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La 16 es falso, no es necesario que esté en el orden del día. y la 6, en mi opinión también, la junta "espontánea" se debe constituir por unanimidad, pero una vez constituida es una junta normal, no hace falta que el resto de acuerdos se tomen por unanimidad.
De acuerdo.Gracias a todos y suerte.
Sale en la Ley de Sociedades de Capital, un artículo concreto que específicamente dice que los administradores podrán ser removidos de su cargo por mayoría aunque no esté en el orden del día si lo propone un socio.
diria que cuando se sepam las notas...se elimine este post,,,,para no crear confsion
8.6