Veo que está en la pg 160 del manual.
Fuerza de ley: implicaba su operatividad ilimitada, de manera que una norma con "fuerza de ley" podía regular cualquier materia.
"El Valor de Ley -escrine J. A. Santamaría Pastor, citando a A. M. Sandulli- alude al tratamiento procesal que la ley recibe, que consiste en que no puede ser controlada o inaplicada por ninguna autoridad , pudiendo sólo extinguirse en virtud de una ley sucesiva o de una sentencia de la Corte Constitucional"
Muchas gracias. Pues al parecer, había puesto mal la de fuerza de ley, aunque valor de ley comparando la definición del manual con la que he escrito, creo que sí la puse correctamente en el examen. De todas formas, como hay que tener las tres respuestas contestadas bien y la de fuerza de ley la tengo mal, no pediré una segunda revisión ya que me parece que no va a servir para nada. Pues nada, tocará estudiar para septiembre, al menos es la única que llevo.
¿Alguien sabe cuales son los mejores apuntes para esta asignatura, es decir, los más parecidos al manual? Porque con los que yo estudié para junio, las definiciones de fuerza de ley y valor de ley estaban incompletas y eso me ha costado el suspenso.