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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)  (Leído 102574 veces)

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Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #200 en: 07 de Mayo de 2014, 12:15:16 pm »
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En principio sí pero ten en cuenta también dos cosas:
- Disminución de capital: para que las reducciones de capital queden sujetas a OS deben implicar una transmisión patrimonial de la sociedad a los socios. De este modo, no quedarán sujetas las reducciones de capital para absorber pérdidas.
-  Disolución de sociedades: la disolución de comunidades de bienes tributará por OS como si fuera la disolución de una sociedad cuando en su constitución hubiera tributado por esta modalidad, liquidándose a cada comunero por el importe de los bienes, derechos o porciones que se le adjudicaron. Si la comunidad de bienes no hubiera realizado actividades empresariales y no se produjeran excesos de adjudicación sólo procederá la tributación por AJD.

Muchas gracias!


Desconectado hierr0

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #201 en: 08 de Mayo de 2014, 17:16:46 pm »
Alguien  sabe  si puedo utilizar  el codigo tributario de sep de 2012? o han cambiado muchas cosas?

Desconectado Akashaa

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #202 en: 08 de Mayo de 2014, 18:21:43 pm »
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Alguien  sabe  si puedo utilizar  el codigo tributario de sep de 2012? o han cambiado muchas cosas?
Creo que cambiaron varias cosillas....en 2013 han habido cambios...lo que no sé en que artículos.....

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #203 en: 08 de Mayo de 2014, 23:36:20 pm »
Hola , ¿alguno me puede aclarar si la exencion del artic 45,3 ITPOAJD" aportaciones de los conyuges a la soc,adjudicaciones en la disolucion ,y transmisiones que se hagan los conyuges " ,tributan por AJD en cuota gradual? gracias .

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #204 en: 09 de Mayo de 2014, 11:35:05 am »
Con respecto a las aportaciones de bienes y derechos privativos realizadas por los cónyuges a la sociedad de gananciales, se distingue según si se realizan a título oneroso o gratuito. En el primer caso, se consideran exentas tanto en su modalidad TPO, como en su modalidad AJD (DGT CV 6-4-09). En el segundo, a título gratuito, constituye una operación sujeta al ISD, pero no sujeta al ITPyAJD.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado Pixar

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #205 en: 09 de Mayo de 2014, 11:55:22 am »
Estimados, alguien me podria decir en que art. aparece el "NIF-IVA"?

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #206 en: 09 de Mayo de 2014, 12:59:39 pm »
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Con respecto a las aportaciones de bienes y derechos privativos realizadas por los cónyuges a la sociedad de gananciales, se distingue según si se realizan a título oneroso o gratuito. En el primer caso, se consideran exentas tanto en su modalidad TPO, como en su modalidad AJD (DGT CV 6-4-09). En el segundo, a título gratuito, constituye una operación sujeta al ISD, pero no sujeta al ITPyAJD.
Gracias rutger, como siempre ;)

Desconectado Mikopk

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #207 en: 09 de Mayo de 2014, 19:24:39 pm »
Antes de nada perdonadme si no he visto nada en este post o por si pudiera parecer que no me ha dado la gana molestarme en mirarlo, etc. pero es que no tengo ordenador y todo lo miro desde un movil...y no da pa' mas.

El asunto es, ¿no se han subido, ya sea por alumnos o docentes, algun compendio de casos practicos sobre la asignatura? Estoy intentando encontrar algunos para usarlos como ejercicios de autoevaluacion y estoy loqueando un poco, porque no consigo encontrar nada o casi nada.

Si alguien fuese tan amable de ofrecerlos estaria eternamente agradecido  :)

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #208 en: 09 de Mayo de 2014, 20:12:52 pm »
yo tengo los que ha recopilado jose vivero , porque el libro de casos ya no lo editan. . Si se los pides te los manda por correo elect. es muy amable. joseviverorusso@yahoo.es
Suerte.

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #209 en: 11 de Mayo de 2014, 13:21:00 pm »
¿Alguien que lo tenga claro me puede explicar cómo se entiende el art. 20 uno 22º?

No veo cómo un promotor que ha tenido arrendado a una persona por tres años un local, es una segunda o ulterior entrega si se lo vende a una sociedad.

