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Autor Tema: POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14  (Leído 87290 veces)

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Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #280 en: 14 de Mayo de 2014, 12:53:44 pm »
Dónde puedo ver modelos para redactar recursos? o poner las líneas básicas sin el contenido claro...

imagio que será  enn plan apelante alegaciones súplico ...

No tengo la menor ideea, ya enn el primer parcial no lo tenía claro.


Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #281 en: 14 de Mayo de 2014, 13:19:59 pm »
Ya los tengo.

Desconectado igarcia1200

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #282 en: 14 de Mayo de 2014, 15:41:02 pm »
Alguien que haya hecho la pec o la vaya a hacer, puede orientarme un poco, o indicarme si hay un enlace abierto en otro post.

La veo fácil, y creo que debe tener trampas.
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Desconectado monitorio

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #283 en: 14 de Mayo de 2014, 21:48:06 pm »
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Ya los tengo.


podrias decir por favor de donde los has sacado ?

Desconectado amartinez1797

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #284 en: 15 de Mayo de 2014, 11:55:30 am »
Buenos dias

alguien podria por favor colgar el programa para el 2ºpp o mandarmelo a la siguiente direccion

amg_antoniomartinezgarcia@yahoo.es

muchas gracias me gustaria presentarme a la primera semana puesto que llevo algunos mas mucha suerte a tod@s

Desconectado grmd

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #285 en: 15 de Mayo de 2014, 12:16:05 pm »
el programa está en alf

Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #286 en: 15 de Mayo de 2014, 13:01:07 pm »
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el programa está en alf
Sí, y pone curso 2012-2013. En la guía dice muy claro que se puede llevar el programa oficial de este año (doy por supuesto que se refiere al que tiene el logo de la UNED impreso en cada hoja). Espero que no nos pongan ninguna pega por ello. Una solución es no imprimir la primera hoja, pero a mí me da más miedo aún, porque lo mismo los cuidadores ven un tocho de 80 páginas y piensan que eso no es el programa de una asignatura, y nos lo quitan o nos echan del aula.

¿Qué vais a hacer los demás? ¿Llevar ése con la primera página, ése sin ella, o imprimir lo que viene en la guía, que sí dice curso 2013-2014, pero sale todo descolocado porque viene mal formateado?

Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #287 en: 15 de Mayo de 2014, 13:20:27 pm »
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Sí, y pone curso 2012-2013. En la guía dice muy claro que se puede llevar el programa oficial de este año (doy por supuesto que se refiere al que tiene el logo de la UNED impreso en cada hoja). Espero que no nos pongan ninguna pega por ello. Una solución es no imprimir la primera hoja, pero a mí me da más miedo aún, porque lo mismo los cuidadores ven un tocho de 80 páginas y piensan que eso no es el programa de una asignatura, y nos lo quitan o nos echan del aula.

¿Qué vais a hacer los demás? ¿Llevar ése con la primera página, ése sin ella, o imprimir lo que viene en la guía, que sí dice curso 2013-2014, pero sale todo descolocado porque viene mal formateado?

Yo en el primero me llevé a partir de  la página 10 hasta que finalizaba la primera parte, me lo miraron y no me dijeron nada y en este segundo haré lo mismo
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Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #288 en: 15 de Mayo de 2014, 17:12:22 pm »
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Yo en el primero me llevé a partir de  la página 10 hasta que finalizaba la primera parte, me lo miraron y no me dijeron nada y en este segundo haré lo mismo

Yo voy a llevar nada más la parte correspondiente el 2º parcial. Desde la hoja 40, creo, hasta la 83
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Desconectado widowson

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #289 en: 15 de Mayo de 2014, 19:13:32 pm »
Y además impreso a doble cara y dos páginas en cada cara de un folio. Vamos, cada folio 4 páginas, que con el tamaño de la letra se les fue la pinza.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado silvestre

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #290 en: 15 de Mayo de 2014, 19:25:42 pm »
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Y además impreso a doble cara y dos páginas en cada cara de un folio. Vamos, cada folio 4 páginas, que con el tamaño de la letra se les fue la pinza.

Pues sí, yo siempre lo hago así.
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Desconectado roberyjaco

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #291 en: 15 de Mayo de 2014, 22:10:06 pm »
¿ El proceso civil especial de amparo es lo mismo que decir el amparo ordinario? Sí, lo se, es una duda ridícula a estas alturas. Gracias.

