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Autor Tema: POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14  (Leído 125831 veces)

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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #380 en: 22 de Abril de 2014, 19:33:46 pm »
 Estas son las mias b c a b


Desconectado ana carrascoso

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #381 en: 22 de Abril de 2014, 19:34:34 pm »
perdón: la 2 es c.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #382 en: 22 de Abril de 2014, 19:39:34 pm »
Entonces coincidimos....aunque me han hecho dudar con la 1 porque el unico recurso admitido a tramite es contra el hospital....

Desconectado jorsano1984

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #383 en: 22 de Abril de 2014, 19:59:50 pm »
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Estas son las mias b c a b

Exactamente igual que las mias: B, C , A, B

Desconectado Bennymeng

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #384 en: 22 de Abril de 2014, 20:04:25 pm »
Respecto de la primera pregunta, no parece que en el hospital hayan violado ninguna norma de derecho internacional, que son las que amparan la protección diplomática.
La admisión de ese único recurso no parece que tenga mucha relevancia. No lo tengo nada claro

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #385 en: 22 de Abril de 2014, 20:05:16 pm »
Para mí la 1 es la A. El recurso que está pendiente no tiene nada que ver con los actos ilícitos del Estado Italiano. Es un recurso contra un hospital privado por mala praxis médica que no tiene nada que ver con la detención ilegal ni con el incumplimiento de la obligación de avisar al consulado. Los recursos contra el Estado italiano sí están agotados.

Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #386 en: 22 de Abril de 2014, 20:05:44 pm »
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Respecto de la primera pregunta, no parece que en el hospital hayan violado ninguna norma de derecho internacional, que son las que amparan la protección diplomática.
La admisión de ese único recurso no parece que tenga mucha relevancia. No lo tengo nada claro

Eso mismo me pasa a mí, y de la lectura del libro no saco nada en claro. Buscaré en internet.

Desconectado Bennymeng

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #387 en: 22 de Abril de 2014, 20:16:52 pm »
En efecto, el dato de que el hospital sea "privado" me parece muy relevante

Desconectado CHEN

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #388 en: 22 de Abril de 2014, 20:17:07 pm »
Coincido con PAZ:

A, C, A, B

Para mi la 1 es A
Los OJOS, no son ojos porque te VEN, son OJOS porque te MIRAN.

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #389 en: 22 de Abril de 2014, 20:21:37 pm »
Pues yo creo que tengo clara la 1A 2C y 4B. Respecto a la 3 estoy en ello todavía
No llega antes quien va más deprisa, sino quien sabe a donde va. (Séneca)

Desconectado CHEN

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #390 en: 22 de Abril de 2014, 20:24:25 pm »
La 3, según el Convenio de Viena, que acabo de mirarlo, es la A
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Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #391 en: 22 de Abril de 2014, 20:29:09 pm »
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La 3, según el Convenio de Viena, que acabo de mirarlo, es la A

Ya, pero no tengo claro que no sea la B.
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Desconectado CHEN

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #392 en: 22 de Abril de 2014, 20:31:30 pm »
Según el convenio de Viena, Italia está obligada a comunicarlo al consulado.
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Desconectado CHEN

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #393 en: 22 de Abril de 2014, 20:34:47 pm »
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Ya, pero no tengo claro que no sea la B.

Aquí lo tienes:

Artículo 36

COMUNICACION CON LOS NACIONALES DEL ESTADO QUE ENVIA

1. Con el fin de facilitar el ejercicio de las funciones consulares relacionadas con los nacionales del Estado que envía:

                a) los funcionarios consulares podrán comunicarse libremente con los nacionales del Estado que envía y visitarlos. Los nacionales del Estado que envía deberán tener la misma libertad de comunicarse con los funcionarios consulares de ese Estado y de visitarlos;

                b) si el interesado lo solicita, las autoridades competentes del Estado receptor deberán informar sin retraso alguno a la oficina consular competente en ese Estado cuando, en su circunscripción, un nacional del Estado que envía sea arrestado de cualquier forma, detenido o puesto en prisión preventiva. Cualquier comunicación dirigida a la oficina consular por la persona arrestada, detenida o puesta en prisión preventiva, le será asimismo transmitida sin demora por dichas autoridades, las cuales habrán de informar sin dilación a la persona interesada acerca de los derechos que se le reconocen en este apartado;

                c) los funcionarios consulares tendrán derecho a visitar al nacional del Estado que envía que se halle arrestado, detenido o en prisión preventiva, a conversar con él y a organizar su defensa ante los tribunales. Asimismo, tendrán derecho a visitar a todo nacional del Estado que envía que, en su circunscripción, se halle arrestado, detenido o preso en cumplimiento de una sentencia. Sin embargo, los funcionarios consulares se abstendrán de intervenir en favor del nacional detenido, cuando éste se oponga expresamente a ello.

