;

Autor Tema: Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)  (Leído 87244 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado IUSMASOQUISTA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1251
  • Registro: 11/02/08
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #340 en: 09 de Mayo de 2015, 00:09:30 am »
Te he contestado en el hilo de los que se van a extinguir, pero en este te doy de nuevo las gracias, apañera, como siempre no faltas a tu cita para ayudar al prójimo  :D


Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #341 en: 09 de Mayo de 2015, 00:54:22 am »
 ;D, uffffffffff, estoy cansaita apañero.

Recuerda una cosa, acabaréis este año todos/as y el foro desaparecerá, pero vais a ser grandes, muy grandes; como dice el refrán, "los últimos serán los primeros".  ;)

Desconectado TGM

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 127
  • Registro: 18/11/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #342 en: 11 de Mayo de 2015, 10:37:02 am »
Por favor, ¿alguien sabe cómo conseguir los apuntes de Vivero?
Leo el libro de Hermenéutica una y otra vez y no soy capaz de entender nada. ¡¡¡Estoy desesperado!!!
Gracias

Desconectado Niobyta

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1267
  • Registro: 27/09/05
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #343 en: 11 de Mayo de 2015, 10:45:12 am »
Creo que tienes que mandarle un correo, usa el buscador y verás que hay varios post sobre el tema.

Yo estoy estudiando con los de 37 páginas que colgó kko, porque el libro....qué tostón!
¡Licenciada!

Desconectado pedro73

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 542
  • Registro: 09/04/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #344 en: 11 de Mayo de 2015, 21:47:24 pm »
alguien sabría explicarme en cristiano la diferencia entre epistemología y ontología, que conste que ya me leí las explicaciones de vivero y desde ese punto de vista lo entiendo, pero cuando habla de "permanente actividad critica de las diferentes doctrinas afines al pluridimensionalismo ontológico,normativismo integral"
y utras perlas por  el estilo me doy cuenta de que todavía no tengo entendido estos conceptos que veo que son básicos, porque eso del "ser saberes del ser" y "ser y actuar como saberes del ser" ya les valdrá para ellos que hablan para entendidos porque lo que es yo no me entero de nada..

por cierto me encanta el vídeo que tiene colgado el departamento de al teoría de Rwals, eso si es una buena explicación y el resto son historias..

Desconectado V.Entenza

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 285
  • Registro: 25/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #345 en: 11 de Mayo de 2015, 23:26:27 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
alguien sabría explicarme en cristiano la diferencia entre epistemología y ontología, que conste que ya me leí las explicaciones de vivero y desde ese punto de vista lo entiendo, pero cuando habla de "permanente actividad critica de las diferentes doctrinas afines al pluridimensionalismo ontológico,normativismo integral"
y utras perlas por  el estilo me doy cuenta de que todavía no tengo entendido estos conceptos que veo que son básicos, porque eso del "ser saberes del ser" y "ser y actuar como saberes del ser" ya les valdrá para ellos que hablan para entendidos porque lo que es yo no me entero de nada..

por cierto me encanta el vídeo que tiene colgado el departamento de al teoría de Rwals, eso si es una buena explicación y el resto son historias..

Hola amigo, el plano ontológico es el que se encarga de hablarnos sobre el ser, el epistemológico es referente a las formas en las que nos es posible hablar del ser con sentido, se corresponde con las distintas lógicas materiales. Podemos hablar del derecho, el ser es el derecho, pero si desarrollamos un punto de vista confeccionamos una lógica material que oscila en parámetros epistemológicos, por ej relacionar el derecho como norma, concepción normativa (plano epistemológico).

Un saludo.

Desconectado pedro73

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 542
  • Registro: 09/04/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #346 en: 12 de Mayo de 2015, 22:36:33 pm »
hola, gracias por tus explicaciones entenza, entre estas y las de alf voy tirando pero todavía no consigo diferenciarlas según los contextos, es lo que más me cuesta, pero bueno espero que poco a poco, porque estos días se va a llevar una paliza el estudio filosófico que lo entiendo o lo entiendo!!!

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #347 en: 13 de Mayo de 2015, 00:10:07 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
alguien sabría explicarme en cristiano la diferencia entre epistemología y ontología, que conste que ya me leí las explicaciones de vivero y desde ese punto de vista lo entiendo, pero cuando habla de "permanente actividad critica de las diferentes doctrinas afines al pluridimensionalismo ontológico,normativismo integral"
y utras perlas por  el estilo me doy cuenta de que todavía no tengo entendido estos conceptos que veo que son básicos, porque eso del "ser saberes del ser" y "ser y actuar como saberes del ser" ya les valdrá para ellos que hablan para entendidos porque lo que es yo no me entero de nada..

por cierto me encanta el vídeo que tiene colgado el departamento de al teoría de Rwals, eso si es una buena explicación y el resto son historias..

