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Autor Tema: POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)  (Leído 102916 veces)

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Desconectado CAMAMA

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #360 en: 03 de Junio de 2014, 12:08:11 pm »
[Muchas Gracias por enviarmelas
saludos


Desconectado luka

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  • Cuando la razón no es fuerte,la fuerza es la razón
Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #361 en: 03 de Junio de 2014, 13:42:09 pm »
Estabáis todos bastante acertados!!!


 ;)
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Desconectado paz664

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #362 en: 03 de Junio de 2014, 15:10:03 pm »
Yo ni las miro hasta que no saquen las notas

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #363 en: 04 de Junio de 2014, 08:02:52 am »
¿Alguien me puede explicar por qué la venta de una camilla está exenta en virtud del art. 20 uno 24 LIVA? No lo veo por ningún lado. Gracias

Desconectado victoriasoy

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #364 en: 04 de Junio de 2014, 08:30:24 am »
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¿Alguien me puede explicar por qué la venta de una camilla está exenta en virtud del art. 20 uno 24 LIVA? No lo veo por ningún lado. Gracias

Entiendo que es por el art. 20.1.3º. Los profesionales sanitarios están exentos del impuesto. Si la camilla fue utilizada por el médico y no se pudo deducir el IVA por estar exento, también está exenta su venta por aplicación del art. 20.1.24º.

La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #365 en: 04 de Junio de 2014, 09:09:13 am »
Muchas gracias Victoriasoy, qué gran compañera!!!!

Desconectado tarzandesevilla

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #366 en: 04 de Junio de 2014, 10:26:46 am »
Alguien podría argumentarme con artículos el tema de las clases de autoescuelas, he visto un supuesto (sin reflejar articulado) donde dice que no están sujetas a IVA las referidas a los carnet A y B, y SI están sujetas las demás.

Desconectado mmurciaz

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IOS Operaciones que tributan
« Respuesta #367 en: 04 de Junio de 2014, 10:54:43 am »
   HOla, si no observo mal, en los apuntes pone que las Operaciones Societarias, en virtud del RD_Ley 13/2010, finalmente solo tributan las operaciones societarias de DISMINUCION Y DISOLUCION de Sociedades?

   ¿Cierto?

    Saludos

Desconectado Rocio89

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #368 en: 04 de Junio de 2014, 11:10:40 am »
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Alguien podría argumentarme con artículos el tema de las clases de autoescuelas, he visto un supuesto (sin reflejar articulado) donde dice que no están sujetas a IVA las referidas a los carnet A y B, y SI están sujetas las demás.


Mira en el artículo 20.Uno.9º,creo que hay viene el tema de las autoescuelas.

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #369 en: 04 de Junio de 2014, 13:20:37 pm »
alguien me puede confirmar si la compra de un coche a pais de UE es una adquisicion intracomun. del artic 13 LIVA, pero exenta en el atic 25 LIVA. tributan en destino no?

Desconectado mmurciaz

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #370 en: 04 de Junio de 2014, 13:27:20 pm »
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alguien me puede confirmar si la compra de un coche a pais de UE es una adquisicion intracomun. del artic 13 LIVA, pero exenta en el atic 25 LIVA. tributan en destino no?

   Creo que al ser el destinatario no empresario, tributa en el lugar de inicio del transporte de la mercancia, o sea en origen,

  Saludos

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #371 en: 04 de Junio de 2014, 13:33:44 pm »
Yo no entiendo nada el art. 68 de la ley del IVA, cuando dice:

Dos. Tambien se entenderán realizadas en el territorio de aplicacion del impuesto:
1º Las entregas de bienes muebles corporales que deban ser objeto de expedición o transporte para su puesta a disposición del adquirente, cuando se inicien en dicho territorio. No obstante cuando el lugar de iniciaciòn de la expedición o transporte esté situado en un pais tercero, las entregas efectuadas por el importador o sucesivos adquirentes se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del impuesto.

¿Alguien me lo podría explicar? Por ejemplo, si es un bien fabricado en China y que se va a importar a España. Gracias

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #372 en: 04 de Junio de 2014, 13:36:53 pm »
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   Creo que al ser el destinatario no empresario, tributa en el lugar de inicio del transporte de la mercancia, o sea en origen,

  Saludos
Pero está exenta ,no?

