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Autor Tema: Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)  (Leído 80701 veces)

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Desconectado Hesperia

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #520 en: 28 de Mayo de 2015, 15:12:01 pm »
En estas difiero:

24) Si el deudor legalmente obligado a la llevanza de la contabilidad incumpliera esta obligación el concurso se calificaría como:
a.- Fortuito, salvo que se pruebe la existencia de dolo o culpa  grave del deudor
b.- Culpable, salvo prueba en contrario
c.- Culpable, en todo caso

Artículo 165 Presunciones de culpabilidad

3.º Si el deudor estuviera obligado legalmente a la llevanza de contabilidad y no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo, o, una vez aprobadas, no las hubiera depositado en el Registro Mercantil o en el registro correspondiente, en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso.

Artículo 164 Concurso culpable

Cuando el deudor legalmente obligado a la llevanza de contabilidad incumpliera sustancialmente esta obligación, llevara doble contabilidad o hubiera cometido irregularidad relevante para la comprensión de su situación patrimonial o financiera en la que llevara.



33) Si el deudor incumple el deber de solicitar su propio concurso, en caso de que se forme la sección de calificación, el concurso se calificaría como:
a.- Culpable, salvo prueba en contrario.
b.- Culpable, sin admitirse prueba en contrario
c.- Fortuito, salvo que se pruebe que el deudor actuó fraudulentamente

El deudor tiene un deber de solicitar su propio concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia ("… dentro de un determinado plazo").
. Se presumirá que el deudor conocía su estado de insolvencia cuando concurriera alguno de los denominados "hechos presuntos reveladores" del art. 2.4 LC. El incumplimiento de ese deber implicará, en caso de que llegara a formarse la sección de calificación del concurso, una presunción de dolo o culpa grave en la generación, o en la agravación de la insolvencia, de modo que, ese concurso se calificará como culpable.


Desconectado chache

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #521 en: 28 de Mayo de 2015, 15:16:48 pm »
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Muchas gracias por tu aportación, Chache... coincido en casi todas contigo, pero, una pequeña duda, estás convencida de que la 19 no es la A?

Gracias de nuevo!!!! y enhorabuena por ese aprobado!  :D

Me sonaba por Mercantil I, y luego lo he buscado en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y se puede mediante títulos o anotaciones en cuenta, lo que ocurre es que la representatividad por títulos va cayendo en desuso.

Desconectado yogarcia

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #522 en: 28 de Mayo de 2015, 15:30:43 pm »
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Esto lo miré en los apuntes, y lo tengo igual que en el manual, me refiero a mis apuntes.

El art. 165 LC recoge la calificación del concurso, en una serie de supuestos con presunción iuris tantum. Si bien, para facilitar la tarea calificadora se establece un sistema de hechos de calificación cuya simple concurrencia determina la calificación del concurso como culpable. ...., implica de modo necesario la calificación del concurso como culpable, sin que quepa oponer ni tan siquiera la prueba ... El primero de esos hechos es el incumplimiento sustancial del deber de contabilidad en el caso de que exista, -coma- en el que se incluyen expresamente la doble contabilidad y la comisión de irregularidades relevantes para la comprensión de su situación patrimonioal o financiera.

Buena noticia para aquellos que dudaban, """"es una presunción iuris tantum""""", la recoge el art. 165 tal cual viene en la respuesta, admite prueba en contrario.

¡¡¡Hale, me quedo con mis 30, que creí que iban a ser menos!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Entonces la pregunta 24 del modelo B si es la b), es presunción iuris tantum???

Desconectado rafa_saturdays

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #523 en: 28 de Mayo de 2015, 15:37:42 pm »
Entonces cuantas preguntas repetidas han puesto??? :-\

Desconectado davidleoncio

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #524 en: 28 de Mayo de 2015, 15:42:59 pm »
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Entonces cuantas preguntas repetidas han puesto??? :-\
Literales, algunas, no demasiadas, nada que ver con el primer parcial. Consejo: fijar bien conceptos y estudiar, más allá de ir a saco solo con preguntas de otros años.

Desconectado feirok

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #525 en: 28 de Mayo de 2015, 16:00:32 pm »
Sobre las preguntas del modelo A) 8: En caso de endoso de garantía, el endosatario del pagaré:.... y la 16)Un endoso extendido sobre el cheque al portador...
mis respuestas fueron a) y b) respectivamente, sin embargo he visto que en alguna corrección se discrepa y en otras opinan como yo, ¿alguien sería tan amable de sacarme de dudas?
Muchas gracias de antemano.

