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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)  (Leído 86539 veces)

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Desconectado NatalyGut

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #220 en: 09 de Abril de 2014, 17:50:35 pm »
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Muchas gracias, me será muy útil este enlace!  ;)

De nada. Ahora me pongo con las preguntas 3 y 4 y las comentaré.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #221 en: 09 de Abril de 2014, 17:55:58 pm »
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Sobre la pec, os explico brevemente mis respuestas.

Pregunta 1. Respuesta: B Queda muy claro donde dice... "lo contrario supondría una flagrante discriminación y un obstáculo al derecho de defensa prohibida por el art. 14 y 24.1 respectivamente de la Constitución"

Pregunta2. Respuesta: D - al principio pensaba que era la C, pero tras analizar he visto bien donde dice "...que la ausencia de un determinado antecedente sólo tendrá trascendencia si se hubiere privado a las Cámaras de un elemento de juicio necesario para su decisión"  por tanto me decanto por la D, ya que el Tribunal en el FJ analiza el "Diario de sesiones" para determinar que el proceso legislativo seguido por la cámara fue el correcto. "... no se produjo menos cabo al derecho de los diputados..."

Pregunta 3. Pendiente :-\

Pregunta 4. Respuesta: D Artículo 2.1 CC <<Las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si en ellas no se dispone otra cosa>>  con lo cual quedan descartadas las opciones A,B,C.
Fundamento de la respuesta D. Un ultra vives no sólo supone una ilegalidad, sino que, a la vez, da lugar a una inconstitucionalidad indirecta...

Espero vuestras opiniones.
Un cordial saludo,

Me gusta cómo planteas las respuestas, gracias Keylita21. Yo ahora iré a por la 3 y 4 y os comparto.
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Desconectado NatalyGut

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #222 en: 09 de Abril de 2014, 18:16:04 pm »
Algunos decís que la 2 es la c la correcta, pero en la misma sentencia no se lee que diga que haya que  denunciar ante las Cámaras, cosa que sí dice el anunciado c, y que es dónde yo veo la trampa ¿por qué lo veo así? Porque:

1.- Dentro de la misma Sentencia dice:
(...)ni se actuó por parte de los recurrentes en ningún sentido respecto de esta ausencia pese a tener expedita la vía del amparo constitucional frente a actos parlamentarios sin valor de ley (art. 42 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional), (...)

2.-Denunciar una carencia ante la Sala y no acudir al TC a través del Recurso de Amparo no tiene resultados, porque es el TC quien observa el tema de la Inconstitucionalidad.

Por ejemplo, si alguien me daña y me quejo ante los presentes, no servirá de nada si además no voy a juicio, la jurisprudencia no puede actuar si no la hago partícipe presentando un recurso jurídico ante el Tribunal competente para solucionar los casos como en el que me encuentre yo.

En cambio creo que la correcta es la 2 d porque la manera en que se ha tramitado un procedimiento legislativo y las leyes resultantes de este procedimiento son decisivas a la hora de que el TC decida sobre su constitucionalidad, porque de ambas cuestiones se ocupa el TC, de que tanto los procedimientos como las leyes no atenten contra los principios que contiene la CE.

No encuentro argumento legal que me convenza de que la correcta es la 2c. Los que creéis que la correcta es la 2c ¿tenéis una Ley con un artículo determinado que establezca que haya de denunciarse ante las Cámaras Parlamentarias?
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Desconectado NatalyGut

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #223 en: 09 de Abril de 2014, 18:21:31 pm »
bytechus ¿tú en base a qué ves incorrecta la 2d? Por qué esta es la que yo personalmente veo más verdadera que la 2c ¿qué le ves de falso la 2d?
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #224 en: 09 de Abril de 2014, 18:35:40 pm »
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Expongo mi versión.
En la 1 la b
En la 2 claramente la C dice la sentencia en el fundamento 3C que tiene que denunciar ante las Cámaras
La 3 me falata perfilarla creo que es la B
La 4 para mi no hay ninguna correcta del todo aunque la más coherente es la C porque se tiene que publicar una norma para que entre en vigor aunque lo del mismo dia no es lo habitual ya que tiene que ser 20 días si no dice lo contario

¿Por qué crees que la 2d es incorrecta? Me gustaría saber tu opinión, porque yo la veo correcta.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #225 en: 09 de Abril de 2014, 19:42:06 pm »
En la STC 108/1986 fundamento juridico 3 dice claramente que tal carencia ha de ser denunciada ante las cámaras.