Desconectado pedro73

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #292 en: 16 de Mayo de 2014, 13:24:24 pm »
alguien sabría decirme si:
en el proceso de desahucio por las dos causas tasadas ( falta de pago o extinción del plazo del contrato) para estar obligado a la intervención de abogado y procurador la cuantía deberá ser superior a 2000 euros
lo que no entiendo es el art 251.19.ª que dice que la cuantia será la anualidad de la renta, y digo yo si por ejemplo  solo debe 5 meses de renta a 300 euros al mes serían 1500, o sea que no supera los 2000 o ¿hay que hacer el calculo anual de 12x300=3600? y llevar abogado y procurador... no sé si me explico

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #293 en: 16 de Mayo de 2014, 19:22:33 pm »
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alguien sabría decirme si:
en el proceso de desahucio por las dos causas tasadas ( falta de pago o extinción del plazo del contrato) para estar obligado a la intervención de abogado y procurador la cuantía deberá ser superior a 2000 euros
lo que no entiendo es el art 251.19.ª que dice que la cuantia será la anualidad de la renta, y digo yo si por ejemplo  solo debe 5 meses de renta a 300 euros al mes serían 1500, o sea que no supera los 2000 o ¿hay que hacer el calculo anual de 12x300=3600? y llevar abogado y procurador... no sé si me explico


yotengo un lío con lo del desahucio, sobre lo del abogado y procurador no está nada claro, por lo que he leído según el art. 250 todos los que vienen en ese artículo por razón de la materia es preceptivo abogado y procurador, independientemente d la cuanntía, si lo que exiges es el desahucio.

Si por ejemplo lo que pretendes es la reclamación de las cantidades adeudadas si no supera  los 2000€ no es necesario, yo entiendo que se refiere a la cantidad que reclamas que debe superar ese precio, o sea que si debes 3 meses depende de la cantidad que pagues mensualmente, si no llegas a los 2000€ no es necesario.

Pero es queveo que una cosa es reclamar la cantidad y otra el desahucio, si alguien lo puede aclarar, la ley no viene muy clara, se puede interpretar de diferenntes formas  ???

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #294 en: 16 de Mayo de 2014, 19:29:15 pm »
quise decir esa cantidad, no ese precio.  :-X

Desconectado Angelo_

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #295 en: 16 de Mayo de 2014, 21:25:33 pm »
Según yo lo he entendido tenemos las siguientes opciones:
1.- Sólo reclamar las rentas impagadas: si el importe es menor de 2000 no hace falta Abogado ni Procurador y la suma de lo reclamado será la cuantía del procedimiento. Si son mayores de 2000 pues si será necesaria la postulación.
2.- Solo instar el desahucio por falta de pago: la cuantía será la anualidad de la renta, a los efectos de tasas y tasación de costas porque como no se reclaman no se percibirían. En este caso, por razón de la materia, es necesario Abogado y Procurador.
3.- Reclamar cantidades impagadas y además el desahucio: aquí vamos con todo por lo que es necesario Abogado y Procurador. En cuanto a la cuantía conforme al Art. 252.2º será el mayor de entre las rentas impagadas (más cantidades asimiladas) y la anualidad de la renta.

O eso me parece a mi...

Saludos

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #296 en: 17 de Mayo de 2014, 00:26:07 am »
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¿ El proceso civil especial de amparo es lo mismo que decir el amparo ordinario? Sí, lo se, es una duda ridícula a estas alturas. Gracias.

No es ridícula,yo tampoco lo tengo claro.

yo diría que no es lo mismo, amparo ordinario vulneración de un derecho fundamental por un particular.

proceso civil especial de amparo no solo un derecho sino varios.

creo que no es lo mismo, salvo mejor argumentación  ;D

Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #297 en: 17 de Mayo de 2014, 10:43:21 am »
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¿ El proceso civil especial de amparo es lo mismo que decir el amparo ordinario? Sí, lo se, es una duda ridícula a estas alturas. Gracias.

El concepto de amparo ordinario abarca cualquier procedimiento que pueda iniciarse dentro del Poder Judicial para la protección de los derechos fundamentales establecidos en el art. 14 CE y la Sección 1ª del Capítulo II de la Constitución, conforme al art. 53.2 CE.

Por tanto, el amparo ordinario, que es susceptible de ser reclamado no sólo en la jurisdicción civil, es el conjunto de procedimeintos que el legislador ha instaurado -o pueda instaurar en el futuro-, para proteger los derechos fundamentales dentro de la jurisdicción ordinaria antes de acudir en amparo al TC, amparo que ya no sería ordinario, y que exige para acceder a él haber agotado dentro de la jurisdicción ordinaria todos los medios de defensa e impugnación.

