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Autor Tema: Herencia  (Leído 1599 veces)

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Desconectado javi.madero

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Herencia
« en: 29 de Junio de 2013, 13:55:35 pm »
Buenas, mi situación es la siguiente;

Mi hermano hizo que mi padre cambiara el testamento y a mi solo me ha dejado la estricta legitima en metálico pero claro ahora no tiene para darme lo que me pertenece en dinero y quiere que me quede con una pequeña finca que no vale lo que me correspondería por la legítima.

Lleva todo parado mas de un año y no para de molestarme para que denuncie y asi tener que pagar yo las tasas y claro como yo tengo se que solo me va ha quedar la legitima y no estoy perdiendo nada, que es él el  que esta perdiendo el aprovechamiento de las fincas pues encima no voy a perder el dinero de las tasas.

¿Qué puedo hacer? ¿Tienen las herencias algunos tiempo para efectuarlas?

Un saludo y muchas gracias


Desconectado frede

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Re:Herencia
« Respuesta #1 en: 30 de Junio de 2013, 11:47:58 am »
Hola Javi,

Me parece que lo tienes difícil, el Código Civil faculta al heredero a entregar bienes de la herencia para pagar la legítima si en ella no hay dinero para satisfacer la misma y por otra parte la acción para pedir la partición de la herencia es impresciptible ( art. 1965 del CC ) . Por lo tanto el límite temporal lo ponen los coherederos ccuando piden la partición de la herencia.

Asi que lo que te queda es, sino llegais a un acuerdo, pedir la división de la herencia judicialmente, los gastos que esta genere irán a cargo de la masa hereditaria (artículo 1064).

Saludos,
"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado Alfmonti

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Re:Herencia
« Respuesta #2 en: 30 de Junio de 2013, 11:53:37 am »
Me surge una duda, ¿En que fecha se han de valorar los bienes, a la de la muerte del testador o a la de la partición? Éste caso tiene esa peculiaridad puesto que con los valores inmobiliarios en depreciación, si la valoración es a fecha del fallecimiento, cuanto más tiempo pase el heredero sin pagar la legítima, más pierde. ¿Es así?

Saludos

Desconectado javi.madero

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Re:Herencia
« Respuesta #3 en: 30 de Junio de 2013, 12:15:27 pm »
Muchas gracias por las respuestas.

Una cosa, en la herencia hay dinero, entonces yo lo que  quiero es ese dinero y el resto pues en bienes, pero mi hermano lo único ha propuesto es que me quede con una finca y encima le tengo que dar yo dinero (es decir que no pillaría nada en metálico).

Aclarar una cosa antes de morir mi abuela el testamento estaba hecho de uno para otro y a muerte de los dos partes iguales y yo hablo de fincas pero no es que por quedarse con la mayor parte se vaya ha hacer rico.

Si llega ha juicio puede que el juez dicte que se debe lo que el heredero mayoritario quiere???

un saludo y de nuevo muchisimas gracias

Desconectado abogado M

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Re:Herencia
« Respuesta #4 en: 30 de Junio de 2013, 17:45:12 pm »
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Hola Javi,

 la acción para pedir la partición de la herencia es impresciptible ( art. 1965 del CC ) . Por lo tanto el límite temporal lo ponen los coherederos ccuando piden la partición de la herencia.

Asi que lo que te queda es, sino llegais a un acuerdo, pedir la división de la herencia judicialmente, los gastos que esta genere irán a cargo de la masa hereditaria (artículo 1064).

Saludos,

   Cuidado que eso solo se refiere a bienes inmuebles, no a la partición de herencia considerada globalmente. Que yo sepa el Código Civil no estipula un plazo específico de prescripción de la acción de partición de herencia. Si existe, me gustaría saberlo.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado frede

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Re:Herencia
« Respuesta #5 en: 01 de Julio de 2013, 00:33:19 am »
Hola de nuevo Javi,

Creo que deberías coger una cópia del testamento y ponerte luego con un abogado que te asesore, las primeras consultas no suelen ser caras y te dan una idea general del procedimiento a seguir y los costes que tendrá. Aqui te podemos aclarar alguna duda pero sin saber exactamente que dice el testamento y los detalles del caso podríamos crearte falsas expectativas.

Si tu padre estipuló en el testamento que tu hermano te debía hacer entrega de la legítima en metálico y había suficiente dinero para dártela, pues entonces la cosa cambia y tu hermano ha de entregarte la legítima en dinero.

Por otra parte, en función de como este redactado el testamento si tu hermano fue declarado heredero de todos los bienes dejando a salvo las legítimas, el procedimiento ya no sería exactamente el de partición de la herencia, sino el de reclamación de la misma al heredero que es el que tiene la obligación de pagar las legítimas y la cosa cambia.

La acción para reclamar la legítima prescribe a los 15 años (aunque esto no te lo puedo asegurar pues hay quien considera que es a los 30) según el derecho comun, pero puede variar según el derecho foral, en Cataluña es a los 10.

Por otra parte tendríamos de saber si tu hermano ha aceptado el testamento, aunque sea tacitamente ( por ejemplo el esta administrando las tierras o los bienes)

Por otra parte si fuera así, rectificando lo dicho anteriormente, la acción que deberías ejercitar ya no sería la de partición de la herencia sino la de reclamación de la misma y en este sentido la cosa cambiaria sustancialmente en el caso de un procedimiento judicial pues a tu hermano le podrían condenar en costas y si la legítima se estableció en dinero este genera intereses.

Saludos,
"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado javi.madero

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Re:Herencia
« Respuesta #6 en: 01 de Julio de 2013, 09:07:34 am »
Frede de veras muchas gracias.

Si estamos ambos con abogados y el mio esta harto  de llamarlo y hay veces que ni le coge el  teléfono y cuando se lo coge no sabe ni que decirle porque encima creo que hasta su abogado esta harto de mi hermano porque no sabe lo que quiere ya que la única solución que da es la que comente que me quede con una finca y él con todo lo otro (otras fincas, dinero y vehículos) y encima le tengo que dar yo dinero.

El testamento lo tiene mi abogado y no lo recuerdo bien pero era mas o menos esto: Declaro heredero a ...... y a ....... dejo la estricta legitima  que sera pagada en metálico.

La verdad que yo con mi abogado estoy contento pero quería ver otras otras opiniones.

Gracias y saludos

Desconectado jsoriguer1

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Re:Herencia
« Respuesta #7 en: 01 de Julio de 2013, 10:49:57 am »
Si Javi, tal como dice Frede, mejor ponerte en contacto con un abogado, pero déjame añadir que incluso con el notario, estos, además de tener un baremo de tarifas, estas consultas suelen ser gratis y tendrás otra opinión.