PD: Una pena de examen, llevaba una relación tan buena con mercantil en general...pero ya hasta con un cinquillo me vale en este.

Desconectado Pentapolín

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #526 en: 28 de Mayo de 2015, 16:05:22 pm »
Chache, la 19 es la A en el examen A

CAPÍTULO II

Especialidades en materia de acciones
[Bloque 667: #s1-19]

Sección 1.ª Representación de las acciones
[Bloque 668: #a496]

Artículo 496. Representación de las acciones de sociedades cotizadas.

1. Las acciones y las obligaciones que pretendan acceder o permanecer admitidas a cotización en un mercado secundario oficial de valores habrán de representarse necesariamente por medio de anotaciones en cuenta.


2. Tan pronto como los valores se representen por anotaciones en cuenta, los títulos en que anteriormente se reflejaban quedarán amortizados de pleno derecho, debiendo darse publicidad a su anulación mediante anuncios en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en los correspondientes a las Bolsas de Valores y en tres diarios de máxima difusión en el territorio nacional.

3. El Gobierno, previo informe de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, fijará los plazos y el procedimiento para la representación por medio de anotaciones en cuenta de las acciones cotizadas.

Saludos

Desconectado RAQCAR

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #527 en: 28 de Mayo de 2015, 16:10:46 pm »
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Sobre las preguntas del modelo A) 8: En caso de endoso de garantía, el endosatario del pagaré:.... y la 16)Un endoso extendido sobre el cheque al portador...
mis respuestas fueron a) y b) respectivamente, sin embargo he visto que en alguna corrección se discrepa y en otras opinan como yo, ¿alguien sería tan amable de sacarme de dudas?
Muchas gracias de antemano.

PD: Una pena de examen, llevaba una relación tan buena con mercantil en general...pero ya hasta con un cinquillo me vale en este.

Tengo las mismas respuestas que tu 8a) y 16 b) comprobadas con el libro, no lo tengo aqui para ponerte las pags. pero hay un post (no se como citarlo desde aqui donde han puesto soluciones y pags. libro)

Desconectado RAQCAR

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #528 en: 28 de Mayo de 2015, 16:12:20 pm »
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Sobre las preguntas del modelo A) 8: En caso de endoso de garantía, el endosatario del pagaré:.... y la 16)Un endoso extendido sobre el cheque al portador...
mis respuestas fueron a) y b) respectivamente, sin embargo he visto que en alguna corrección se discrepa y en otras opinan como yo, ¿alguien sería tan amable de sacarme de dudas?
Muchas gracias de antemano.

PD: Una pena de examen, llevaba una relación tan buena con mercantil en general...pero ya hasta con un cinquillo me vale en este.

Ya lo he visto te pego el link a ver si lo te sirve No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado feirok

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #529 en: 28 de Mayo de 2015, 16:22:44 pm »
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Ya lo ví, muchas gracias por tu pronta contestación :)

Desconectado pachuli

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #530 en: 28 de Mayo de 2015, 17:48:02 pm »
Tardan mucho en colgar la plantilla oficial de respuestas?

Un saludo.

Desconectado rivermorpa

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #531 en: 28 de Mayo de 2015, 18:07:29 pm »
Normalmente lo hacen a los pocos días del segundo examen

Desconectado aquienseleocurre

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #532 en: 28 de Mayo de 2015, 19:22:42 pm »
Para los que lo habéis hecho, ¿pensáis que hay temas para los que sí es suficiente con los test y otros mejor estudiarlos o es necesario estudiarse muy bien todo el manual? Voy muy justo con Privado y filosofía y si le tengo que dedicar demasiado tiempo a esta me pilla el toro.
Gracias

Desconectado racosta33

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #533 en: 28 de Mayo de 2015, 19:55:05 pm »
Tras haber hecho algunas comprobaciones sobre las preguntas 3 y 7 del tipo B ( posiblemente también estén en el tipo A con otra numeración ), os comento mi opinión.

