Hola a tod@s!!Escribo este post para comentaros una duda que me ha surgido.Esta relacionada con la responsabilidad civil de terceros y los contratos de seguro.El caso es que practico equitación y el otro dia me caí del caballo (gracias a dios sin consecuencias lesivas).En este caso la culpa fue mía(el animal no se desbocó ni nada) por lo que al final no ha habido consecuencias jurídicas.Mi duda ha surgido porque el dueño de la Hipica me han comentado que debería sacarme la licencia de la Federación Española de Hipica ya que esta incluye un seguro de accidente porque según el"LA HIPICA CUENTA CON SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PERO SOLAMENTE PARA LOS CASOS EN QUE LOS CABALLOS CAUSEN ALGUNA LESION DIRECTA A LOS USUARIOS (EJEMPLO:UNA PATADA) PARA LOS DEMÁS NO EXISTE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL,UNICAMENTE QUEDA SACAR LA LICENCIA DE LA FEDERACIÓN".Mi duda es que ¿no será que el seguro que él tiene contratado para la Hipica solamente cubre los casos más graves(patada de un caballo,etc) pero no los leves y usuales (caerse del caballo porque éste se desboque,etc?¿Pensáis que el hecho de subirse voluntariamente al caballo exonera de responsabilidad al dueño del animal (el dueño de la HIpica)? ¿Cual es la legislación específica que debería aplicarse al tema de la equitación, daños por animales,etc?
Al ir al Hospital a que me descartaran la ausencia de lesiones me dijeron que harían un parte al Juzgado,¿que función y cual es el tramite que tiene dicho parte?¿tendrá repercusiones para el dueño de la Hipica?
Muchisimas gracias a tod@s por vuestra atención.
Un saludo.