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #373 en: 04 de Junio de 2014, 14:28:15 pm »
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Yo no entiendo nada el art. 68 de la ley del IVA, cuando dice:

Dos. Tambien se entenderán realizadas en el territorio de aplicacion del impuesto:
1º Las entregas de bienes muebles corporales que deban ser objeto de expedición o transporte para su puesta a disposición del adquirente, cuando se inicien en dicho territorio. No obstante cuando el lugar de iniciaciòn de la expedición o transporte esté situado en un pais tercero, las entregas efectuadas por el importador o sucesivos adquirentes se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del impuesto.

¿Alguien me lo podría explicar? Por ejemplo, si es un bien fabricado en China y que se va a importar a España. Gracias
Si creo que así es ,se entiende en el TAI cuando el transporte se inicia en pais tercero ,las entregas que hace España ,se entienden realizadas en el TAI.

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #374 en: 04 de Junio de 2014, 14:35:38 pm »
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Yo no entiendo nada el art. 68 de la ley del IVA, cuando dice:

Dos. Tambien se entenderán realizadas en el territorio de aplicacion del impuesto:
1º Las entregas de bienes muebles corporales que deban ser objeto de expedición o transporte para su puesta a disposición del adquirente, cuando se inicien en dicho territorio. No obstante cuando el lugar de iniciaciòn de la expedición o transporte esté situado en un pais tercero, las entregas efectuadas por el importador o sucesivos adquirentes se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del impuesto.

¿Alguien me lo podría explicar? Por ejemplo, si es un bien fabricado en China y que se va a importar a España. Gracias

El precepto quiere decir, que cuando se exporta bienes y se inicia el transporte en España, se aplica el impuesto, es decir, está sujeto (luego tendrás que ver si está exento, pero en principio, quedaría sujeto). También quedaría sujeto al impuesto la importación, a pesar de que el transporte se inicie en otro país, es decir, lo transporte el otro país y no España. Por tanto, lo que se importa de China, queda sujeto al impuesto. (Luego hay que ver las posibles exenciones)

Desconectado apodio1

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #375 en: 04 de Junio de 2014, 14:44:02 pm »
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   Creo que al ser el destinatario no empresario, tributa en el lugar de inicio del transporte de la mercancia, o sea en origen,

  Saludos
mmurciaz ¿eres paisano?
estabamos equivocados , el coche tributa en destino ,es una excepcion al la regla gral .

Desconectado mmurciaz

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #376 en: 04 de Junio de 2014, 14:55:55 pm »
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Si creo que así es ,se entiende en el TAI cuando el transporte se inicia en pais tercero ,las entregas que hace España ,se entienden realizadas en el TAI.

   Que es el TAI?
   Si no es mucho preguntar

   Saludos

Desconectado mmurciaz

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #377 en: 04 de Junio de 2014, 14:58:12 pm »
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mmurciaz ¿eres paisano?
estabamos equivocados , el coche tributa en destino ,es una excepcion al la regla gral .

  Si es de Murcia sí soy paisano, el viernes como un gilip. todo el dia en la Uned de Cartagena para hacer el examen de esta asignatura por la tarde.

   Lo cierto es que cuanto mas repaso esta materia más me lio,

   Caguennn

Desconectado shidalgo39

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #378 en: 04 de Junio de 2014, 15:01:23 pm »
TAI: territorio de aplicación del impuesto

Desconectado yogarcia

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Re:POST OFICIAL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II 2013/2014 (2º PP)
« Respuesta #379 en: 04 de Junio de 2014, 16:12:53 pm »
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El precepto quiere decir, que cuando se exporta bienes y se inicia el transporte en España, se aplica el impuesto, es decir, está sujeto (luego tendrás que ver si está exento, pero en principio, quedaría sujeto). También quedaría sujeto al impuesto la importación, a pesar de que el transporte se inicie en otro país, es decir, lo transporte el otro país y no España. Por tanto, lo que se importa de China, queda sujeto al impuesto. (Luego hay que ver las posibles exenciones)

Muchas gracias Mimi, y suerte!!!