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Autor Tema: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I  (Leído 17909 veces)

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Desconectado giselle

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #40 en: 02 de Septiembre de 2008, 16:47:31 pm »
El principio Iura novit curia es básico en nuestra carrera, viene en el libro y es materia de examen. Por dedicarle tan poco espacio el autor, no consideré que fuera a caer, pero entraba dentro de lo posible. Yo no creo que prospere la impuganción. Solo no entra la letra pequeña.


Desconectado kruz

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #41 en: 02 de Septiembre de 2008, 18:44:36 pm »
El examen, bajo mi punto de vista, se las trae.
Además de la preguntita, del iuris novit curia, que es una pasada que nos hayan preguntado con tan poca concreción (yo intentaba recordar mi latín de 2º de BUP,  para ver si traduciendo me iluminaba, pero nada) y de la dificultad de resumir lo que es un tema en el desarrollo de una sola pregunta (es muy subjetiva su correccción), me pregunto yo (agradezco aclaraciones al respecto) que para qué la referencia al caso práctico, si no tenía directamente nada que ver: nos hacen referencia a un documento que es una partida de nacimiento para luego preguntarnos por el concebido pero no nacido. No sé yo no le encuentro relación.

Desconectado BERPE

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #42 en: 02 de Septiembre de 2008, 18:53:03 pm »
Además, me ocurrió algo muy gracioso, pues en mi examen no se en el vuestro, no constaba que se podía llevar el practicum. Por lo que es profesor que estaba al cargo me lo quiso quitar, yo le enseñe la pregunta número cinco, la cual se refiere al texto 3º, y la verdad que por que no lo miró, sino seguro que me lo quita por no tener nada que ver.
Pero a lo que iba, en vuestros exámenes tampoco estaba especificado que se podía llevar el practicum, en el mio solo ponía Programa Oficial de la asignatura.  ::)

Desconectado Robinson

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #43 en: 02 de Septiembre de 2008, 19:18:54 pm »
Bueno, la verdad que el principio "iura novit curia" solo lo había leído una vez en el libro, pero se repetía a la hora de estudiar la costumbre, ya que ésta hay que demostrarla por parte de las partes, por lo que no se da en ese caso dicho principio.
Por otro lado coincido con Berpe  en lo de la partida de nacimiento, cuando cogí el practicum sentí la sensación de que me estaban tomando el pelo. Entiendo y reconozco que estudiar con los documentos reales es muy útil, pero la pregunta de hoy no tenia nada que ver con ese documento, ya que el nacido no concebido "nasciturus" ni siquiera tiene partida de nacimiento.

Un saludo y suerte.
"quotquotLa Ley es para quién sirve"quotquot Nerón.

Desconectado DRANKY

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #44 en: 02 de Septiembre de 2008, 19:30:47 pm »
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El examen, bajo mi punto de vista, se las trae.
Además de la preguntita, del iuris novit curia, que es una pasada que nos hayan preguntado con tan poca concreción (yo intentaba recordar mi latín de 2º de BUP,  para ver si traduciendo me iluminaba, pero nada) y de la dificultad de resumir lo que es un tema en el desarrollo de una sola pregunta (es muy subjetiva su correccción), me pregunto yo (agradezco aclaraciones al respecto) que para qué la referencia al caso práctico, si no tenía directamente nada que ver: nos hacen referencia a un documento que es una partida de nacimiento para luego preguntarnos por el concebido pero no nacido. No sé yo no le encuentro relación.
"Tiene mucho que ver, el concebido no nacido, no es sujeto de derechos, puesto que no existe, al no existir  (vivir 24 horas fuera del claustro materno es el requisito, amén de otros) no tiene partida de nacimiento, pero? se puede decir que no tiene ningún derecho : respuesta No, el ordenamiento jurídico le da una serie de derechos de herencia y otros que le beneficien....."
Por ahí debe de haber ido el practicum.....
Esto lo digo por aclarar algo, pues sólo me queda 1 para licenciarme y ya hace mucho que hice civil I
...............................
En cuanto a lo de "curia novit iuria" no saber lo que es tiene delito, es uno de los principales principios del ordenamiento jurídico español....
de todas formas se repetirá junto  muchos otros principios a lo largo de la carrera....
De todas formas lo he dicho antes no os asustéis que con 4 bien se aprueba... pero no veo bien impugnar algo no impugnable (espero no equivocarme)
SAludos.
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que al esclavo manumite  y nbspnbsp a la esclava mete-mano!!!!!!!! -El único Derech