Desconectado keylita21

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #226 en: 09 de Abril de 2014, 20:56:12 pm »
Finalmente he llegado a esta conclusión:

1- B
2- C
3- B
4- D

Por qué en la dos no he puesto la D? porque el enunciado pide que elija lo que se afirma en la sentencia, la D no veo que se afirme por ningún lado.

Saludos,

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #227 en: 09 de Abril de 2014, 21:32:32 pm »
Mañana termino la 3 y comparto, que los votos particulares eran muy largos.

Gracias a todos los que compartís ideas y argumentáis, me gusta escuchar otras opiniones, así siempre aprendo algo nuevo.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #228 en: 09 de Abril de 2014, 21:33:41 pm »
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Finalmente he llegado a esta conclusión:

1- B
2- C
3- B
4- D

Por qué en la dos no he puesto la D? porque el enunciado pide que elija lo que se afirma en la sentencia, la D no veo que se afirme por ningún lado.

Saludos,

Gracias por tu argumentación sobre la 2d, me tenía clavada.
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #229 en: 09 de Abril de 2014, 21:49:25 pm »
Yo la 3 estoy dudando entre la d y la b.

pero la d dice:

d) En los votos particulares se defiende que es necesaria la ley orgánica siempre que resulten afectados los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Y el último ponente de los votos particulares creo que es el que está más de acuerdo con la sentencia, a diferencia de los otros, esto me hace querer descartarla como correcta. Porque el anunciado da a entender que todos los ponentes en los votos están de acuerdo.

La b lo que tiene que me hace dudar de correcta es que la mayoría de ponentes defienden que debería  aprobarse por Ley Orgánica porque no mucha diferencia entre los medios para desarrolar los derechos fundamentales y el hecho de tener estos Derechos fundamentales.

Me llama más la d), pero como estoy cansada, ya desmonto la parada y mañana haré de nuevo otra lectura para decidir.

¿Vosotros cómo veis la 3 y por qué?

Buenas noches compañeros, os aprecio mucho, juntos lo vamos a conseguir.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #230 en: 09 de Abril de 2014, 21:55:11 pm »
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Hola a todos,

¿Las prácticas de la PEC se asemejan las de los exámenes? ¿Alguien tiene algún comentario de jurisprudencia de examen? Es para saber a que me tengo que enfrentar jajajajaja ¿Cómo una persona puede realizar un comentario de una jurisprudencia en el examen si las jurisprudencias si son larguísimas? ¿O hay un número de jurisprudencias que se van repitiendo a examen? ¿Nos la fotocopian en el examen o hay algo que debemos llevar nosotros? Perdonad mi ignorancia, pero las prácticas en los exámenes me traen por el camino de la amargura y suelen ser la razón por la que me cuesta aprobar.

He terminado de leer, subrayar y "analizar" todo el libro oficial para el examen y no soy capaz de entender muchas cosas... No por complejas, sino porque marea muchas cosas en algunos temas y llega muchas veces a la confusión en otros.

Yo aún no me he mirado exámenes de años anteriores así que no puedo contestarte la primera pregunta.

Para aclarar conceptos y dudas a mí me va muy bien ver las clases filmadas del proyecto de los profesores, este es el link:
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Desconectado guillepe

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #231 en: 09 de Abril de 2014, 22:53:00 pm »
Bueno, vamos allá.

1ª B. Parece que aquí no hay duda.

2ª D. Aquí, como la mayoría dudaba entre la C y la D. Pero el argumento de Keylita21 me ha parecido decisivo (preguntan qué afirma la sentencia. No lo que pudiera ser más correcto o no).

3ª Estoy con ella.