En la jurisdicción civil existen dos procedimientos de amparo ordinario, el del art. 249.1.2º LEC, que es al que te refieres, y el del derecho de rectificación, regulado en la LODR, no en la LEC, y que se sustancia al través del juicio verbal con las especialidades establecidas en la LODR. Lógicamente, tanto los procesos en primera instancia, como los correspondientes recursos ordinarios -el de apelación, reposición, queja, etc...-, y extraordinarios contra resoluciones dictadas en ellos forman parte del amparo ordinario.

Y ahora, respondiendo a tu pregunta, que era si el proceso civil especial de amparo es lo mismo que decir el amparo ordinario, ya habrás deducido que no, que no es lo mismo. El proceso civil de amparo forma parte del amparo ordinario, pero no todo el amparo ordinario consiste en ese proceso.

Y no, la pregunta no es ninguna chorrada.  ;) ;)

Saludos

Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #298 en: 17 de Mayo de 2014, 11:09:30 am »
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yotengo un lío con lo del desahucio, sobre lo del abogado y procurador no está nada claro, por lo que he leído según el art. 250 todos los que vienen en ese artículo por razón de la materia es preceptivo abogado y procurador, independientemente d la cuanntía, si lo que exiges es el desahucio.

Si por ejemplo lo que pretendes es la reclamación de las cantidades adeudadas si no supera  los 2000€ no es necesario, yo entiendo que se refiere a la cantidad que reclamas que debe superar ese precio, o sea que si debes 3 meses depende de la cantidad que pagues mensualmente, si no llegas a los 2000€ no es necesario.

Pero es queveo que una cosa es reclamar la cantidad y otra el desahucio, si alguien lo puede aclarar, la ley no viene muy clara, se puede interpretar de diferenntes formas  ???

En este asunto podemos hacerle caso a la LEC o al libro.

Si hacemos caso a la LEC, la cuestión es bastante clara. Se aplican los arts. 23.2 y 31.2 y ya está. En esos artículos no se indica nada sobre si el trámite por el juicio verbal es por razón de la materia o de la cuantía, sino que sólo habla de la cuantía del proceso.

En ese caso, si la demanda es sólo por desahucio, la cuantía será una anualidad de la renta conforme al art. 251.9ª. Si esa anualidad es inferior a 2.000 euros -por ejemplo, le cobras 150 €/mes-, no se requerirá capacidad de postulación. Si en ese mismo ejemplo se reclaman las rentas de 6 meses y el desahucio, la cuantía sería de 900 € y tampoco haría falta.

Ahora bien, si hacemos caso del libro, la solución dependerá de la página que hayamos elegido leer.

Así, si leemos el epígrafe I.3.A.a del tomo I, lección 5, que pertenece al primer parcial, allí de dice literalmente: "La anterior regla [la no necesidad de abogado y procurador cuando la cuantía es inferior a 2.000 euros] resulta de aplicación tanto en los juicios verbales por razón de cuantía (art. 250.2), como en los especiales por razón de la materia que prevé el art. 250.1." Y referido expresamente a la cuestión concreta que planteas, si leemos, el epígrafe I.6.C del tomo II, tema 40, que se refiere a la capacidad de postulación en los juicios de desahucio, se afirma literalmente que "la regla general estriba en que es preceptiva su intervención salvo en los contados casos en los que la cuantía del juicio de desahucio no supere dicho límite cuantitativo".

Pero si en lugar de leer esas páginas, leemos por ejemplo el epígrafe IV.2 del tema 38, referente a los juicios posesorios, se afirma que en materia de postulación, es preceptiva la representación del procurador y la asistencia técnica del abogado, puesto que los interdictos no son juicios verbales por razón de la cuantía sino procedimientos sumarios por razón de la materia. O si leemos el epígrafe VI del tema 57, referido al proceso sobre alimentos, en él se dice "en este procedimiento es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, al no estar exceptuada la postulación y representación procesal por los artículos 23.2.1º y 31.2.1º LEC, por no venir la competencia atribuida por razón de la cuantía y sino de la materia"

En fin, elige tú mismo...

Ésta y otras muchas dudas están planteadas en Alf por si el equipo docente tuviera a bien aclarárnoslas antes del examen, que se ve que va a ser que no...

Saludos

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #299 en: 17 de Mayo de 2014, 11:21:00 am »
Gracias, olvídate del equipo docente...