lo mismo que extingue la acción etc, despliega sus efectos tanto si es tácito como expreso; esperemos pues a la respuesta del ED.  :)

No sé dónde se ha ido lo que acabo de escribir, pero bueno,

El perdón del delito, efectivamente es la d), me he ido a "libre" con "tácito", en fin, supongo que una de las muchas idioteces cometidas en los exámenes de Penal I por mi parte.

La previsión legal de la forma expresa aparece en el art. 130.1.5°, ¡aunque no haya suspendido y sólo baja 0,5 la nota, sigo siendo imbécil en los test!  :-[

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #153 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:03:59 pm »
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No sé dónde se ha ido lo que acabo de escribir, pero bueno,

El perdón del delito, efectivamente es la d), me he ido a "libre" con "tácito", en fin, supongo que una de las muchas idioteces cometidas en los exámenes de Penal I por mi parte.

La previsión legal de la forma expresa aparece en el art. 130.1.5°, ¡aunque no haya suspendido y sólo baja 0,5 la nota, sigo siendo imbécil en los test!  :-[

Mucho ánimo que a mi los tipo test, se me dan mal...

Después de hacerlos veo que me ha pasado de todo, que me equivoco en la contestación por no leerla bien, que las cambio a última hora y la cago.... un poco de todo.
Para que veas que no eres la única.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #154 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:04:23 pm »
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Mnieves, eso lo tengo claro.
Es que creo que o no has entendido bien la pregunta o no la entendí yo...

El modelo de responsabilidad penal del menor vigente en España es aplicable:

No pregunta por cual es, que está claro que lo de los 14 a los 18. Sino cuando se puede aplicar.
Y se puede aplicar de los 14 a los 18, y potestativamente de los 18 a los 21, porque se estima que es gente que todavía está en formación....(y un rollo patatero...)

pero es que debemos de aplicar esa ley, en esa lección hace mucha mención a lo histórico de nuestra legislación, pero tal y como está planteada la pregunta, es hasta los 18

te acuerdas de lo cometido a Marta del Castillo, ¿qué pasó con el condenado en un principio? a los 18 años, a la calle, no puede ya ni seguir cumpliendo pena alguna, aunque la impuesta supere la cantidad, le podrán poner una alternativa, pero no seguirá encerrado ni pasará del establecimiento de menores a uno ordinario siquiera.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #155 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:05:44 pm »
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pero es que debemos de aplicar esa ley, en esa lección hace mucha mención a lo histórico de nuestra legislación, pero tal y como está planteada la pregunta, es hasta los 18

te acuerdas de lo cometido a Marta del Castillo, ¿qué pasó con el condenado en un principio? a los 18 años, a la calle, no puede ya ni seguir cumpliendo pena alguna, aunque la impuesta supere la cantidad, le podrán poner una alternativa, pero no seguirá encerrado ni pasará del establecimiento de menores a uno ordinario siquiera.

Si, tienes razón, pero lo que pone es que esta ley es aplicable potestativamente hasta los 21.
Luego se ve que no la aplican.

Bueno, que tampoco sé si la tengo bien, con Penal hasta que salen las plantillas no me fio nada.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #156 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:08:25 pm »
bueno chicos yo os dejo con las cávalas.
me voy a estudiar un ratillo que aun me queda una mañana.

Os recomiendo serenidad, que ya sabeis que con penal vale la pena esperar a las plantillas, que ponen preguntas muyyy raritas o con planteamiento raro...

En fin, que no os calenteis la cabeza. :D :D

Desconectado Ranm

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #157 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:14:35 pm »
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Si, tienes razón, pero lo que pone es que esta ley es aplicable potestativamente hasta los 21.
Luego se ve que no la aplican.

Bueno, que tampoco sé si la tengo bien, con Penal hasta que salen las plantillas no me fio nada.

En las páginas 1034-1035 del libro pone que esa posibilidad de ampliación a 21 años desapareció y que el ámbito de aplicación queda limitado a los menores de 18 años pero...prefiero esperar a las plantillas por si acaso.

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #158 en: 04 de Septiembre de 2013, 16:26:50 pm »
la de julia, pregunta 11 , he encontrado esto :

Las reglas de determinación de las pena en faltas son en parte distinta a las que rigen para los delitos. En este sentido, el art. 638  CP, establece que en la aplicación de penas previstas para las faltas procederán los Jueces y tribunales, según su prudente arbitrio, dentro de los límites de cada una, atendiendo a las circunstancias del caso y del culpable, sin ajustarse a las reglas del Cap 61 a 72 CP ( esto se refiere a la mediación de agravantes o atenuantes,  sigue ..  ) es decir, que confirmada la comisión de una falta por parte de un sujeto que resulta penalmente responsable de la misma, el juez en principio podrá imponerle cualquier pena comprendida dentro del marco penal abstracto que la ley asigne a dicha falta atendiendo a los criterios apuntados y sin tener que observar las reglas analizadas en relación con el grado de realización, la forma de intervención en la misma del sujeto responsable o las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal que pudieran concurrir.

es decir, que parece que la respuesta sea :

Cualquiera que quede dentro de los límites señalados en la ley para la infracción, de acuerdo con el prudente arbitrio del juez o tribunal que atenderá a tal efecto a las circunstancias del caso y del culpable


La de los menores, siempre según apuntes  :

la extensión a los denominados jóvenes quedo recogida en los art. 1.2 1.4 y 4 de LORPM. Sin embargo estos artículos fueron derogados por L0 8 /2006 de 4 de diciembre, por lo que se modifica la LORMP, limitando el ámbito de aplicación del derecho penal juvenil a los menores de 18, desapareciendo la posibilidad de aplicar la legislación penal a los mayores de 18 y menores de 21.
La LO 8/2006 entro en vigor el cinco de febrero de 2007, por lo que durante algo mas de un mes estuvieron en vigor las previsiones sobre los mayores de 18 y menores de 21. Se trata de un supuesto de vigencia de una ley penal intermedia mas favorable.

Desconozco en que año se hicieron los apuntes, pero incluso con este parrafón, al menos yo no tengo clara si hoy tiene vigencia o no, por fechas diría que de 18 a 21 a dia de hoy no entran ..  no lo sé...


Esperemos que se publiquen las plantillas el lunes, por lo de los exámenes de reserva y demas... 


Que haya suerte!
 


Desconectado aprobada

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Re:POST OFICIAL DERECHO PENAL I 12/13 SEPTIEMBRE - 2º PARCIAL
« Respuesta #159 en: 04 de Septiembre de 2013, 21:05:50 pm »
A ver compañeros he cotejado las preguntas del tipo A, y menos la 2 que no he dao con ella os pongo el resto junto con la pag. del libro donde he encontrado la respuesta o con el art. del CP.
Aún así hay una que he tenido que leerme un tema entero para dar con la respuesta, que la considero liosa y agradecería que opinaseis par a ver si así la termino de entend-er, sería la nº 19.
EXAMEN 2º PP MODELO A
 
1-d-1078
2-/
3-d-677
4-c-808
5-c-551
6-b-887
7-c-715
8-c
9-d-999
10-a-898
11-c-871
12-a-963
13-a-1084
14-b-1034-1035
15-a-131 CP
16-b-95-96-CP
17-d-570
18-a-66 CP
19-a-629
20-b-841
21-b-659
22-c-787
23-a-697
24-a-736
25-a-709


Bueno pues eso, podeis cotejarlas y a ver si alguien da otra interpretación de las respuestas