4ª La D. También tenía dudas, pero después de ver la respuesta del profesor Ignacio Gutiérrez, en el foro oficial de la UNED, no tengo duda.

Cita:

 "Estimada alumna,

a Vd., y a cuantos muestran sus dudas acerca de esta pregunta, les insistiría en que atendieran a la cautela con la que está redactada la respuesta d), que no afirma que el texto sea nulo o vaya a ser considerado como tal por el Tribunal Supremo, sino que plantea que "debería" considerarse nulo.
Confío en haberles sido de ayuda. Un saludo cordial
Ignacio Gutiérrez"




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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #232 en: 09 de Abril de 2014, 22:59:27 pm »
Pues es que no sé Figueira5 :-[ porque en la 2 c
 Es cierto que se dice que habrá que denunciarlo antes las Cámaras pero lo que determina, a mi entender, la relevancia de l ausencia de un determinado antecedente es si se hubiere privado a las Cámaras de un elemento de juicio necesario para su decisión, y la denuncia en todo caso es una consecuencia directa de esa privación que han tenido las Cámaras pero no lo que determina la trascendencia. Qué lío!! no lo sé la verdad.... :'(




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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #233 en: 09 de Abril de 2014, 23:06:27 pm »
Perdón. En la 2ª pregunta mi respuesta es la C.

No sé por qué no me deja editar el mensaje.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #234 en: 09 de Abril de 2014, 23:13:38 pm »
Buenas noches a todos.

Despues de saber que tengo que acertar a 3 de las 4, y como no quiero tener un 1, o menos de 5 decidi no entregar esta PEC. Espero no arrepentirme.

Estuve leyendo vuestras opiniones, y espero que tengais razón.

Os dejo mis explicaciónes - Espero que os sirva de ayuda.

PRIMERA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la b.

Las leyes que refieran expresamente derechos a los extrangeros solo seran incostitucionales si  excluyen directamente a los españoles un derecho que les es inherente con base en la Constitución.En este caso, el art. 520/2/e’ de la Ley de enjuiciamiento no discrimina a los españoles, ya que tal supondría una violación al art. 14 de la CE, pero si podemos decir que  tiene una “deficiencia legislativa” (a’).

Si una ley niega un derecho constitucional de los ciudadanos sera inconstitucional (b’).

Se debe interpretar la norma con arreglo a la Constitución para disipar cualquier idea o duda sobre su constitucionalidad (c’).

Una ley puede ser interpretada de varias maneras, y podemos admitir que alguien la interprete como inconstitucional, sin embargo, eso no la transforma en inconstitucional, ya que sera el maximo interprete de la CE que puede determinar si una ley es o no inconstitucional es el TC. (d’)

SEGUNDA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la d’.

La iniciativa legislativa del Gobierno es compatible con una posible iniciativa identica ya anteriormente presentada y rechazada por la Cámara (a’), esto porque no contraria ni la Constitución (articulos 87 y 88) ni tampoco el reglamento del Congresso de los Diputadors (articulo 108).  Por tanto, no existiendo limitación alguna respecto de la capacidad de iniciativa prevista en la Constitución o en los Reglamentos parlamentarios a favor del Ejecutivo, no cabe admitir que se entienda contraria al bloque de constitucionalidad una iniciativa que sea reproducción de otra previamente rechazada.

Si el gobierno no cumple con los deberes constitucionales de  presentar  los proyectos de ley que sometera al Congreso, acompañados de la exposicion de motivos y de los antecedentes necessarios, podrá suponer un vicio de constitucionalidad formal, en el sentido de que el Congreso de los diputados o Senado carezcan de los elementos necesarios para pronunciarse sobre esos proyectos (b’).

En el “Diario de Sesiones” del Congreso de los Diputados del día 30 de noviembre de 2004 (sesión plenaria núm. 49 de la VIII legislatura), no se informa sobre un vicio en el procedimiento de la tramitación del proyecto de ley. Recoge alguna mención por parte de un Diputado del Grupo Parlamentario Popular, a la vulneración, por parte del proyecto, de la Ley del Gobierno, del Reglamento de la Cámara y de la tradición de la misma, pero en ningún caso existe referencia directa a la falta del informe del Consejo General del Poder Judicial. Ademas, tal carencia no fue expeditapor la vía del amparo constitucional frente a actos parlamentarios sin valor de ley (art. 42 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional) – c’.

