premio en especie? quieres decir rendimiento de trabajo en especie? yo no le veo nada de rendimiento de trabajo, lo veo como gaanncia patrimonial...
Disposición adicional trigésima tercera. Gravamen especial sobre los premios de
determinadas loterías y apuestas.
3. La base imponible del gravamen especial estará formada por el importe del premio
que exceda de la cuantía exenta prevista en el apartado 2 anterior.
Si el premio fuera en
especie, la base imponible será aquella cuantía que, una vez minorada en el importe del
ingreso a cuenta, arroje la parte del valor de mercado del premio que exceda de la cuantía
exenta prevista en el apartado 2 anterior.
A esto me referia.Lo que sucede es que se refiere a determinados órganos o entidades (ONCE, cruz roja,...).
En el caso del coche es una rifa de la parroquia (que no esta incluida entre éstos) y por eso tiene la consideración de ganancia patrimonial. Esto es: si la ONCE hace un cuponazo en el que el premio es el coche, está sujeto al gravamen especial, pero si el sorteo es de la escuela de fubtol del pueblo es ganancia patrimonial (entiendo yo...es que ando "mu" verdeee).