Sigo sin entender porque es falsa esta pregunta de la PEC
Khole, s.l. tiene registrada a su nombre la marca “Revix” para productos cosméticos. La marca no es ni notoria ni renombrada. Teniendo en cuenta estos datos, Khole, s.l. puede impedir que un tercero comercialice maquinaria agrícola con la marca “Revix”.

Es falsa Ra-chel; intenta dar la vuelta, yo también fue la otra que falle, en ésta me comí el "no" y en la otra el "cualquier".
Si la marca fuese "notoria y renombrada", además de registrada, Khole, S.L. sí puede impedir que un tercero comercialice otra clase de producto, pues a pesar de ser maquinaria agrícola pueden asociar la marca, y si la calidad y garantía no es la misma, puede salir perjudicada.
Pero son productos que prácticamente no se conocen en el mercando, no son notorios ni renombrados, con lo cual ¿cómo impedir que otro use su marca si prácticamente no la conoce nadie?
Por eso la Ley protege a las notorias y renombradas con el tipo de acción, para poder repelar alguna competencia desleal.
