jjajjaja estamos todos iguales....es increible a mi examenes como este me bajan la moral totalmente es una de las asignaturas que me queda ya para acabar la carrera y con examenes como el de hoy no termino de ver el final...
No chinarse, que como he dicho, en el mismisimo remoto de que un concejal pudiera hacer algo así, podríamos impugnarla, por el simple hecho de que menciona en el enunciado que el concejal es "de su localidad" o sea un concejal podrá tener competencias de tráfico dentro de "SU LOCALIDAD" pero fuera no, y que yo sepa, no nos han dicho que el conductor circulara por su localidad, vamos como he dicho, el conductor puede ser de Badajoz (por lo que el concejal sería de badajoz) y estar circulando en asturias... ¿Que hace un alcalde de badajoz en asturias? ni idea... ¿tiene autoridad para hacerle un control a un vehículo en asturias? ni de coña... ¿Por que? Por un motivo de conflicto de competencias territoriales...
Así que, o nos dan por buena la D, o todo el mundo a impugnar...
Como diría la anciana de LQSA, a impugnar, a impugnar!!!! XD