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@roland: No sé cómo está recogido esto en el libro el artículo 7 famoso, pero si hubiese tenido los apuntes de este foro conmigo durante el examen no habría sido capaz de escribir más de 2 líneas al respecto. Todavía me pregunto cual es la respuesta correcta. Debiera de estar en el libro...
Rezaremos durante el verano para que sean piadosos con los pecadores.
Suerte a todos, que mayo está a la vuelta de la esquina...
Páginas 223 y 224 del Manual recomendado223 Derecho a contraer matrimonio
En el Acuerdo con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas firmado
en 1992, en el art. 7 se dice: 1. Se reconocen los efectos civiles del matrimonio
celebrado ante los ministros de culto de las Iglesias pertenecientes a la federación
de Entidades Religiosas Evangélicas de España. Para el pleno reconocimiento de
tales efectos, será necesaria la inscripción del matrimonio en el Registro Civil. 2.
Las personas que deseen contraer matrimonio en la forma prevista en el párrafo
anterior promoverán el expediente previo al matrimonio, ante el encargado del
Registro Civil correspondiente. 3. Cumplido este trámite, el encargado del Registro
Civil, expedirá, por duplicado, certificación acreditativa de la capacidad matrimonial
de los contrayentes, que éstos deberán de entregar al ministro de culto
encargado de la celebración del matrimonio. 4. Para la validez civil del matrimonio,
el consentimiento habrá de prestarse ante el ministro de culto oficiante de la
ceremonia y, al menos, dos testigos mayores de edad, antes de que hayan trascurrido
seis meses desde la expedición de la certificación de capacidad matrimonial.
5. Una vez celebrado el matrimonio, el ministro de culto oficiante extenderá, en
la certificación de capacidad matrimonial, diligencia expresiva de la celebración
del matrimonio que contendrá los requisitos necesarios para su inscripción y las
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menciones de identidad de los testigos. Uno de los ejemplares de la certificación
así diligenciada se remitirá, acto seguido, al encargado del Registro Civil competente
para su inscripción, y el otro, se conservará como acta de la celebración en
el archivo del oficiante.
La respuesta está en el Manual, como pueda defender el Equipo Docente pero la forma de preguntar por él no es la cotidiana: un ejemplo podría haber sido:
Formas de celebración del matrimonio: rito evangélico.Han sido demasiado meticulosos al seleccionar la batería de preguntas y no las considero aptas para poder evaluar a un alumno, pero el Equipo Docente son ellos y tienen la
plena libertad de hacer lo que "dentro de los márgenes" quieran: pueden alegar perfectamente que estaba en el Manual.