Aisssssss, cómo me aburre dar tantas vueltas a lo ya dado, ¡ma cachis! y no consigo aprobar HP

Vamos con,  algo de Filosofía, aunque no sea del Derecho, quizás te pueda ayudar, espero

No sé si te acordarás del "saber" o de los "saberes", yo sí, y fue una pregunta en el examen de acceso de Filosofía, "el saber cultural".

Bien, quizás digamos que el saber cultural lo tiene alguien que ha estudiado, pero no, ese saber es que el tiene una determinada cultura en base a sus costumbres, no le hace falta estudiar nada, ese "saber" digamos que es el "ontos", es el saber ontológico de la cultura de una persona en un determinado lugar.

Si de ese ontos, de ese saber comenzamos a sacar deducciones, estudios, discursos, nos vamos al "saber epistemológico" o a la epistemología, de eso primigenio se van extrayendo "versiones" en función de la persona que lo estudia, que lo escribe, que lo investiga, que lo lee, digamos que estamos en el "plano epistemológico", es la epistemología.

No sé si te habrá ayudado, pero tuve que irme en muchas ocasiones a esa Filosofía de COU para entender algunas frases tan enrevesadas que no tenía por dónde pillarlas, así que escribía al lado.

¡¡Suerte!!

Desconectado zuspi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1073
  • Registro: 12/11/07
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #348 en: 13 de Mayo de 2015, 00:17:58 am »
La ontologia se refiere al conocimiento de la cosa, por ser cosa. Ejemplo, una vaca. Sin saber nada mas la veo y se que es una cosa una vaca, lo veo y lo se.
La epistemologia, es conocer que esa vaca es un animal, mamifero, herviboro....Es un estudio mas cientifico, mas especifico, mas por menorizado.

Mas o menos.

Desconectado guesi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 705
  • Registro: 10/10/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #349 en: 13 de Mayo de 2015, 08:49:47 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La ontologia se refiere al conocimiento de la cosa, por ser cosa. Ejemplo, una vaca. Sin saber nada mas la veo y se que es una cosa una vaca, lo veo y lo se.
La epistemologia, es conocer que esa vaca es un animal, mamifero, herviboro....Es un estudio mas cientifico, mas especifico, mas por menorizado.

Mas o menos.

De mas o menos nada!!!!, me ha encantado lo de la vaca.
La vaca es, es el ser el ontos, la ontologia
Las propiedades y partes de la vaca , es el conocer, el episteme, la epistemología.

Qué se lo pongo en el examen vamos!!!, gracias

Desconectado ana79

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 206
  • Registro: 09/12/08
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #350 en: 13 de Mayo de 2015, 10:04:41 am »
Hola a todos,

Echando un ojo a los exámenes anteriores, veo que se ha repetido en alguna ocasión como pregunta corta "los modelos de ciencia jurídica en el positivismo", que es el título del tema 3............
¿Alguien podría explicarme como respondería a esta pregunta de forma breve? Por más que miro el tema, no veo una definición de modelos o algo parecido que pudiese encajar como respuesta.

Desconectado jirafilla

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 402
  • Registro: 20/07/09
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #351 en: 13 de Mayo de 2015, 10:06:17 am »
yo también me sumo al agradecimiento, y no lo dudéis yo también lo pondré si es necesario en el examen, porque sigo sin pillarla..........

gracias compañero,s sin vosotros esto es infumable.

Desconectado pasteles

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 544
  • Registro: 31/05/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #352 en: 13 de Mayo de 2015, 10:22:04 am »
Aquí lo tienes. Es un poco amplio porque te pueden preguntar por los modelos en general o la diferencia entre alguno de ellos o preguntarte uno en concreto.

MODELOS DE LA CIENCIA JURÍDICA POSITIVISTA.
Cada uno de ellos se encarga de estudiar el Derecho desde su punto de vista.
1. La Dogmática jurídica. (Modelo del positivismo jurídico; sobre todo legalista).
El término Dogmática jurídica, de un modo específico, hace referencia al estudio científico del Derecho positivo que comenzó a sistematizarse a comienzos del siglo 19, dentro del marco epistemológico definido por el modelo de las ciencias físicas. Es, pues, una creación estrechamente vinculada al positivismo.
Las principales señas de identidad de la Dogmática jurídica son: su carácter estrictamente descriptivo; su legalismo; su conceptualismo; y su pretensión de autenticidad o pureza.