D’---------------------------------------

TERCERA PREGUNTA:
La respuesta correcta es la c’.
Sera necesario aprobar por Ley Organica cualquier disciplina legal que regule de forma directa, general, global o una parcial o sectorial, pero relativa a aspectos esenciales del derecho, y no, por parcial, menos directa o encaminada a contribuir a la delimitación legal del derecho(a’).

La función de garantia del art. 81.1 de la Constitucón permite que las leyes ordinarias regulen  aspectos de derechos fundamentales, siempre y cuando estas no afecten elementos necesarios o incidan directamente sobre su  ambito y imites (b’), en el caso de que afecten tendrá de ser aprobada mediante Ley Organica.

De hecho, la mayoria del tribunal cree que existen materias reservadas as Leyes Organicas (art.81/1 CE), como el desarrollo general de un derecho, que tienen que ser respetadas por la lay ordinaria. En este mismo sentido seria disconforme con la Constitución que la Ley Organica invadiera materias reservadas de la Ley ordinaria, materias que fueranparticulares y especificas pero que no fueran generales ni incidicen directamente sobre ambitos y limites del derecho (c’).

No es necesario una ley organica siempre que resulten afectados derechos fundamentaes, ya que el “desarrollo” de los derechos fundamentales  “no puede extremarse hasta el punto  de convertir el ordenamiento juridico entero en una mayoia de Leyes Organicas, ya que es dificil concibir una norma que no tenga conexión, al menos remota, con un derecho fundamental” (d’).

CUARTA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la c’.

Para que el Decreto legislativo entre en vigor, este tiene que ser publicado en el BOE despues de serordenado y firmado por el Rey (art. 2/1 CC + art. 91 CE). Solo con la publicación de la Decreto legislativo es que empieza a tener vigor(a’).

Despues de findo el plazo de la potestad delegada, (art. 82/3 CE), esta potestad caduca y desaparece. La Ley de bases impone los limites y el objecto de la potestad legislativa delegada. Sin embargo, en nuestro ordenamiento, solamente con su publicación es que una Ley entra en vigor (b’).

El Decreto legislativo solo cuando publicado en la BOE es que entrara en vigor (c’).

Dentro del plazo dado en la potestad delegada, que en este caso era de un año, se deberia proceder con la publicación oficial de la norma correspondiente.  Sin embargo, si el texto no fue publicado pero si aprobado en Consejo de Ministros, el Tribunal Constitucional considera existir una irregularidad pero que no bloquea su posible publicación despues de terminado el plazo. Esto porque, como explica el prof. Oscar Alzaga, “tales irregularidades en la publicación de disposiciones delegadas, quiza iniciadas con la del Código Civil y frecuentes en el régimen anterior, no han desaparecido en el actual sistema constitucional” (d’).


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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #235 en: 10 de Abril de 2014, 06:13:28 am »
Estoy releyendo el ejercicio 3 y me surge una duda que es esencial para poder decidir si los anunciados son correctos o incorrectos, ahí va: ¿Cuando de habla de La mayoría del Tribunal Constitucional, se hace referencia al conjunto de la Sentencia sin tener el cuenta los Votos particulares o a la unión de Sentencia y los votos particulares?

He buscado en google, y por los resultados que aparecen, veo que una cosa es el contenido en sí de la Sentencia hasta el fallo, que corresponde a la mayoría del TC y otra cosa son los votos particulares.

Copio el link:
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #236 en: 10 de Abril de 2014, 06:28:33 am »
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Buenas noches a todos.

Despues de saber que tengo que acertar a 3 de las 4, y como no quiero tener un 1, o menos de 5 decidi no entregar esta PEC. Espero no arrepentirme.

Estuve leyendo vuestras opiniones, y espero que tengais razón.

Os dejo mis explicaciónes - Espero que os sirva de ayuda.

PRIMERA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la b.

