entiendo que habiendo pagado el consumidor el bien, si el empresario no puede hacer la entrega del mismo y este no haya hecho efectiva la devolución del importe en un plazo estimado de 30 días, el consumidor puede exigir no solo la cantidad pagada sino el doble de la misma además de la cantidad correspobndiente por daños y perjuicios.
O sea que si no te devuelven lo que has pagado en un plazo de 30 días, puedes exigir el doble, imagino que será para garantizar que en un tiempo no muy extenso te den lo que es tuyo y si pasa de ese tiempo penalizándolo con exigir el doble
Bien,Ilse gracias,pero esto en la vida real....

yo compré un artículo a china por importe de 100 euros el 1 de abril y aun no me ha llegado,solo saben echar la culpa al transporte.Ves, por eso te digo que luego todo esto es un rollo ,ahora busca al chino con tanta LOCM y Directiv...puff,no se si me entiendes,que le voy a reclamar al chino ahora 200 euros?
Esta es la vida real,aqui mucho artículo,mucha ley del consumidor,etc... pero luego todo en la vida real es otra cosa,en fin.Por eso decía si esta LOCM era a nivel internacional