Matias 1, cuando en la respuesta a) dice "soportar" se refiere a no hacer, tal como viene recogido en el articulo 100 de la Ley.
La obligación personalísima, es decir, la que nadie puede hacer por otro, tanto puede obligarte a hacer algo como por ejemplo en una campaña de vacunación como puede obligarte a no hacer algo, por ejemplo, dejar de molestar al vecino. (Perdona los ejemplos, pero ahora estoy espesa y no se me ocurren otros)
No se si me he explicado bien, pero en resumen lo que te tiene que quedar es que es algo que nadie puede hacer por ti, no como en la ejecución subsidiaria, en la que primero hacen lo necesario (quién sea) y luego te lo cobran.