Art. 20 uno 22º,

Se consideran primeras entregas las realizadas por los promotores ... No tendrán la consideración de primera entrega ( la siguiente será la primera???) la realizada por el promotor después de la utilización ... por plazo igual o superior a dos años ...  tras ... contratos de arrendamiento salvo que el adquiriente sea quien utilizó la edificación ... (en el caso NO)

 ??? ???

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #210 en: 11 de Mayo de 2014, 13:31:54 pm »
Si el edificio lo ha construido el promotor y no lo ha ocupado nunca, será primera entrega.
Si lo ha arrendado por menos de dos años y lo vende a alguien ajeno al arrendador, será primera entrega.
Si se lo vende a quien lo tenía arrendado, será primera entrega.
En todos esos casos estará sujeto a IVA

Pero si lo vende a alguien ajeno al arrendatario pasados dos años desde la construcción, será segunda entrega, estará exento de IVA y tributará por ITPO. Si el comprador es una mercantil y se dedica habitualmente a la profesión inmobiliaria podrá renunciar a la exención.
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Suejtos Pasivos
« Respuesta #211 en: 12 de Mayo de 2014, 17:30:17 pm »
Hola, aunque pueda parecer un poco tarde, esta es mi duda:
el art. 84 de la Ley del IVA dice que seran Sujetos Pasivos: 1.- Las personas... que tengan la condicion de empesarios y realicen las entregas de bienes o presten los servicios sujetos al impuesto.
   ¿Pero los sujetos pasivos no son las personas que reciben los bienes o los servicios?, es decir, si yo compro un televisor, recibo un bien y tengo que pagar el IVA, es decir soy el sujeto pasivo. No lo es la tienda vendedora del televisor. ¿cierto?

   Gracias y Saludos
   Miguel Murcia

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #212 en: 12 de Mayo de 2014, 17:58:46 pm »
Sujeto pasivo no quiere decir que sea el que "sufre" el iva, piensa que en el iva hay tanto iva repercutido como soportado.
Sujeto pasivo es el empresario que repercute el iva en este caso en el consumidor.
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Desconectado abogaaadooo

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Re:Suejtos Pasivos
« Respuesta #213 en: 12 de Mayo de 2014, 20:49:06 pm »
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Hola, aunque pueda parecer un poco tarde, esta es mi duda:
el art. 84 de la Ley del IVA dice que seran Sujetos Pasivos: 1.- Las personas... que tengan la condicion de empesarios y realicen las entregas de bienes o presten los servicios sujetos al impuesto.
   ¿Pero los sujetos pasivos no son las personas que reciben los bienes o los servicios?, es decir, si yo compro un televisor, recibo un bien y tengo que pagar el IVA, es decir soy el sujeto pasivo. No lo es la tienda vendedora del televisor. ¿cierto?

   Gracias y Saludos
   Miguel Murcia

Es simple, quienes realmente pagan el IVA son los consumidores finales, pero el sujeto pasivo es la empresa, que es la que realmente hace los ingresos al Tesoro Público.

Desconectado mmurciaz

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #214 en: 12 de Mayo de 2014, 21:01:16 pm »
Gracias pravias, abogaaadooo

   Ya, lo que veo que sujeto pasivo para la ley es el que tiene la obligacion de declarar (y aportar la diferencia entre iva pagado e iva cobrado),
   Tal vez me ha despistado un poco la propia ley, que en el punto 2* dice que son sujetos pasivos: “Los empresarios para quienes se realicen las operaciones sujetas al impuesto..., lo que pasa es que eso es en unos supuestos concretos, p.ej. cuando encargan un servicio o compran bienes, fuera de España).

   Gracias de nuevo y saludos

   Miguel

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #215 en: 13 de Mayo de 2014, 11:52:02 am »
Voy a exponer una duda de un caso de TPOyAJD. Os pongo el ejemplo:
Miguel y Sofía, de 70 y 67 años de edad, respectivamente, están casados en régimen de gananciales y deciden enajenar su vivienda a cambio de una renta vitalicia.
¿Qué tratamiento tiene esta operación en la imposición indirecta?
La operación se encuentra sujeta al ITPAJD, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, conforme al artículo 7.1.B) TR.

El artículo 15.1 TR dispone que “La constitución de las fianzas y de los derechos de hipoteca, prenda y anticresis, en garantía de un préstamo, tributarán exclusivamente por el concepto de préstamo”, no practicándose liquidación entonces por la constitución del derecho real de hipoteca.

