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Autor Tema: Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)  (Leído 36399 veces)

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Desconectado Izaskun74

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #420 en: 09 de Junio de 2017, 11:42:11 am »
Creo que no hay plantillas aún, las sacarán juntas. De todas formas yo no accedo a las plantillas, soy de la extinción.


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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #421 en: 09 de Junio de 2017, 12:23:59 pm »
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No hacen media si no se aprueban las dos pruebas por separado, es un fastidio pero lógico, los exámenes tipo test son netamente objetivos, o sacas el 5 como mínimo en cada parcial o no, ánimo que en septiembre lo sacáis.

Ni con un 4'8 en uno de los examenes?  ::)

Suerte a todos y muchas gracias a todo el foro por el trabajo que se comparte en todas las asignaturas.

Desconectado Izaskun74

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #422 en: 09 de Junio de 2017, 13:04:26 pm »
No sé lo que harán...yo creo que tengo aprobado, pero si tengo otra mal tengo suspendido, con un 4,5...en el otro parcial tengo un 6,8 con esto acabo la Licenciatura, si suspendo este examen con un 4,5 y no me ponen un 5 y en consecuencia tendría que hacer el año que viene otra vez Mercantil II, pero además el TFG y el Master voy a hablar hasta con Rajoy...porque no sería justo que no hayan dado las convocatorias habituales, de septiembre por lo menos.

Desconectado habisya

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #423 en: 09 de Junio de 2017, 13:13:54 pm »
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Ni con un 4'8 en uno de los examenes?  ::)

Suerte a todos y muchas gracias a todo el foro por el trabajo que se comparte en todas las asignaturas.
Me temo que no, a parte que no sería justo porque por esa regla de tres la gente que tenga por ejemplo un 6,8 en el global podría reclamar un 7 o quien tenga un 9,8 la matrícula y así sucesivamente, de todas formas por probar no pierdes nada...
"quotquotNo discutas con idiotas, corres el riesgo de que no se aprecie la diferencia"quotquot

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #424 en: 11 de Junio de 2017, 21:24:16 pm »
Para arrojar un poco de luz en la pregunta 14 del examen C, la de las operaciones ordinarias que son rescindibles si se realizan en condiciones normales, ó dentro de los dos años, un compañero del foro oficial ha puesto el art. 71 que os copio e literal:

Artículo 71. Acciones de reintegración.

1. Declarado el concurso, serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta.

2. El perjuicio patrimonial se presume, sin admitir prueba en contrario, cuando se trate de actos de disposición a título gratuito, salvo las liberalidades de uso, y de pagos u otros actos de extinción de obligaciones cuyo vencimiento fuere posterior a la declaración del concurso, excepto si contasen con garantía real, en cuyo caso se aplicará lo previsto en el apartado siguiente.

3. Salvo prueba en contrario, el perjuicio patrimonial se presume cuando se trate de los siguientes actos:

1.º Los dispositivos a título oneroso realizados a favor de alguna de las personas especialmente relacionadas con el concursado.

2.º La constitución de garantías reales a favor de obligaciones preexistentes o de las nuevas contraídas en sustitución de aquéllas.

3.º Los pagos u otros actos de extinción de obligaciones que contasen con garantía real y cuyo vencimiento fuere posterior a la declaración del concurso.

4. Cuando se trate de actos no comprendidos en los tres supuestos previstos en el apartado anterior, el perjuicio patrimonial deberá ser probado por quien ejercite la acción rescisoria.

5. En ningún caso podrán ser objeto de rescisión:

1.º Los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor realizados en condiciones normales.

2.º Los actos comprendidos en el ámbito de leyes especiales reguladoras de los sistemas de pagos y compensación y liquidación de valores e instrumentos derivados.

3.º Las garantías constituidas a favor de los créditos de Derecho Público y a favor del FOGASA en los acuerdos o convenios de recuperación previstos en su normativa específica.

