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Autor Tema: Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)  (Leído 45713 veces)

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Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #360 en: 29 de Enero de 2016, 18:19:34 pm »
Ts 15 años del art 1964 para la responsabilidad extracontractual y responsabilidad civil dimanante del delito
Pag 344


Desconectado Mikel.hg

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #361 en: 29 de Enero de 2016, 18:29:47 pm »
Ya, 1 año.

Pero creo que el caso práctico se basan en como defiendes el caso, yo dije que sí era posibles ya que han podido aparecer otros daños no visibles en un 1er momento.

¿Qué creéis?

Saludos

Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #362 en: 29 de Enero de 2016, 18:38:26 pm »
bien yo es que no vi el caso completo pero por lo que leí es un delito imprudente de lesiones con lo que entraria en juego el art.1964 15 años  según jurisprudencia TS

suerte a los de la segunda semana ya quea menos

Desconectado Maria_Perez

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #363 en: 29 de Enero de 2016, 18:50:14 pm »
Por el Art. 1902 tienen que pagarle las lesiones.
Por el Art. 1968, tienen un año para reclamar
Por el Art. 1969 el año empieza a contar desde que conoce el alcance de sus lesiones.
Yo diría que no ha prescrito porque han seguido apareciendo lesiones ocultas.


Desconectado ecaracet1

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #364 en: 29 de Enero de 2016, 19:38:06 pm »
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bien yo es que no vi el caso completo pero por lo que leí es un delito imprudente de lesiones con lo que entraria en juego el art.1964 15 años  según jurisprudencia TS

suerte a los de la segunda semana ya quea menos

No es un delito de nada porque no ha habido juicio y por tanto tampoco sentencia

Desconectado ecaracet1

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #365 en: 29 de Enero de 2016, 19:39:45 pm »
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Por el Art. 1902 tienen que pagarle las lesiones.
Por el Art. 1968, tienen un año para reclamar
Por el Art. 1969 el año empieza a contar desde que conoce el alcance de sus lesiones.
Yo diría que no ha prescrito porque han seguido apareciendo lesiones ocultas.

Si leemos el caso con detenimiento
Que por cierto lo han transcrito en la página anterior
No han seguido apareciendo daños
Simplemente pregunta si puede interponer o no
Acción de resarcimiento

Desconectado elcoquicoqui

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #366 en: 29 de Enero de 2016, 19:40:10 pm »
Yo he puesto que es un año desde el hecho, pero en este caso si en ese momento no se sabía el alcance de los daños sufridos, desde que los conozca.

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #367 en: 29 de Enero de 2016, 20:28:36 pm »
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Yo he puesto que es un año desde el hecho, pero en este caso si en ese momento no se sabía el alcance de los daños sufridos, desde que los conozca.

Creo que esta es la respuesta más acertada y la que yo como profesor buscaría. A mi me han pillado en lo del año, no lo recordaba, y he culebreado con que si no las conocía hasta los dos años, el plazo no prescribía, mas o menos lo que también ha puesto el compAñero Mikel.

Desconectado cazalla88

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #368 en: 29 de Enero de 2016, 20:38:18 pm »
Algun@ habeis hablado de daños continuados?

Desconectado Ever

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #369 en: 29 de Enero de 2016, 22:43:17 pm »
Yo he dicho que estaba prescrito porque ya había trascurrido un año desde que se fijó el alcance de las lesiones, especificando que entendía que el alcance había quedado fijado cuando se recibió atención médica y tratamiento de las mismas.

Por otro lado no considero aplicable al tiempo de prescripción de responsabilidad civil derivada de delito por lo siguiente:
1. En ningún momento se habla de delito imprudente, se dice que el conductor iba a una velocidad mayor de la permitida y que atropelló a la mujer, pero de ahí a que sea delito...
2. En el caso se habla específicamente de "demanda" no de denuncia, ni de querella, con lo que entiendo que se está planteando ejercer acciones penales, no civiles.
3. Si hubiera sido responsabilidad civil derivada de delito la sentencia del juzgado de lo penal debería de haberse pronunciado sobre la responsabilidad civil, y está claro que no lo hizo. Dejando a salvo la posibilidad de una reserva de acciones, que sin que lo diga el enunciado, me parece mucho, mucho suponer.

