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Autor Tema: Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)  (Leído 78230 veces)

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Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #440 en: 30 de Enero de 2015, 20:20:45 pm »
Definición de Pacto Comiorio: El denominado pacto comisorio,consistía en la estipulación convencional de que, en caso de incumplimiento, la cosa objeto de garantía real pasaría a ser, automáticamente, propiedad del acreedor.

Creo que está más que claro que tiene que ser anulada. Necesito que me indiquéis cómo mandáis el correo al departamento, yo entro en calificaciones y por más que pincho el icono de reclamaciones o en el de enviar un correo no emerge ninguna pantalla, no sé como enviar la impugnación.


Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #441 en: 30 de Enero de 2015, 20:50:16 pm »
Bueno no os preocupéis, ya envié directamente el correo al departamento desde mi correo  ;)

Desconectado anna nikolova

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #442 en: 30 de Enero de 2015, 22:09:06 pm »
Hola a todos.
Alguien que se ha presentado al primer examen de Derecho Hipotecario III y puede dar las preguntas?
Gracias!

Desconectado Rubinho

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #443 en: 30 de Enero de 2015, 23:49:07 pm »
Adelanto que respeto profundamente el derecho que cada alumna y alumno tiene de reclamar lo que buenamente entienda que es legítimo en defensa de sus intereses.

Otra cosa, y bien distinta, es el intento de socializar en el foro ciertas posiciones a respecto de alguna de las preguntas del examen de CIvil III de la 1º semana:

1) Derechos de autor: se le pueden dar 500 vueltas a la manera de plantear la pregunta pero cualquiera, con dos dedos de frente, entiende el sentido de la misma: "la permanencia de los derechos de autor". Hasta la muerte del autor, 80 años para los herederos o para siempre.

2) Pacto comisorio: similares circunstancias. Los que hemos estudiado sabemos lo que es el "pacto comisorio" y de su prohibión en el CC del estado español. Se le pueden dar muchas vueltas pero el sentido de la pregunta es claro.

Creo que las impugnaciones están para preguntas que, con su confusa redacción, puedan llevar al error en su respuesta.
Es posible que cada uno, en un ejercicio de profecía autocumplida, diga que los erroes que el o ella han cometido se deban a que la manera de plantear las preguntas no era cristalina. Es legítimo. Pero lo es, de la misma manera, discrepar con esas posiciones que, a mi modo de ver, ocultan intereses en cuanto al propio resultado de la prueba.

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #444 en: 31 de Enero de 2015, 02:49:26 am »
Aquí no socializamos nada, compartimos opiniones, apuntes, exámenes, material, es definitiva nos ayudamos. Con respecto al interés que podamos tener, comentar que el examen lo tengo aprobado y con nota, por lo tanto poco me importa alguna décima mas. Y para tu información lo expuesto está sacado del libro.  Si respetas todas las opiniones da la tuya, si disculparte previamente, y no intérpretes el interés de nadie.

Desconectado Rubinho

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #445 en: 31 de Enero de 2015, 03:13:44 am »
myriars, cuando digo que se socializan las opiniones, me refiero a al hecho de que haya gente que exprese sus ideas sobre la impugnación con el objetivo legítimo de que sean compartidas. Y eso, precisamente, es lo que respeto profundamente.

En ningún momento dije, y si así se entendió rectifico, que todos los que reclaman (o reclamáis) tengáis como objetivo "aprobar". Aún así, sigo pensando que el grueso de las reclamaciones está justificado por este motivo y, al ser mi humilde opinión, supongo que no tendrás problema en que la manifieste.

Con respecto a que "aparece en el libro", reitero lo anteriormente dicho. He estudiado por él (y me pongo de ejemplo porque tú lo has hecho también) y no tengo dudas con ninguna de las dos preguntas. Reitero que una pregunta se debería anular si su redacción conduce a error, no si su elaboración es manifiestamente mejorable.

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #446 en: 31 de Enero de 2015, 11:28:16 am »
Rubinho te agradezco el tono que has empleado en tu respuesta, mucho más acertado que en tu exposición anterior. Por mi parte, mi reclamación va por la pregunta del pacto comisorio y en principio por ninguna más. Y no es que crea que la misma lleva a confusión, te aseguro estoy acostumbrada a enfrentarme a preguntas que inducen a error, aprobé unas Oposiciones. Pero no hablamos de lo mismo. Preguntan por una cosa y definen otra, que precisamente son antagónicas. De todas formas, por mi experiencia, te diré que también estoy acostumbrada a que no reconozcan las impugnaciones tan facilmente. Por supuesto lo más enriquecedor es poder dar la opinión que cada uno tiene, contribuyendo así a una visión más amplia. Mi más profundo respeto por todas las opiniones aquí vertidas.