Por lo tanto creo que el departamento nos la ha colado por detrás y han acertado de pleno quienes se la jugaron a poner que no eran en ningún caso rescindibles. Ojo bajo mi opinión la respuesta B también sería perfectamente válida porque aunque le hayan dado la vuelta a la pregunta y no especifíquen "perjudiciales", la pregunta tal cual está planteada también es valida según el mismo artículo de la ley,también os digo que no he sido capaz de encontrar una referencia en el manual a dicha parte del artículo en el que se identifique la respuesta correcta por lo tanto también sería impugnable. Vosotros que opináis?

Desconectado PEGASUS

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #425 en: 11 de Junio de 2017, 21:55:41 pm »
Pregunta nº 14 Tipo C

14ª) Las operaciones ordinarias de tráfico a  que se dedique el deudor del concursado:

a) No es en ningún caso rescindibles si se realizan en condiciones normales.
En ningún caso podrán ser objeto de rescisión: 1.º Los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor realizados en condiciones normales. (art. 71.5.1 LC).

b) Serán rescindibles si se realizan dentro de los dos años anteriores a la declaración del concurso.
Serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta (art. 71.1 LC).

c) Serán rescindibles dependiendo de las características de la contraparte.

Viendo el art. 71 LC. tienes razón las respuestas a) y b) de la pregunta nº 14 tipo C son correctas.

Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #426 en: 11 de Junio de 2017, 22:06:43 pm »
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Para arrojar un poco de luz en la pregunta 14 del examen C, la de las operaciones ordinarias que son rescindibles si se realizan en condiciones normales, ó dentro de los dos años, un compañero del foro oficial ha puesto el art. 71 que os copio e literal:

Artículo 71. Acciones de reintegración.

1. Declarado el concurso, serán rescindibles los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta.

2. El perjuicio patrimonial se presume, sin admitir prueba en contrario, cuando se trate de actos de disposición a título gratuito, salvo las liberalidades de uso, y de pagos u otros actos de extinción de obligaciones cuyo vencimiento fuere posterior a la declaración del concurso, excepto si contasen con garantía real, en cuyo caso se aplicará lo previsto en el apartado siguiente.

3. Salvo prueba en contrario, el perjuicio patrimonial se presume cuando se trate de los siguientes actos:

1.º Los dispositivos a título oneroso realizados a favor de alguna de las personas especialmente relacionadas con el concursado.

2.º La constitución de garantías reales a favor de obligaciones preexistentes o de las nuevas contraídas en sustitución de aquéllas.

3.º Los pagos u otros actos de extinción de obligaciones que contasen con garantía real y cuyo vencimiento fuere posterior a la declaración del concurso.

4. Cuando se trate de actos no comprendidos en los tres supuestos previstos en el apartado anterior, el perjuicio patrimonial deberá ser probado por quien ejercite la acción rescisoria.

5. En ningún caso podrán ser objeto de rescisión:

1.º Los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor realizados en condiciones normales.

2.º Los actos comprendidos en el ámbito de leyes especiales reguladoras de los sistemas de pagos y compensación y liquidación de valores e instrumentos derivados.

3.º Las garantías constituidas a favor de los créditos de Derecho Público y a favor del FOGASA en los acuerdos o convenios de recuperación previstos en su normativa específica.

Por lo tanto creo que el departamento nos la ha colado por detrás y han acertado de pleno quienes se la jugaron a poner que no eran en ningún caso rescindibles. Ojo bajo mi opinión la respuesta B también sería perfectamente válida porque aunque le hayan dado la vuelta a la pregunta y no especifíquen "perjudiciales", la pregunta tal cual está planteada también es valida según el mismo artículo de la ley,también os digo que no he sido capaz de encontrar una referencia en el manual a dicha parte del artículo en el que se identifique la respuesta correcta por lo tanto también sería impugnable. Vosotros que opináis?

Esta pregunta es de años anteriores y siempre dieron buena la respuesta A "No es en ningún caso rescindibles si se realizan en condiciones normales".

Es la respuesta correcta al 100%.

La respuesta b "Serán rescindibles si se realizan dentro de los dos años anteriores a la declaración del concurso" solo es verdadera en ciertos casos... cuando sean actos perjudiciales. Efectivamente es una pregunta trampa.

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #427 en: 12 de Junio de 2017, 17:42:24 pm »
Ya están las plantillas, un 5,5. Hasta luego mercantiles!!!