Las leyes que refieran expresamente derechos a los extrangeros solo seran incostitucionales si  excluyen directamente a los españoles un derecho que les es inherente con base en la Constitución.En este caso, el art. 520/2/e’ de la Ley de enjuiciamiento no discrimina a los españoles, ya que tal supondría una violación al art. 14 de la CE, pero si podemos decir que  tiene una “deficiencia legislativa” (a’).

Si una ley niega un derecho constitucional de los ciudadanos sera inconstitucional (b’).

Se debe interpretar la norma con arreglo a la Constitución para disipar cualquier idea o duda sobre su constitucionalidad (c’).

Una ley puede ser interpretada de varias maneras, y podemos admitir que alguien la interprete como inconstitucional, sin embargo, eso no la transforma en inconstitucional, ya que sera el maximo interprete de la CE que puede determinar si una ley es o no inconstitucional es el TC. (d’)

SEGUNDA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la d’.

La iniciativa legislativa del Gobierno es compatible con una posible iniciativa identica ya anteriormente presentada y rechazada por la Cámara (a’), esto porque no contraria ni la Constitución (articulos 87 y 88) ni tampoco el reglamento del Congresso de los Diputadors (articulo 108).  Por tanto, no existiendo limitación alguna respecto de la capacidad de iniciativa prevista en la Constitución o en los Reglamentos parlamentarios a favor del Ejecutivo, no cabe admitir que se entienda contraria al bloque de constitucionalidad una iniciativa que sea reproducción de otra previamente rechazada.

Si el gobierno no cumple con los deberes constitucionales de  presentar  los proyectos de ley que sometera al Congreso, acompañados de la exposicion de motivos y de los antecedentes necessarios, podrá suponer un vicio de constitucionalidad formal, en el sentido de que el Congreso de los diputados o Senado carezcan de los elementos necesarios para pronunciarse sobre esos proyectos (b’).

En el “Diario de Sesiones” del Congreso de los Diputados del día 30 de noviembre de 2004 (sesión plenaria núm. 49 de la VIII legislatura), no se informa sobre un vicio en el procedimiento de la tramitación del proyecto de ley. Recoge alguna mención por parte de un Diputado del Grupo Parlamentario Popular, a la vulneración, por parte del proyecto, de la Ley del Gobierno, del Reglamento de la Cámara y de la tradición de la misma, pero en ningún caso existe referencia directa a la falta del informe del Consejo General del Poder Judicial. Ademas, tal carencia no fue expeditapor la vía del amparo constitucional frente a actos parlamentarios sin valor de ley (art. 42 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional) – c’.

D’---------------------------------------

TERCERA PREGUNTA:
La respuesta correcta es la c’.
Sera necesario aprobar por Ley Organica cualquier disciplina legal que regule de forma directa, general, global o una parcial o sectorial, pero relativa a aspectos esenciales del derecho, y no, por parcial, menos directa o encaminada a contribuir a la delimitación legal del derecho(a’).

La función de garantia del art. 81.1 de la Constitucón permite que las leyes ordinarias regulen  aspectos de derechos fundamentales, siempre y cuando estas no afecten elementos necesarios o incidan directamente sobre su  ambito y imites (b’), en el caso de que afecten tendrá de ser aprobada mediante Ley Organica.

De hecho, la mayoria del tribunal cree que existen materias reservadas as Leyes Organicas (art.81/1 CE), como el desarrollo general de un derecho, que tienen que ser respetadas por la lay ordinaria. En este mismo sentido seria disconforme con la Constitución que la Ley Organica invadiera materias reservadas de la Ley ordinaria, materias que fueranparticulares y especificas pero que no fueran generales ni incidicen directamente sobre ambitos y limites del derecho (c’).

No es necesario una ley organica siempre que resulten afectados derechos fundamentaes, ya que el “desarrollo” de los derechos fundamentales  “no puede extremarse hasta el punto  de convertir el ordenamiento juridico entero en una mayoia de Leyes Organicas, ya que es dificil concibir una norma que no tenga conexión, al menos remota, con un derecho fundamental” (d’).

CUARTA PREGUNTA:

La respuesta correcta es la c’.

