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Autor Tema: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL  (Leído 59028 veces)

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Desconectado May1985

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #120 en: 09 de Mayo de 2014, 09:16:45 am »
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Qué tal compañeros?? Cómo lo lleváis? es un poco tedioso pero no es imposible....pero si es imposible estudiar un tema que no tengo.....el tema 29: EL RECURSO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO EN MATERIA TRIBUTARIA es nuevo de este año? uso apuntes de Vivero (por cierto me quito el sombrero tío, son espectaculares y muy completos) y no vienen y he mirado también otros apuntes y no viene ese tema...alguno me podría ayudar a conseguir ese tema? os lo agradecería muchísimo. Os deseo suerte a todos y a darle duro, que queda poco y la recompensa es muy buena!. Un saludo!

Ese tema no lo ponen porque es de los NO obligatorios, el 26 y el 29 (creo que Vivero tampoco tiene el 26)
Yo lo tengo pero en el libro y no puedo mandártelo... :-\


Desconectado mhualoto1

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #121 en: 09 de Mayo de 2014, 11:54:59 am »
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Ese tema no lo ponen porque es de los NO obligatorios, el 26 y el 29 (creo que Vivero tampoco tiene el 26)
Yo lo tengo pero en el libro y no puedo mandártelo... :-\
AH! entonces no hay problema, pensaba que sí entraba, perdona la tontería!. Ya estoy más tranquilo. Suerte y muchas gracias por ayuda!

Desconectado fernandolorenzo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #122 en: 11 de Mayo de 2014, 12:55:13 pm »
Hoy es la PEC, no?
Es a las 18:00 como la otra?  ???

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #123 en: 11 de Mayo de 2014, 13:07:14 pm »
Sí, a las 18.00 empieza y tenemos 90 minutos para contestar. ¿Vais a estar por aquí para ir haciéndola en común?

Desconectado fernandolorenzo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #124 en: 11 de Mayo de 2014, 14:00:59 pm »
yo si. Suerte a todo@s  ;)

Desconectado sima666

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #125 en: 11 de Mayo de 2014, 17:09:56 pm »
yo tambien la voy a hacer, si se puede la ire comentando

Desconectado fibela

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #126 en: 11 de Mayo de 2014, 17:20:41 pm »
Yo también la voy hacer.

Desconectado May1985

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #127 en: 11 de Mayo de 2014, 17:39:31 pm »
Yo también estaré por aquí

Desconectado fernandolorenzo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #128 en: 11 de Mayo de 2014, 17:50:08 pm »
Eeeehhh, como está la cosa?     :D

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #129 en: 11 de Mayo de 2014, 17:52:43 pm »
En nada empieza ya, a ver con qué nos sorprenden. En cuanto esté operativa colgaré el caso.

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #130 en: 11 de Mayo de 2014, 18:01:51 pm »
1. Un contribuyente presenta su autoliquidación del IRPF y realiza el correspondiente ingreso el último día de plazo voluntario (30 de junio de 2012).

2. El 30 de junio de 2013 se inician actuaciones inspectoras por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, «Agencia Tributaria»). Suponga que no cabe la ampliación del plazo de duración del procedimiento a que se refiere el artículo 150.1 de la Ley General Tributaria.

3. El 1 de julio de 2013 la Agencia Tributaria solicita información sobre el contribuyente a la Comunidad Autónoma de Madrid relativa al objeto y período investigado. La Comunidad Autónoma contesta el 30 de septiembre de 2013. El 1 de octubre de 2013 la Agencia tributaria comunica el resultado de la información solicitada al contribuyente y después se paraliza el procedimiento sin que existan causas que lo justifiquen.

4. El 1 de febrero de 2014 requiere de nuevo al contribuyente para continuar las actuaciones inspectoras solicitándole que aporte cierta documentación en el plazo de diez días. El 1 de marzo el contribuyente aporta la documentación requerida.

5. Finalmente, tras realizar distintas actuaciones de comprobación, se notifica la liquidación el 14 de noviembre de 2014 y el contribuyente paga dentro de plazo.

¿Qué consecuencias tributarias tiene cada una de estas circunstancias respecto al plazo de prescripción, al plazo del procedimiento inspector y al devengo de intereses de demora?

Desconectado fibela

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #131 en: 11 de Mayo de 2014, 18:23:20 pm »
alguien puede dar luz a la pec, como la estais haciendo?