Desconectado capri40

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #428 en: 12 de Junio de 2017, 17:48:34 pm »
Olé, olé y olé. Yo también me he quitado los mercantiles. Bye, bye  :D

Desconectado svintus

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #429 en: 12 de Junio de 2017, 17:49:10 pm »
MERCANTIL II
Plantillas de corrección
Junio 2017
1ª semana
MODELO A
1. b 6. b 11. c 16. a
2. b 7. c 12. c 17. c
3. b 8. c 13. c 18. c
4. c 9. c 14. a 19. a
5. c 10. c 15. b 20. b
MODELO B
1. c 6. b 11. c 16. b
2. c 7. c 12. a 17. c
3. b 8. c 13. b 18. c
4. b 9. c 14. a 19. c
5. b 10. c 15. c 20. a
2ª semana
MODELO C
1. b 6. b 11. c 16. b
2. b 7. c 12. c 17. b
3. b 8. b 13. c 18. b
4. c 9. b 14. a 19. a
5. a 10. b 15. a 20. c
MODELO D
1. b 6. a 11. b 16. c
2. b 7. b 12. a 17. a
3. b 8. c 13. b 18. b
4. b 9. b 14. c 19. c
5. c 10. b 15. c 20. c

Desconectado laurafm

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #430 en: 12 de Junio de 2017, 17:51:24 pm »
9.25  :), lastima del 6.5 del primer parcial pero un coñazo menos  :D

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #431 en: 12 de Junio de 2017, 17:56:31 pm »
Hay un error en la plantilla del tipo D, en la pregunta 20.
El auto de declaración del concurso tiene como contenido necesario: la correcta es la a), el nombramiento de la admón. concursal, que es la que dan por buena también en la misma del tipo C; sin embargo, en la plantilla D han dado por buena "la declaración de disolución de la sociedad si el concursado fuese empresario social.

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #432 en: 12 de Junio de 2017, 18:00:31 pm »
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9.25  :), lastima del 6.5 del primer parcial pero un coñazo menos  :D
[/quoteo
Cuanta razón llevas.... yo también me la quito con un 8,4 de media

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #433 en: 12 de Junio de 2017, 18:11:29 pm »
No me puedo creer que de 4 asignaturas que llevo, entre tributario que ya tengo nota y las plantillas de penal y mercantil (a falta de confirmar claro está), sólo me falte por saber internacional público sólo una semana después de examenes. Nunca me había pasado, siempre apurando hasta el final jeje.

Desconectado maygadea

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #434 en: 12 de Junio de 2017, 18:19:07 pm »
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Hay un error en la plantilla del tipo D, en la pregunta 20.
El auto de declaración del concurso tiene como contenido necesario: la correcta es la a), el nombramiento de la admón. concursal, que es la que dan por buena también en la misma del tipo C; sin embargo, en la plantilla D han dado por buena "la declaración de disolución de la sociedad si el concursado fuese empresario social.

Ya han corregido la plantilla

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #435 en: 12 de Junio de 2017, 18:19:52 pm »
Enhorabuena a todos, una menos y encarando la recta final.   Gracias a los compañeros por los apuntes. ;)

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #436 en: 12 de Junio de 2017, 18:20:20 pm »
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Ya han corregido la plantilla

Me alegro, como para estar pendiendo de una jaja menudo cague, suerte a todos!

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #437 en: 12 de Junio de 2017, 18:26:51 pm »
Una menos, enhorabuena a todos los aprobados.
Se van acabando las asignaturas tipo test, y ahora la mayor parte de las que me quedan son de desarrollo. Una pena, pero a por ellas,... ;)

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #438 en: 12 de Junio de 2017, 18:33:03 pm »
La plantilla confirma lo que ya sabíamos, al menos los de la primera semana...otra pa la saca!  ;) Enhorabuena a todos los aprobados y mucha suerte a los que vayan a septiembre. Ya queda poco... :D
Saludos

Desconectado msegala1

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Re:Hilo Oficial Mercantil II segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #439 en: 12 de Junio de 2017, 19:08:21 pm »
Una menos!!  ;)