Os adjunto el correo que he remitido al Departamento vía correo Uned.
Entiendo que habría que intentar la impugnación de todas las preguntas que lo puedan ser. Si se impugnan una par de preguntas el nivel de aprobado será de 22/23 respuestas. Entiendo que hay al menos tres o cuatro preguntas en este examen susceptibles de impugnación.
Al departamento de Derecho Mercantil:
Asunto examen 1ª semana junio Derecho Mercantil II
Respetuosamente entiendo que esta pregunta es impugnable por su redacción, al inducir involuntariamente al error:
En el examen de la 1ª semana de junio respecto de la pregunta nº 19 del modelo B que corresponde al nº 23 del modelo A:
Los socios que sean personalmente responsables de las deudas de la sociedad:
a) Se entienden declarados automaticamente.......
b) Están legitimados para solicitar el concurso necesario de la sociedad a la que pertenecen.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
En la Guía de la asignatura dice literalmente:
"Los temas que acaban de señalarse del libro de Lecciones de Derecho Mercantil han de estudiarse íntegramente, esto es, incluyendo todos y cada uno de los epígrafes que comprenden. Este programa se ajusta estrictamente al índice de la obra mencionada".
El problema radica en que si se nos indica estrictamente un libro de texto para preparar una asignatura que dice textualmente en su página 510 de la undécima edición:
"En algunas sociedades la legitimación se extiende a los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales, ( y para más inri se cita el artículo de la LC a continuación) art. 3.3"
Si consultamos la Ley Concursal art.3, podemos leer la literalidad de la Ley:
Artículo 3. Legitimación.
1. Para solicitar la declaración de concurso están legitimados el deudor, cualquiera de sus acreedores y el mediador concursal cuando se trate del procedimiento regulado en el Título X de esta Ley.
Si el deudor fuera persona jurídica, será competente para decidir sobre la solicitud el órgano de administración o de liquidación.
2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, no está legitimado el acreedor que, dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, hubiera adquirido el crédito por actos ínter vivos y a título singular, después de su vencimiento.
3. Para solicitar la declaración de concurso de una persona jurídica, están también legitimados los socios, miembros o integrantes que sean personalmente responsables, conforme a la legislación vigente, de las deudas de aquélla. (no dice ilimitadamente responsables).
4. Los acreedores del deudor fallecido, los herederos de éste y el administrador de la herencia podrán solicitar la declaración de concurso de la herencia no aceptada pura y simplemente. La solicitud formulada por un heredero producirá los efectos de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario.
Desde mi humilde punto de vista cuando se redacta el libro de texto, si se cita un artículo, se ha de citar de forma totalmente fiel y literal, sin ninguna floritura, el adorno del libro "la legitimación se extiende a los socios ilimitadamente responsables de las deudas sociales...", induce al error cuando se lee el enunciado de la pregunta de test que dice:
"los socios que sean personalmente responsables de las deudas de la sociedad",
Porque en en este caso podríamos tener en cuenta el siguiente ejemplo:
Sociedad limitada que tiene seis socios, como consecuencia de la crisis y las nuevas directivas a nivel de sucursales bancarias respecto de los riesgos comerciales, a uno de los socios le han obligado en el Banco Pepe a firmar una póliza de afianzamiento con motivo de que las línea de descuento que la empresa tiene con ese banco está teniendo muchas devoluciones y el director de turno quiere más garantías, o con el otro socio de las misma sociedad limitada al que ha obligado un vendedor de camiones a avalar una letra de la compra de un camión a nivel personal, por la amistad que les une desde hace años. No estamos hablando aquí de "ilimitadamente responsables", lo son de estas dos deudas en cuestión, no son responsables de las deudas de la sociedad "según las legislación vigente”, lo son porque en el devenir de la actividad comercial los empresarios autónomos socios de pequeñas empresas muchas veces se ven obligados a hacer estas cosas en pos de la supervivencia económica de sus empresas, en este caso entiendo que no estarían legitimados para instar el correspondiente concurso, como sería el caso inequívoco de los socios de algunas sociedades que se constituyen con esa premisa, por ejemplo los socios de una sociedad comanditaria, cuya responsabilidad de las deudas sociales sí se considera ilimitada".
Por este motivo pienso que esta pregunta induce a error y puede haber sido respondida de forma equivocada, ya que podría valer tanto la respuesta b como la c, dependiendo del matiz de la responsabilidad de las deudas de la sociedad.
Respetuosamente