Respecto a la pregunta 3 del tipo B:

El tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librador:

a) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un pagaré insatisfecho contra el firmante del pagaré.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La pregunta habla del tenedor de la letra ( no habla del aceptante ni de que se haya aceptado ). En la letra, la acción cambiaria directa la ejerce el tenedor contra el aceptante o su avalista, en caso de impago. En la pregunta no hay aceptante, por lo que no hay acción cambiaria directa. La a) no es....la c), tampoco y lo pongo en relación con la pregunta 7 a continuación.

Respecto a la pregunta 7 del tipo B:

El tenedor de un pagaré insatisfeco tiene contra el firmante del pagaré:

a) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de una letra de cambio contra el librador.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un cheque contra el librador.
c) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.

La pregunta habla de un tenedor, no habla de beneficiario o tomador ( el pagaré se construye como relación directa entre dos partes: el firmante y el beneficiario ). La acción cambiaria directa sería entre firmante y beneficiario, no entre tenedor y firmante. La c) no puede ser. En el cheque sólo existe acción de regreso (judicial o extrajudicial), no cabe acción directa, por lo que no puede ser la b). En este caso la correcta sería la a).

El quick de la cuestión está en ambos casos no hay acción cambiaria directa pues no son los obligados cambiarios directos y cabe la acción de regreso en ambos casos si se levantara protesto o la declaración equivalente, cuestión que no aparece en ninguna de las dos preguntas. En el caso de impago y desde el punto de vista del "tenedor", tanto en la letra como en el pagaré se realizaría acción de regreso previo levantamiento de protesto.

Excepto en la premisa de la aceptación de la letra por el librado para que asuma la obligación cambiaria es la principal diferencia que existe entre la letra y el pagaré ( y otras pequeñas diferencias no aplicables al caso ). En todo lo demás, incluidas las acciones cambiarias ( directa y de regreso ) funcionan de la misma forma.

Por ello creo que las preguntas están relacionadas y buscaban esta deducción, salvo que esté equivocado, claro.......que perfectamente pudiera ser.

Ha sido un examen jodido.....creo yo. >:( >:( >:(

Desconectado chache

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #534 en: 28 de Mayo de 2015, 20:50:50 pm »
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Tras haber hecho algunas comprobaciones sobre las preguntas 3 y 7 del tipo B ( posiblemente también estén en el tipo A con otra numeración ), os comento mi opinión.

Respecto a la pregunta 3 del tipo B:

El tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librador:

a) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un pagaré insatisfecho contra el firmante del pagaré.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

La pregunta habla del tenedor de la letra ( no habla del aceptante ni de que se haya aceptado ). En la letra, la acción cambiaria directa la ejerce el tenedor contra el aceptante o su avalista, en caso de impago. En la pregunta no hay aceptante, por lo que no hay acción cambiaria directa. La a) no es....la c), tampoco y lo pongo en relación con la pregunta 7 a continuación.

Respecto a la pregunta 7 del tipo B:

El tenedor de un pagaré insatisfeco tiene contra el firmante del pagaré:

a) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de una letra de cambio contra el librador.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un cheque contra el librador.
c) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.

La pregunta habla de un tenedor, no habla de beneficiario o tomador ( el pagaré se construye como relación directa entre dos partes: el firmante y el beneficiario ). La acción cambiaria directa sería entre firmante y beneficiario, no entre tenedor y firmante. La c) no puede ser. En el cheque sólo existe acción de regreso (judicial o extrajudicial), no cabe acción directa, por lo que no puede ser la b). En este caso la correcta sería la a).

El quick de la cuestión está en ambos casos no hay acción cambiaria directa pues no son los obligados cambiarios directos y cabe la acción de regreso en ambos casos si se levantara protesto o la declaración equivalente, cuestión que no aparece en ninguna de las dos preguntas. En el caso de impago y desde el punto de vista del "tenedor", tanto en la letra como en el pagaré se realizaría acción de regreso previo levantamiento de protesto.

Excepto en la premisa de la aceptación de la letra por el librado para que asuma la obligación cambiaria es la principal diferencia que existe entre la letra y el pagaré ( y otras pequeñas diferencias no aplicables al caso ). En todo lo demás, incluidas las acciones cambiarias ( directa y de regreso ) funcionan de la misma forma.

Por ello creo que las preguntas están relacionadas y buscaban esta deducción, salvo que esté equivocado, claro.......que perfectamente pudiera ser.

