voy por el tema de la intervención voluntariay sus clases, tengo una duda:
cuando habla de la litisconsorcial sería legitimación originaria, o sea cotitular del derecho, y cuando habla de la adhesiva ees la extraordinaria? o sea por sustitución o representación...
gracias.
en la adhesiva no es por sustitución o representación solo que No existe dicha cotitularidad, sino una relación jurídica subordinada a la relación jurídico material debatida en el proceso y de la que es titular el tercero, quien está interesado en la defensa de aquélla, pues de su reconocimiento depende su relación subordinada.
Los efectos de la Sentencia se extenderán sobre el tercero de forma refleja. No directamente ejemplos de la intervención adhesiva suelen citarse:
el del subarrendatario que se encuentra interesado en coadyuvar a la defensa del arrendatario frente a su arrendador que pretenda la resolución del contrato.
El del legatario que tiene interés en la defensa de quien sostenga la validez de la institución de heredero,
El art. 19 de la Ley 3\1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal,
La intervención de la esposa e hijos en un proceso de reconocimiento de la paternidad.
de los interventores o demás acreedores en una reclamación de cantidad efectuada por un acreedor contra el suspenso.
En la legitimación extraordinaria quien comparece en el proceso actúa en interés de otro pero en la intervención adhesiva actúa en interés propio pero es un interés subordinado al principal