El artículo 15.1 TR dispone que “La constitución de las fianzas y de los derechos de hipoteca, prenda y anticresis, en garantía de un préstamo, tributarán exclusivamente por el concepto de préstamo”, no practicándose liquidación entonces por la constitución del derecho real de hipoteca.

En cuanto operación sujeta al concepto de transmisiones patrimoniales onerosas, no está sujeta al gravamen gradual de actos jurídicos documentados (art. 31.2 TR).
En cuanto a esta última afirmación no estoy muy de acuerdo, ya que si si el préstamo se realizara en escritura pública pienso que sí que estaría sujeto a AJD en su parte fija y gradual no? pues sería tb susceptible de inscripción registral. Al ser una hipoteca garantizada con la casa yo creo que lo normal es que se quiera inscribir en el registro y por lo tanto estaría sujeta.

Me podeis dar vuestra opinión.

Muchas gracias

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #216 en: 13 de Mayo de 2014, 12:34:25 pm »
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Voy a exponer una duda de un caso de TPOyAJD. Os pongo el ejemplo:
Miguel y Sofía, de 70 y 67 años de edad, respectivamente, están casados en régimen de gananciales y deciden enajenar su vivienda a cambio de una renta vitalicia.
¿Qué tratamiento tiene esta operación en la imposición indirecta?
La operación se encuentra sujeta al ITPAJD, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, conforme al artículo 7.1.B) TR.

El artículo 15.1 TR dispone que “La constitución de las fianzas y de los derechos de hipoteca, prenda y anticresis, en garantía de un préstamo, tributarán exclusivamente por el concepto de préstamo”, no practicándose liquidación entonces por la constitución del derecho real de hipoteca.

El artículo 15.1 TR dispone que “La constitución de las fianzas y de los derechos de hipoteca, prenda y anticresis, en garantía de un préstamo, tributarán exclusivamente por el concepto de préstamo”, no practicándose liquidación entonces por la constitución del derecho real de hipoteca.

En cuanto operación sujeta al concepto de transmisiones patrimoniales onerosas, no está sujeta al gravamen gradual de actos jurídicos documentados (art. 31.2 TR).
En cuanto a esta última afirmación no estoy muy de acuerdo, ya que si si el préstamo se realizara en escritura pública pienso que sí que estaría sujeto a AJD en su parte fija y gradual no? pues sería tb susceptible de inscripción registral. Al ser una hipoteca garantizada con la casa yo creo que lo normal es que se quiera inscribir en el registro y por lo tanto estaría sujeta.

Me podeis dar vuestra opinión.

Muchas gracias

Existen dos liquidaciones: Una por ITPO a cargo del adquirente de la propiedad (art. 7.1.A TR) y otra a cargo del matrimono que constituye la renta vitalicia (art. 7.1.B) por AJD en su cuota gradual(art. 31.2 TR).

En realidad se trata de una permuta (la propiedad de la vivienda a cambio de una renta vitalicia).
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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #217 en: 13 de Mayo de 2014, 12:42:13 pm »
SOLUCIÓN PROPUESTA (Escuelas Pías)
La transmisión del inmueble, sujeta a TPO, al tipo para inmuebles y siendo sujeto pasivo el adquirente. Se trata de una única transmisión, porque se adquiere a la sociedad de gananciales.
La constitución de una renta vitalicia, sujeta al impuesto modalidad TPO (art. 7.1.B ), en que son sujetos pasivos los beneficiarios. La Base imponible será la capitalización de la pensión al tipo de interés básico del Banco de España (art. 49 RITP. El tipo será del 1% (art. 11 TRITP). Ambas tributarán además por AJD, documentos notariales (art. 30 TRITP).
Victoria según tu solución esta respuesta estaría mal porque no contempla el impuesto del adquiriente?
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Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #218 en: 13 de Mayo de 2014, 12:49:37 pm »
Sí la contempla. Existen dos liquidaciones: una a cargo del adquirente (sujeto pasivo) por la transmisión de la vivienda (ITPO)  y otra a cargo del matrimonio (AJD) por la renta vitalicia.

Eso entiendo yo  ???
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #219 en: 13 de Mayo de 2014, 13:11:08 pm »
El que se queda con la vivienda es también el 1%??
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