Ha sido un examen jodido.....creo yo. >:( >:( >:(

Hola, he encontrado un examen de septiembre de 2012 tipo C, en el que la pregunta 20 dice así:


Pregunta 20, examen tipo C, septiembre 2012 (dieron por buena la respuesta A)

20 El tenedor de un pagaré insatisfecho:
a.- Tiene acción cambiaria directa contra el firmante del pagaré, sin necesidad de protesto o declaración equivalente

b.- Tiene contra el firmante del pagaré las mismas acciones cambiarias que corresponden al tenedor de una letra de cambio impagada contra el librador de la misma

c.- Tiene contra el firmante del pagaré las mismas acciones cambiarias que corresponden al tenedor de un cheque impagado contra su librador



Pregunta 4, examen tipo A, junio 2015, primera semana

4 El tenedor de un pagará insatisfecho tiene contra el firmante del pagaré:
a) las mismas acciones cambiarias que corresponden al tenedor de una letra de cambio  contra el librador

b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un cheque contra el librador

c) Acción cambiaria directa contra el firmante del pagaré, sin necesidad de protesto o declaración equivalente


En mi humilde opinión es la misma pregunta y en 2012 dieron por correcta "acción cambiaria directa contra el firmante del pagaré, sin necesidad de protesto o declaración equivalente".

Comprobarlo si quereis.

Desconectado monitorio

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #535 en: 28 de Mayo de 2015, 21:01:12 pm »
sabeis si los test interactivos que han colgado aqui  ( respuesta 368 y 405 de este hilo) se corresponden con el recopilatorio  que circulaba por el foro actualizado a 10-3-2014 ?  que hicieron el año pasado ?

Desconectado racosta33

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #536 en: 28 de Mayo de 2015, 21:16:51 pm »


Puede ser Chache......., con este tipo de preguntas nunca se sabe.

Sólo he puesto mi deducción, que no quiere decir que sea la correcta....

Que haya suerte......

Desconectado paz664

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #537 en: 28 de Mayo de 2015, 21:34:00 pm »
Hola.

Al final me alegro muchísimo de no haber podido ir hoy al examen. Según vaya repasando temas, voy a ir haciendo éste, por aprender y ver cómo voy realmente.

He meditado un rato con respecto a la pregunta 3 del tipo B:

El tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librador:

a) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un pagaré insatisfecho contra el firmante del pagaré.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.


La a) está claro que no es. Pero yo tengo claro que la b) tampoco. La b) sería correcta si dijera "el tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librado". Pero no dice el librado, dice el librador.

Si estoy equivocada, me encantaría que me lo aclararais, porque voy a volver a caer dentro de dos semanas seguro.

Desconectado pachuli

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #538 en: 28 de Mayo de 2015, 21:54:42 pm »
Entonces la respuesta de la pregunta 24 del tipo B. Es la B?

Gracias y un saludo.

Desconectado RAQCAR

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #539 en: 28 de Mayo de 2015, 21:55:32 pm »
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Hola.

Al final me alegro muchísimo de no haber podido ir hoy al examen. Según vaya repasando temas, voy a ir haciendo éste, por aprender y ver cómo voy realmente.

He meditado un rato con respecto a la pregunta 3 del tipo B:

El tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librador:

a) Acción cambiaria directa, sin necesidad de protesto o declaración equivalente.
b) Las mismas acciones cambiarias que tiene el tenedor de un pagaré insatisfecho contra el firmante del pagaré.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.


La a) está claro que no es. Pero yo tengo claro que la b) tampoco. La b) sería correcta si dijera "el tenedor de una letra de cambio impagada tiene contra el librado". Pero no dice el librado, dice el librador.

Si estoy equivocada, me encantaría que me lo aclararais, porque voy a volver a caer dentro de dos semanas seguro.

Yo he dudado mucho en esta pregunta, la tengo mal pues puse la a) y estoy casi segura que está mal, tenía unos esquemas bajados de No puedes ver los enlaces. Register or Login y por eso no me cuadraba la a), la b) dudaba y la c)siempre me lia, en la 1º vuelta no la he contestado al final me he decidido pero según los esquemas de esta web contra el librador de una lc no hay acción directa sino de regreso, la directa sería contra el librado/aceptante. No se si te puede servir y si están bien los esquemas pero es lo que he usado.