2. La Teoría general del Derecho.
La Teoría general del Derecho tenía la misión prioritaria de acabar con la anarquía que existía en esa época (siglo 19), dentro de cada una de las ramas particulares de la Dogmática jurídica. Para ello elaboró un conjunto de categorías y nociones generales que, por ser comunes a todos los ordenamientos, tienen también una validez y utilidad universales.
Así, para descubrir el concepto del Derecho, bastaría con reunir un número suficientemente grande de hechos jurídicos, prescindir de sus notas accidentales, y abstraer las que fuera comunes.
De este modo, junto a la teoría general científica y empirista (fundada en la experiencia), comenzó a cultivarse una teoría general filosófica, y a priori.
Y, así, se inició un dualismo epistemológico y metodológico que ha perdurado hasta hoy.

3. La Historia del Derecho.
Dos intereses convergentes en el estudio histórico de las instituciones jurídicas:
Los puramente históricos o histórico-político. La historia del Derecho cultivada por los historiadores se ha ocupado prioritariamente de aquellos aspectos que contribuyen a completar y enriquecer los conocimientos globales que se tienen del pasado histórico de las diversas sociedades o pueblos.
Los netamente jurídicos. En cambio, la historia del Derecho preferida por los juristas se ha ocupado sobre todo de los datos y aspectos que pueden contribuir a un conocimiento más exhaustivo y profundo de los distintos elementos institucionales de los Derechos vigentes.

4. La Sociología del Derecho.
Tiene como objeto propio del estudio, al Derecho en su íntegra dimensión de hecho social;
Su misión específica se centra en descubrir, verificar, y formular sistemáticamente las relaciones de interdependencia que existen entre el Derecho y los demás hechos o agentes de la organización social; en consecuencia, el análisis sociológico del Derecho ha de ocuparse:
1. Estudio de la dependencia que tiene el Derecho respecto de la organización social.
2. Influencia del Derecho sobre los mecanismos de organización social y sobre su desarrollo.
3. Análisis de la dependencia entre sí de valores jurídicos y los otros valores o principios que informan el sistema social.

5. El Derecho comparado.
Estudio comparativo de los diferentes ordenamientos jurídicos que están vigentes en una misma época, con el fin de descubrir las coincidencias y divergencias que median entre ellos.
Se centra en el análisis de las normas jurídicas vigentes, tomándolas como material científico sometido a la elaboración y reconstrucción racional, para llevar a cabo las comparaciones.
Podría entenderse, por tanto, que los estudios comparados del Derecho no son más que una de las múltiples actividades de investigación que competen a quienes se ocupan de fijar y determinar con rigor científico el concepto general del Derecho y las categorías jurídicas fundamentales.

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #353 en: 13 de Mayo de 2015, 17:53:48 pm »
alguien sabe que texto era la base de esta zona ?

Zona 1 (campus noroeste y suroeste): ANA MARÍA MARCOS
A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Asturias, Ponferrada, Zamora, Plasencia, Mérida, Cádiz, Huelva, Sevilla, Córdoba,
Campo de Gibraltar-Algeciras, Málaga, La Palma, El Hierro, Tenerife, Las Palmas, Lanzarote, Fuerteventura


el de hemeneutica ?

Desconectado silvia70

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 5581
  • Registro: 14/08/11
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #354 en: 13 de Mayo de 2015, 18:04:06 pm »
el manual fácil, el de 18 lecciones.

Desconectado volvoreta82

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 96
  • Registro: 10/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #355 en: 13 de Mayo de 2015, 18:12:28 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
alguien sabe que texto era la base de esta zona ?

Zona 1 (campus noroeste y suroeste): ANA MARÍA MARCOS
A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Asturias, Ponferrada, Zamora, Plasencia, Mérida, Cádiz, Huelva, Sevilla, Córdoba,
Campo de Gibraltar-Algeciras, Málaga, La Palma, El Hierro, Tenerife, Las Palmas, Lanzarote, Fuerteventura


el de hemeneutica ?
Yo pertenezco a esa zona, el título es: "Manual de Filosofía del Derecho" (uno de los autores es Ana María Marcos).
En el prólogo aparece que su antecesor es "18 lecciones de Filosofía del Derecho"

Desconectado trasgo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 690
  • Registro: 16/01/11
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #356 en: 13 de Mayo de 2015, 19:11:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Aquí lo tienes. Es un poco amplio porque te pueden preguntar por los modelos en general o la diferencia entre alguno de ellos o preguntarte uno en concreto.