Desconectado Ia1975

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #447 en: 31 de Enero de 2015, 12:56:16 pm »
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myriars, cuando digo que se socializan las opiniones, me refiero a al hecho de que haya gente que exprese sus ideas sobre la impugnación con el objetivo legítimo de que sean compartidas. Y eso, precisamente, es lo que respeto profundamente.

En ningún momento dije, y si así se entendió rectifico, que todos los que reclaman (o reclamáis) tengáis como objetivo "aprobar". Aún así, sigo pensando que el grueso de las reclamaciones está justificado por este motivo y, al ser mi humilde opinión, supongo que no tendrás problema en que la manifieste.

Con respecto a que "aparece en el libro", reitero lo anteriormente dicho. He estudiado por él (y me pongo de ejemplo porque tú lo has hecho también) y no tengo dudas con ninguna de las dos preguntas. Reitero que una pregunta se debería anular si su redacción conduce a error, no si su elaboración es manifiestamente mejorable.

Completamente de acuerdo. El pacto comisorio está completamente prohibido en Europa, el acreedor no se puede quedar nunca con los bienes del deudor que haya dado en garantía en caso de impago, sólo lo puede decretar un juez y por eso hay que subastar las cosas o seguir un procedimiento judicial o extrajudicial si se permite es decir una venta en subasta para que el acreedor tome el dinero o le sea entregado el dinero por el juez o el notario en caso de venta extrajudicial que se le adeuda y el resto se le entregue al deudor.

Un ejemplo: si yo solicito a una entidad bancaria un préstamo personal de 30.000€ para hacerle a mi esposa un regalo por nuestro décimo aniversario de un viaje al rededor del mundo y dejo en garantía un reloj Rolex tasado y valorado en 70.000€, si se permitiera el pacto comisorio querría decir que en caso de incumplimiento el banco se quedaría con los 70.000€ en qué esta valorado el reloj, pero esto no ocurre así, el banco se vería obligado en caso de querer cobrar a instar un procedimiento para que el juez subaste el bien dado en prenda y si la pública subasta fuese de 50.000€ al banco se le entregaría los 30.000€ Por el juez más los gastos e intereses de demora y el resto los pocos 20.000€ se nos entregaría, quedando de este modo la deuda saldada.

Suerte a tod@s

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #448 en: 31 de Enero de 2015, 13:19:50 pm »
Por eso me reitero, el enunciado no hace referencia a lo legalmente establecido LA PROHIBICIÓN DEL PACTO COMISORIO. Solo contempla el Pacto Comisorio.

Desconectado Perri

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #449 en: 31 de Enero de 2015, 13:46:04 pm »
Myriars totalmente de acuerdo. La respuesta B es prohibición del pacto comisorio así que o la correcta es la C o esa pregunta hay que anularla. Lo demas es cuadricular el circulo

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #450 en: 31 de Enero de 2015, 14:00:29 pm »
OPINIÓN DE Cuatrecasas, Gonçalves Pereira: Extractos de un documento, para quien le pueda interesar

De lo descrito más arriba puede concluirse que la vigencia de la prohibición del pacto comisorio en nuestro  ordenamiento es innegable, extendiéndose dicha prohibición tanto a fórmulas típicas como atípicas (de entre las cuales se encuentra la opción de compra en garantía).

Así, parece que de acuerdo con lo anteriormente apuntado y de conformidad con la literalidad de lo previsto en nuestro ordenamiento jurídico en relación con el pacto comisorio, podrá admitirse éste –adicionalmente a los supuestos normativos que lo regulan expresamente- incluso con anterioridad al vencimiento de la deuda, siempre que además de las cautelas indicadas más arriba, concurran las condiciones de equilibrio entre las prestaciones, libertad contractual entre las partes y exista buena fe entre ellas respecto del pacto en cuestión.

