Vamos a cotrastar un poco los exámenes , no
Ahí la mier.....Que hice yo..
1 RCI 22, con posibles reducciones del Art 23,Incluido en base general Art 45, tributación conforme Art 63 y con pagos a cuenta Art 101.
2 Art 14 irpf y 7 del reglamento , aunque aquí yo me metido un poco la pata, dado que puse que el criterio del devengo sólo sería posible en rentas obtenidas fuera del periodo impositivo .
3 GoPP, Art 33, importe segun 34, integrándose en base general o del ahorro según el tiempo de permanecía del objeto de transmision en poder del transmitente , y tributacion según la base .63 o 66
4 ELEMENTOS PATRIMONIALES AFECTOS, Art 29 irpf y 22.2 1 y 22.4
5 aquí me he lucido , jajaj Art 21 irpf , y en caso que no sea exención BI con ajuste extracontable positivo.
Bueno compañeros pues ahí está mi obra de arte jajaja