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #132 en: 11 de Mayo de 2014, 18:24:15 pm »
yo he pensado coger cada "accion" y poner las consecuencias que tiene. Pero la verdad que estoy un poco parada

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #133 en: 11 de Mayo de 2014, 18:31:27 pm »
Yo he decidido separar las tres cosas. Estoy con la preinscripción, pero la verdad es que no se si estoy yendo encaminado. Os cuelgo lo que he conseguido sacar a relucir hasta ahora.

La regla general establece que el derecho a liquidar la deuda tributaria inicia su cómputo el día siguiente al en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación y tendrá un plazo legal de cuatro años. En este caso, el sujeto presenta autoliquidación el 30 de junio de 2012, junto con el correspondiente ingreso, por lo que el computo empieza a partir del 1 de julio. Más tarde, el 1 de octubre de 2013, la Agencia Tributaria notifica al sujeto acerca del resultado de la información solicitada al contribuyente. Tal y como recoge la LGT “el primer motivo de interrupción del plazo de prescripción es cualquier acción administrativa, realizada con conocimiento formal del obligatorio”, por lo que el computo sufrirá un retraso a partir del cuál se deberá reanudar a partir del mismo 1 de octubre. Cinco meses más tarde, la Agencia Tributaria solicita documentación al contribuyente y el 1 de marzo el contribuyente aporta la documentación requerida, esta vez ninguna de las acciones repercute en el cómputo de la prescripción. Lo mismo sucede en el caso de la notificación de la liquidación el 14 de noviembre de 2014, por entrar dentro del plazo de los cuatro años desde que comenzara el computo el 1 de octubre de 2013. 

Desconectado fibela

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #134 en: 11 de Mayo de 2014, 18:38:11 pm »
No sé, yo no tengo nada claro, que rollo de PEC.

Desconectado fernandolorenzo

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #135 en: 11 de Mayo de 2014, 18:38:59 pm »
Los días eran naturales, no?
Lo digo porque el procedimiento estuvo paralizado 19 días naturales por causa del obligado.

Desconectado sima666

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #136 en: 11 de Mayo de 2014, 18:40:07 pm »
yo tampoco veo nada claro la PEC... darme luz!

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #137 en: 11 de Mayo de 2014, 18:49:18 pm »
Me he metido en el procedimiento inspector y sólo hago que liarme más la cabeza con la preinscripción otra vez jajaja
No entiendo por qué se inician actuaciones inspectoras el 30 de junio y no se notifica nada hasta el 1 de octubre...

Desconectado anpeba

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #138 en: 11 de Mayo de 2014, 18:50:06 pm »
pec....nadie lo ha visto por incumpliento del plazo maximo de duracion del procedimiento inspector....??? son 12 meses....y este llevo hasta la solucion 14.... >:(

Desconectado ebielsa

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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIO I 13/14 2º PARCIAL
« Respuesta #139 en: 11 de Mayo de 2014, 19:01:33 pm »
Os cuelgo esto por si os sirve.

El procedimiento inspector tiene por objeto comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, procediendo, en su caso, a la regularización de la  situación tributaria del obligado mediante las liquidaciones tributarias que correspondan. Los obligados tributarios, deberán atender a los órganos de inspección prestándoles la debida colaboración en el desarrollo de las funciones de la Administración tributaria. En este caso, el procedimiento inspector comienza de oficio el 30 de junio de 2013. Tal y como establece la ley con carácter general las actuaciones del procedimiento de inspección deberán concluir en el plazo de doce meses, contado desde la fecha de notificación al obligado tributario del inicio del procedimiento, en este caso, efectuada el 1 de octubre de 2013. Aunque el procedimiento se paraliza después durante cuatro meses, éste entra dentro del límite legal que establece una serie de consecuencias en el caso de que la Administración no realice actuación alguna durante más de seis meses. Posteriormente el contribuyente sufre un retraso de veinte días en aportar la documentación requerida, sin embargo, para la determinación de plazos no es vinculante ya que según establece la LGT “las dilaciones imputables al contribuyente no afectarán a la determinación de los plazos”. Por último, la terminación del procedimiento inspector se realiza a través de la correspondiente liquidación que regula la situación tributaria del obligado tributario, finalizando así las actuaciones inspectoras.