Para que el Decreto legislativo entre en vigor, este tiene que ser publicado en el BOE despues de serordenado y firmado por el Rey (art. 2/1 CC + art. 91 CE). Solo con la publicación de la Decreto legislativo es que empieza a tener vigor(a’).

Despues de findo el plazo de la potestad delegada, (art. 82/3 CE), esta potestad caduca y desaparece. La Ley de bases impone los limites y el objecto de la potestad legislativa delegada. Sin embargo, en nuestro ordenamiento, solamente con su publicación es que una Ley entra en vigor (b’).

El Decreto legislativo solo cuando publicado en la BOE es que entrara en vigor (c’).

Dentro del plazo dado en la potestad delegada, que en este caso era de un año, se deberia proceder con la publicación oficial de la norma correspondiente.  Sin embargo, si el texto no fue publicado pero si aprobado en Consejo de Ministros, el Tribunal Constitucional considera existir una irregularidad pero que no bloquea su posible publicación despues de terminado el plazo. Esto porque, como explica el prof. Oscar Alzaga, “tales irregularidades en la publicación de disposiciones delegadas, quiza iniciadas con la del Código Civil y frecuentes en el régimen anterior, no han desaparecido en el actual sistema constitucional” (d’).


***PERDONEN POR LOS ERRORES, SI LOS HAY... no lo revise.

Un saludo.

Comentaré dos cosas por si os sirve de ayuda:
2- > Yo estaba rotundamente decantada por la d, pero al ver que todo el mundo decia la c, he mirado bien un detalle.--
> Te explico: el enunciado dice así:
> 2. Localice el Fundamento Jurídico 3 de la STC 238/2012 y señale, a partir de su lectura, cuál de las siguientes afirmaciones se corresponde con lo que afirma la sentencia:
> cuál de las siguientes afirmaciones se corresponde con lo que afirma la sentencia: - no había reparado en eso..
> La D no se afirma en la sentencia, la C sí donde dice:
> «la ausencia de un determinado antecedente sólo tendrá trascendencia si se hubiere privado a las Cámaras de un elemento de juicio necesario para su decisión, pero, en este caso, el defecto, que tuvo que ser conocido de inmediato, hubiese debido ser denunciado ante las mismas Cámaras» (STC 108/1986, FJ 3).
>
> Además otra cosa... esto lo ha dicho un profesor en el foro: hay que estimar en qué medida son "decisivos· los juicios de calidad·....he buscado sobre eso en google y mira lo que dice una sentencia que encontré...
>
> A) EL JUICIO DE CONSTITUCIONALIDAD NO ES UN JUICIO DE CALIDAD O DE PERFECTABILIDAD. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PUEDE Y DEBE DECIR EN QUE SE OPONE A LA CONSTITUCION UN DETERMINADO TEXTO NORMATIVO, Y, EN CONSECUENCIA, POR QUE ES INCONSTITUCIONAL. LO QUE NO PUEDE ES FORMULAR JUICIOS DE CALIDAD...
>
> Otra cosita que me ha comentado una compañera.. ella dice:
> "utiliza el calificativo "decisivos" y
> > un pequeño defecto en la tramitacion de un proyecto de ley no puede
> > suponer la nulidad total de la ley que surja. No todos los vicios formales
> > de inconstitucionalidad ocasionan los mismos efectos.."

Con respecto a la 3, creo que hay un gancho donde dice "instrumentos", no te está hablando de regular directamente los DF, si no más bien los instrumentos, por eso elegí la B

Con respecto de la 4, ahi no tengo dudas... la respuesta está incompleta... aunque se publique en el Boe una ley puede tener vacatio legis de un año, con lo cual no entra en vigor... Además un profesor en el foro ha especificado la palabra "debiera" de la opción D.-

Desconectado NatalyGut

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #237 en: 10 de Abril de 2014, 07:04:23 am »
Esto es lo que pienso de la pregunta 3:

Respuesta correcta la d)

3. Localice los Fundamentos Jurídicos 3 y 4 de la STC 127/1994, contrástelos con los votos particulares a dicha sentencia, y señale, a partir de su lectura, cuál de las siguientes afirmaciones es correcta:

Leer la Sentencia AQUÍ:
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Para salir de dudas he ido a buscar el artílo mencionado:
Artículo 81 CE:
1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

a) La mayoría del Tribunal Constitucional entiende que sólo necesitan aprobarse como leyes orgánicas las que realicen un desarrollo directo, general y global del derecho fundamental en cuestión, y en ningún caso las que aborden desarrollos parciales del mismo.