Por otro lado, si fuera responsabilidad civil derivada de delito, que yo creo que no lo es, el plazo de prescripción serían 5 años, pero se critica duramente en el libro esa línea jurisprudencial es criticada duramente.

Desconectado juanma72

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #370 en: 30 de Enero de 2016, 00:11:20 am »
Tal como esta escrito, es un año desde que ocurrió el suceso. Empezaría a contar desde la estabilización lesional si estas fueran de gravedad (días impeditivos), pero como no lo son, un año desde el suceso, a través de demanda de conciliación.

La velocidad del coche o que estuviera en un paso de cebra no afecta al resto. Si ha cometido infracción el conductor, la policía lo sancionará, pero no afecta en nada al atropello ni a la indemnización de las lesiones.

Siento meter la nariz en el tema, pero leyendo el caso no pude resistirme.


PD. Soy tramitador de siniestros con lesiones desde hace muuuuuchos años.


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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #371 en: 30 de Enero de 2016, 00:44:36 am »
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Tal como esta escrito, es un año desde que ocurrió el suceso. Empezaría a contar desde la estabilización lesional si estas fueran de gravedad (días impeditivos), pero como no lo son, un año desde el suceso, a través de demanda de conciliación.

La velocidad del coche o que estuviera en un paso de cebra no afecta al resto. Si ha cometido infracción el conductor, la policía lo sancionará, pero no afecta en nada al atropello ni a la indemnización de las lesiones.

Siento meter la nariz en el tema, pero leyendo el caso no pude resistirme.


PD. Soy tramitador de siniestros con lesiones desde hace muuuuuchos años.
Pues con tu experiencia, deberias saber que muchas Policías Locales están imputando a los conductores que cometen atropellos en pasos de cebra

Desconectado juanma72

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #372 en: 30 de Enero de 2016, 00:58:36 am »
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Pues con tu experiencia, deberias saber que muchas Policías Locales están imputando a los conductores que cometen atropellos en pasos de cebra

Imputando de que? No afecta para nada la infracción con las lesiones, lo sancionaran todo lo que tengan que sancionarlo, pero las lesiones y la demanda por las lesiones ni afectaban antes ni ahora.

Ni tiene mas plazo para demandar ni le van a pagar mas por la infracción.

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #373 en: 30 de Enero de 2016, 01:01:28 am »
Esque es la obligación de un policía municipal,  realizar un atestado cuando haya un atropello en un ceda el paso, y no siempre se imputa un delito.

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #374 en: 30 de Enero de 2016, 08:02:38 am »
Yo he puesto 1 año, pero si las lesiones eran graves ese año empezaba a contar desde que le daban el alta medica, cosa que tambien era indispensable para el juez para determinar la cuantia de la indemnizacion... No se si la habre cagado (como todo el examen) o podra colar...
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

Desconectado FredyBlanco

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #375 en: 30 de Enero de 2016, 11:07:40 am »
Acordaos, en el caso practico no existe una sola respuesta correcta. Lo correcto es la manera de argumentarlo.
Estaba hecho para que estuvieramos seguros de que es 1 año o si siguen apareciendo lesiones entonces mas. A partir de ahi, cualquier argumentacion, mientras se base en leyes o jurisprudencia, es valido

Pero vamos, que un poco rebuscado si que me ha parecido que pregunten el ultimo epigrafe del programa...

Desconectado Ever

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #376 en: 30 de Enero de 2016, 11:20:01 am »
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Tal como esta escrito, es un año desde que ocurrió el suceso. Empezaría a contar desde la estabilización lesional si estas fueran de gravedad (días impeditivos), pero como no lo son, un año desde el suceso, a través de demanda de conciliación.

La velocidad del coche o que estuviera en un paso de cebra no afecta al resto. Si ha cometido infracción el conductor, la policía lo sancionará, pero no afecta en nada al atropello ni a la indemnización de las lesiones.

Siento meter la nariz en el tema, pero leyendo el caso no pude resistirme.