MODELOS DE LA CIENCIA JURÍDICA POSITIVISTA.
Cada uno de ellos se encarga de estudiar el Derecho desde su punto de vista.
1. La Dogmática jurídica. (Modelo del positivismo jurídico; sobre todo legalista).
El término Dogmática jurídica, de un modo específico, hace referencia al estudio científico del Derecho positivo que comenzó a sistematizarse a comienzos del siglo 19, dentro del marco epistemológico definido por el modelo de las ciencias físicas. Es, pues, una creación estrechamente vinculada al positivismo.
Las principales señas de identidad de la Dogmática jurídica son: su carácter estrictamente descriptivo; su legalismo; su conceptualismo; y su pretensión de autenticidad o pureza.

2. La Teoría general del Derecho.
La Teoría general del Derecho tenía la misión prioritaria de acabar con la anarquía que existía en esa época (siglo 19), dentro de cada una de las ramas particulares de la Dogmática jurídica. Para ello elaboró un conjunto de categorías y nociones generales que, por ser comunes a todos los ordenamientos, tienen también una validez y utilidad universales.
Así, para descubrir el concepto del Derecho, bastaría con reunir un número suficientemente grande de hechos jurídicos, prescindir de sus notas accidentales, y abstraer las que fuera comunes.
De este modo, junto a la teoría general científica y empirista (fundada en la experiencia), comenzó a cultivarse una teoría general filosófica, y a priori.
Y, así, se inició un dualismo epistemológico y metodológico que ha perdurado hasta hoy.

3. La Historia del Derecho.
Dos intereses convergentes en el estudio histórico de las instituciones jurídicas:
Los puramente históricos o histórico-político. La historia del Derecho cultivada por los historiadores se ha ocupado prioritariamente de aquellos aspectos que contribuyen a completar y enriquecer los conocimientos globales que se tienen del pasado histórico de las diversas sociedades o pueblos.
Los netamente jurídicos. En cambio, la historia del Derecho preferida por los juristas se ha ocupado sobre todo de los datos y aspectos que pueden contribuir a un conocimiento más exhaustivo y profundo de los distintos elementos institucionales de los Derechos vigentes.

4. La Sociología del Derecho.
Tiene como objeto propio del estudio, al Derecho en su íntegra dimensión de hecho social;
Su misión específica se centra en descubrir, verificar, y formular sistemáticamente las relaciones de interdependencia que existen entre el Derecho y los demás hechos o agentes de la organización social; en consecuencia, el análisis sociológico del Derecho ha de ocuparse:
1. Estudio de la dependencia que tiene el Derecho respecto de la organización social.
2. Influencia del Derecho sobre los mecanismos de organización social y sobre su desarrollo.
3. Análisis de la dependencia entre sí de valores jurídicos y los otros valores o principios que informan el sistema social.

5. El Derecho comparado.
Estudio comparativo de los diferentes ordenamientos jurídicos que están vigentes en una misma época, con el fin de descubrir las coincidencias y divergencias que median entre ellos.
Se centra en el análisis de las normas jurídicas vigentes, tomándolas como material científico sometido a la elaboración y reconstrucción racional, para llevar a cabo las comparaciones.
Podría entenderse, por tanto, que los estudios comparados del Derecho no son más que una de las múltiples actividades de investigación que competen a quienes se ocupan de fijar y determinar con rigor científico el concepto general del Derecho y las categorías jurídicas fundamentales.

El problema lo tenemos los que estudiamos por el manual de hermenéutica, no esta tan claro como en el de 18 lecciones ( del que se extrae tu excelente respuesta). Yo aun estoy planteándome como contestarla.
Fran.

Desconectado valvert

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 123
  • Registro: 28/07/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #357 en: 13 de Mayo de 2015, 20:50:17 pm »
¿Teneis ya la corrección de la PEC?. ¿Ha sido muy exigentes?

Desconectado V.Entenza

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 285
  • Registro: 25/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #358 en: 14 de Mayo de 2015, 00:35:00 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿Teneis ya la corrección de la PEC?. ¿Ha sido muy exigentes?

Yo he hecho un resumen del VIDEO y por lo visto es del Libro, así que me han puesto un CERO.

jajajaja

 :D :D :D :D :D :D

Desconectado guesi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 705
  • Registro: 10/10/10
Re:Hilo Oficial Filosofía del Derecho (2014 / 2015)
« Respuesta #359 en: 17 de Mayo de 2015, 10:54:09 am »
que hartera!!!
estoy supercerrada con esta asignatura, me emociono cuando avanzo en los temas, pero cuando vulevo al repaso de los primeros se me revuelve todo y dejo de entender lo que había entendido.
Necesito estructurar los primeros temas en 1-2-3, meseorvidaaaa tooooo

Hasta las narices de los planos, de la ciencia jurídica.

¿sabésis si hay alguna clase de los distintos planos del saber?, con ejemplos entendibles?
Gracias