Respuesta incorrecta por lo expuesto en:

Cualquier disciplina legal que "afecte" a los derechos fundamentales no viene constitucionalmente obligada a ser aprobada por Ley Orgánica, sino que una "regulación" de tales derechos se adentra inevitablemente en la reserva del art. 81.1 de la Constitución -en vez de en la reserva de Ley ordinaria del art. 53.1- cuando "desarrolle" la Constitución de manera directa y en elementos esenciales para la definición del derecho fundamental, ya sea en una regulación directa, general y global del mismo o en una parcial o sectorial, pero, igualmente, relativa a aspectos esenciales del derecho, y no, por parcial, menos directa o encaminada a contribuir a la delimitación y definición legal del derecho.

b) La mayoría del Tribunal Constitucional entiende que no necesitan aprobarse mediante ley orgánica las normas que regulan, aunque sea de modo directo, los instrumentos necesarios para alguna modalidad concreta de ejercicio de un derecho fundamental.

Respuesta correcta, porque la mayoría defiende que no es lo mismo proteger los Derechos fundamentales, que los derechos a la manera en que se instrumentan o ejercen los Derechos fundamentales recogidos en Ley OrgÁnica.

c) La mayoría del Tribunal considera que la ley orgánica no puede afectar al contenido de los derechos fundamentales cuyo ejercicio debe ser regulado por ley.

Esta respuesta es incorrecta, porque La mayoría del TC no dice que el contenido de los derechos fundamentales pueda ser regulados por leyes que no sean ordinarias, sino que dice que las lesyes ordinarias no pueden regular la materia que por Ley es de competencia exclusiva de la leyes ordinarias.

d) En los votos particulares se defiende que es necesaria la ley orgánica siempre que resulten afectados los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Es incorrecta, porque el anunciado da a entender que los Magistrados de los votos particulares están de acerdo unánimamente en que es necesaria la ley orgánica siempre que resulten afectados los derechosfundamentales, pero en los votos particulares el último Magistrado no piensa esto como sí lo hacen el resto de Magistrados, así que la d) es incorrecta.

¿Cómo lo veis vosotros?
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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #238 en: 10 de Abril de 2014, 07:07:04 am »
Gracias por compartir tus investigaciones keylita21.

Ahora me pongo con la respuesta 4 y os comento.

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Re:POST OFICIAL DERECHO CONSTITUCIONAL I (2013/2014)
« Respuesta #239 en: 10 de Abril de 2014, 07:10:24 am »
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Bueno, vamos allá.

1ª B. Parece que aquí no hay duda.

2ª D. Aquí, como la mayoría dudaba entre la C y la D. Pero el argumento de Keylita21 me ha parecido decisivo (preguntan qué afirma la sentencia. No lo que pudiera ser más correcto o no).

3ª Estoy con ella.

4ª La D. También tenía dudas, pero después de ver la respuesta del profesor Ignacio Gutiérrez, en el foro oficial de la UNED, no tengo duda.

Cita:

 "Estimada alumna,

a Vd., y a cuantos muestran sus dudas acerca de esta pregunta, les insistiría en que atendieran a la cautela con la que está redactada la respuesta d), que no afirma que el texto sea nulo o vaya a ser considerado como tal por el Tribunal Supremo, sino que plantea que "debería" considerarse nulo.
Confío en haberles sido de ayuda. Un saludo cordial
Ignacio Gutiérrez"

Guillepe, gracias por compartir tu opinión, me ha ayudado también a decidirme por la 2c.

Quedo así yo:

1-B
2-C
3-B
4- Ahora la hago, a ver qué letra escojo
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