PD. Soy tramitador de siniestros con lesiones desde hace muuuuuchos años.

Pues serás tramitador de seguros, pero dices una barbaridades bastante importantes:

1. "Un año desde que ocurrió el suceso": Ni de coña. La fecha en la que ocurrió es irrelevante a efectos del cómputo del plazo de prescripción. La regla general de prescripción de responsabilidad extracontractual el 1 año desde que lo supo el agraviado, y tiene jurisprudencia para aburrir respecto a que el cómputo de la prescripción en caso de lesiones comienza una vez que se ha fijado completamente el alcance de las lesiones.
2. "Dias impeditivos": ¿Qué chorrada es ésta? El dia impeditivo o no impeditivo tendrá relevancia a la hora de calcular el importe de la indemnización, pero no a la hora de determinar el inicio del plazo de prescripción.
3. "La velocidad del coche no afecta al resto" Claro, porque tu lo digas, se conoce que los delitos contra la seguridad del tráfico no existen, y como no existen, no existe la responsabilidad penal derivada de delitos que no existen.
4. Si ha cometido un atropello la policía lo sancionará... La policía no sanciona. La policía denuncia.
5. ...pero no afecta en nada al atropello ni a la indemnización: Puede afectar si es considerado delito a la prescripción de la acción por responsabilidad civil, ya que conforme al criterio jurisprudencia la derivada de delito tiene un plazo de prescipción de 5 años actualmente. Lo que era relevante para el caso.

En resumen: Chico, no has dado ni una.

¿En que compañía decías que trabajas?

Un saludo

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #377 en: 30 de Enero de 2016, 15:51:34 pm »
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Pues serás tramitador de seguros, pero dices una barbaridades bastante importantes:

1. "Un año desde que ocurrió el suceso": Ni de coña. La fecha en la que ocurrió es irrelevante a efectos del cómputo del plazo de prescripción. La regla general de prescripción de responsabilidad extracontractual el 1 año desde que lo supo el agraviado, y tiene jurisprudencia para aburrir respecto a que el cómputo de la prescripción en caso de lesiones comienza una vez que se ha fijado completamente el alcance de las lesiones.
2. "Dias impeditivos": ¿Qué chorrada es ésta? El dia impeditivo o no impeditivo tendrá relevancia a la hora de calcular el importe de la indemnización, pero no a la hora de determinar el inicio del plazo de prescripción.
3. "La velocidad del coche no afecta al resto" Claro, porque tu lo digas, se conoce que los delitos contra la seguridad del tráfico no existen, y como no existen, no existe la responsabilidad penal derivada de delitos que no existen.
4. Si ha cometido un atropello la policía lo sancionará... La policía no sanciona. La policía denuncia.
5. ...pero no afecta en nada al atropello ni a la indemnización: Puede afectar si es considerado delito a la prescripción de la acción por responsabilidad civil, ya que conforme al criterio jurisprudencia la derivada de delito tiene un plazo de prescipción de 5 años actualmente. Lo que era relevante para el caso.

En resumen: Chico, no has dado ni una.

¿En que compañía decías que trabajas?

Un saludo

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #378 en: 30 de Enero de 2016, 17:07:28 pm »
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Imputando de que? No afecta para nada la infracción con las lesiones, lo sancionaran todo lo que tengan que sancionarlo, pero las lesiones y la demanda por las lesiones ni afectaban antes ni ahora.

Ni tiene mas plazo para demandar ni le van a pagar mas por la infracción.

Que no afecta la imputación de un delito? Miratelo un poco porque les vendría bien a tus clientes.
En el momento que se le imputa un delito, existirá juicio en el que la victima podrá exigir indemnización. La propia Fiscalía es la que insiste en la imputación en el caso de atropellos con lesiones de consideración.

Desconectado camel80

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Re:Hilo Oficial Civil II primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #379 en: 30 de Enero de 2016, 17:09:25 pm »
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Esque es la obligación de un policía municipal,  realizar un atestado cuando haya un atropello en un ceda el paso, y no siempre se imputa un delito.
Y que tiene que ver un atestado con imputar un delito?. No siempre en caso de accidente hay obligación de realizar atestado.