2. Las prerrogativas a las que se refiere el párrafo 1 de este artículo se ejercerán con arreglo a las leyes y reglamentos del Estado receptor, debiendo entenderse, sin embargo, que dichas leyes y reglamentos no impedirán que tengan pleno efecto los derechos reconocidos por este artículo
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Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #394 en: 22 de Abril de 2014, 20:38:46 pm »
Si, pero habla de detención, arresto y prisión preventiva, en mi opinión, tal y como está el enunciado eso no se da
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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #395 en: 22 de Abril de 2014, 20:47:08 pm »
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Para mí la 1 es la A. El recurso que está pendiente no tiene nada que ver con los actos ilícitos del Estado Italiano. Es un recurso contra un hospital privado por mala praxis médica que no tiene nada que ver con la detención ilegal ni con el incumplimiento de la obligación de avisar al consulado. Los recursos contra el Estado italiano sí están agotados.

¿y esto? ¿no se puede considerar responsabilidad del Estado en la persona de sus policias de la aduana? qué duda me entra....

En las dependencias policiales del aeropuerto de Florencia el Sr. Fombouta padeció una crisis nerviosa que obligó a trasladarle al hospital más cercano, que era de titularidad privada. Ya en el hospital, donde tardó cinco horas en ser atendido, sufrió una hemorragia cerebral, como consecuencia de la cual ha perdido la movilidad de las piernas y los brazos. Aunque los médicos forenses han concluido que los incidentes médicos señalados nada tienen que ver con las circunstancias de su retención en el aeropuerto sino con el mismo viaje en avión, un segundo informe pericial concluyó que la paralización que padece el ciudadano maliense es el resultado del retraso en ser trasladado al hospital y ser atendido en el mismo. Tras el ingreso en el hospital del Sr. Fombouta la dirección del hospital informó de ello al Cónsul de Mali en Roma.

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #396 en: 22 de Abril de 2014, 20:52:52 pm »
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¿y esto? ¿no se puede considerar responsabilidad del Estado en la persona de sus policias de la aduana? qué duda me entra....

En las dependencias policiales del aeropuerto de Florencia el Sr. Fombouta padeció una crisis nerviosa que obligó a trasladarle al hospital más cercano, que era de titularidad privada. Ya en el hospital, donde tardó cinco horas en ser atendido, sufrió una hemorragia cerebral, como consecuencia de la cual ha perdido la movilidad de las piernas y los brazos. Aunque los médicos forenses han concluido que los incidentes médicos señalados nada tienen que ver con las circunstancias de su retención en el aeropuerto sino con el mismo viaje en avión, un segundo informe pericial concluyó que la paralización que padece el ciudadano maliense es el resultado del retraso en ser trasladado al hospital y ser atendido en el mismo. Tras el ingreso en el hospital del Sr. Fombouta la dirección del hospital informó de ello al Cónsul de Mali en Roma.

A mi entender esa demanda es la segunda que dice el supuesto que se ha denegado. La tercera, que queda todavía pendiente, es la que está interpuesta contra el hospital, no contra el Estado. Ante el Estado se han agotado todas las vías
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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #397 en: 22 de Abril de 2014, 20:59:32 pm »
.......interpuso dos recursos ante los tribunales italianos. El primero, contra la decisión de anular el registro de su entrada en el país y la retención en Florencia. El segundo, por el trato recibido en la comisaría del aeropuerto de Florencia y la falta de comunicación con el Cónsul de Mali en Roma. Ambos fueron inadmitidos a trámite.


Estos son los recursos y sus motivos...¿podriamos incluir en el segundo el retraso en el traslado al hospital? no sé......

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #398 en: 22 de Abril de 2014, 21:02:40 pm »
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.......interpuso dos recursos ante los tribunales italianos. El primero, contra la decisión de anular el registro de su entrada en el país y la retención en Florencia. El segundo, por el trato recibido en la comisaría del aeropuerto de Florencia y la falta de comunicación con el Cónsul de Mali en Roma. Ambos fueron inadmitidos a trámite.


Estos son los recursos y sus motivos...¿podriamos incluir en el segundo el retraso en el traslado al hospital? no sé......

Yo lo incluyo en el trato, pero, no sé.....
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Desconectado matias1

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Re:POST OFICIAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (2ºpp) 2013/14
« Respuesta #399 en: 22 de Abril de 2014, 21:05:37 pm »
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Yo lo incluyo en el trato, pero, no sé.....

Pues estamos igual.... ;) ;) ;)