En todo caso, para poder admitir la validez de dichos acuerdos se deberá analizar cada caso concreto y atender a las circunstancias concurrentes, ya que, sólo mediante un análisis pormenorizado de cada caso concreto se podrá determinar la admisibilidad o inadmisibilidad del pacto en cuestión.

Desconectado cisnerin

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #451 en: 01 de Febrero de 2015, 03:06:17 am »
Finalmente para el examen tipo A,cuales son las respuestas correctas?

Desconectado kalurdoie

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #452 en: 01 de Febrero de 2015, 11:34:42 am »
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Espero que sea un error, y que la correcta sea la c por que desde luego es la menos mala de las tres.La que seguro no es para mí  es la b) por mucho que quieran forzar esa respuesta.

Ya que esa definición no es la de pacto comisrio, sino la de prohibición del mismo,es totalmente lo contrario a lo que estan preguntando.
Para ser como ellos quieren mantener debría poner:
Significa que el acreedor puede apropiarse y disponer de la cosa dada en prenda o hipoteca


Que esto no es una primitiva,es una prueba objetiva evaluable y por ahora lo que menos veo es que sea objetiva.

Nada más lejos de la realidad. El pacto comisorio es esencialmente una prohibición, como viene representado por el art. 1859 CC: "el acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas". Esta es precisamente la definición de pacto comisorio y se habla de prohibición del mismo porque es en sí una prohibición, no porque tenga varias formas o porque le puedan imponer limitaciones.

Por lo tanto, significa lo mismo "pacto comisorio" que "prohibición del pacto comisorio".

Saludos.

Desconectado Ia1975

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #453 en: 01 de Febrero de 2015, 12:23:05 pm »
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Nada más lejos de la realidad. El pacto comisorio es esencialmente una prohibición, como viene representado por el art. 1859 CC: "el acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas". Esta es precisamente la definición de pacto comisorio y se habla de prohibición del mismo porque es en sí una prohibición, no porque tenga varias formas o porque le puedan imponer limitaciones.

Por lo tanto, significa lo mismo "pacto comisorio" que "prohibición del pacto comisorio".

Saludos.

Efectivamente, por el pacto comisorio el acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas. Art. 1859.

 Y esto es así como ya comente y puse un ejemplo porque en Europa es de repudio dicho pacto (esta totalmente prohibido). Con lo cual a mi entender la opción correcta sería la B, y es así porque sí introdujéremos una negación en el enunciado "La prohibición del pacto comisorio" la respuesta sería todo lo contrario, estaríamos afirmando que el acreedor se puede apropiar de nuestras cosas dadas en prenda o hipoteca (sería poner al zorro de guarda de las gallinas)

Saludos

Desconectado unserapio

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #454 en: 01 de Febrero de 2015, 12:28:22 pm »
Si en el libro viene prohibición del pacto comisorio, la pregunta debería ser prohibición del pacto comisorio. Estará todo lo repudiado en Europa que queráis pero el libro sigue diciendo que hay pactos que burlan esa "repudiaciación" que decís (el pacto de retro). Por lo tanto para mi la respuesta correcta sería la C, y en caso de que fuera la B por esa regla de tres la de los derechos de autor debería ser igualmente la de los 80 años... Porque se refiere al derecho de autor no a la extinción de la personalidad

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #455 en: 01 de Febrero de 2015, 13:38:04 pm »
Efectivamente unserapio, si vale para una, vale para todas

Desconectado myriars

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #456 en: 01 de Febrero de 2015, 13:55:13 pm »
No obstante, la definición del dichoso pacto comisorio a la que hago referencia se encuentra en el manual, pag. 190 del libro 3.2. El ius distrahendi y la prohibición del pacto comisorio:. segundo párrafo

Desconectado salvias

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #457 en: 01 de Febrero de 2015, 20:32:30 pm »
¿Alguien puede colgar las preguntas del examen?
Mi correo salvias@terra.com.
¿muchas gracias!!

Desconectado miguelan47

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #458 en: 02 de Febrero de 2015, 11:25:12 am »
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¿Alguien puede colgar las preguntas del examen?
Mi correo salvias@terra.com.
¿muchas gracias!!
Mira en uned calatayud estan ahi colgadas

Desconectado salvias

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Re:Hilo Oficial Civil III (2014 / 2015)
« Respuesta #459 en: 02 de Febrero de 2015, 14:39:18 pm »
Gracias, lo miro alli.