Intereses de demora tienen que darse.
Presentó la autoliquidación con errores por lo que, además de pagar la parte que ha calculado la Administración a través del procedimiento inspector, tendrá que abonar los pertinentes intereses.
La cuestión es que esos intereses se verán reducidos al no haberse dictado resolución en en plazo correspondiente. Eso sí, los 19 días que interrumpió injustificadamente el administrado, tendrán que ser desconectados de la "tardanza" de la Administración y por ellos sí tendrá que pagar los pertinente intereses de demora.
En resumen... esa es la conclusión que yo he sacado.