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #45 en: 02 de Septiembre de 2008, 20:06:38 pm »
hola, lo siento por los que no se lo sabian pero la verdad es que me parece increible que se pretenda impugnar una pregunta por no estar en el enunciado del programa, el programa es una orientación y son tan solo los enunciados, pero nadie ha dicho nuca que no se pueda preguntar una custión de dentro de los enunciados. EN EL EXAMEN ENTRA TODA LA MATERIA DEL LIBRO, EXCEPTO LA LETRA PEQUEÑA. Anda que si le vamos con esas a los de administrativo.

Desconectado Rhyanna

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #46 en: 02 de Septiembre de 2008, 21:13:20 pm »
Hola a todos
Yo pienso que DRANKY, Giselle …etc tienen razón : el principio de Iura Novit Curia es uno de los esenciales principios del ordenamiento jurídico español, es básico en nuestra carrera, viene en el libro y es materia de examen.
Yo tampoco creo que se puede impugnar esta pregunta.

Desconectado oliver

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #47 en: 02 de Septiembre de 2008, 21:34:09 pm »
Hola.
En otro hilo me despedí hasta la próxima semana, y hasta tengo un correo de un forero sin contestar por tener 3 exámenes en ciernes, pero este hilo me ha llamado la atención sobremanera y caigo en la tentación de decir algo (aunque sean tonterías,  :). Iura novit curia..... principio que da para escribir libros enteros, igual que el principio de buena fe.. supongo que a los novatos( nada más lejos de intención descalificar o insultar, todo aprendizaje tiene un principio y un final, yo no he acabado por ejemplo) os sonará a chino latinizado si nadie os ha explicado de que va. Yo lo conocí en Dº Romano en la UAM cuando el profesor Cienfuegos lo dejo caer en clase y despues de regodearse con la cara de tontos que se nos había puesto (supongo que la misma que vosotros en el examen, aunque hay diferencias de contexto) se explayo con lo de "El Juez conoce el Derecho": "Da igual que no sepas denominar la acción, expón los hechos que el Juez sabe cuál es". "El error en  la denominación de la acción no exime al Juez de su actuación" " El Juez juzga según determina el Ordenamiento Jurídico, no según lo que dicen las partes que és el Ordenamiento Jurídico.

Lo jodido de la Uned es que no nos pueden ver la cara de tontos que ponemos al descubrir un concepto nuevo y la falta de criterio que tenemos, muchas veces, para saber discriminar lo relevante o no de un concepto. Y a nosotros se nos pone esa cara en el examen (todavía me acuerdo de mí en el examen de Adtvo II del curso pasado) no cuando leemos por 1ª vez algo.

Seguro que el Departamento de Civil considero que os ponía una pregunta fácil.

¿Impugnar?. ¡¡¡JOER!!! que queréis ser abogados, El nó ya lo tenéis y hubo un abogado que consiguió que el Sr Juez absolviera a un ciego de exceso de velocidad en un vehículo a motor (verídico).

Si alguien os dice que impugnaciones sin base impiden impugnaciones basadas, es que no se ha enterado que esto es un juego, y estamos aprendiendo las reglas, así que jugemos y viva el lado lúdico del Derecho.
Carpe diem, memento mori.
Un saludo. Y buena suerte    
Ostendas mihi coleos patentes,
Cum cunno mihi mentula est vocanda.

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #48 en: 02 de Septiembre de 2008, 22:07:12 pm »
Siento discrepar de vosotros. Yo la estudié porque entraba en el temario. De hecho la he contestado y creo que bien.
Ahora mi duda es, de prosperar vuestra impugnación, ¿qué consecuencias tendría? me refiero a sí tendríamos que volver a repetir todos el examen o simplemente no se evalua a nadie.
En cuanto a la incapacitación, coincido en que es un tema extenso, pero si habéis podido escuchar el programa de radio, la profesora Mª Paz lo resumía bastante bien.

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #49 en: 02 de Septiembre de 2008, 23:32:49 pm »
lo siento mucho pero la pregunta no me parece impugnable puesto que:
_en el programa dice que la pregunta puede versar sobre una cuestión distinta a los enunciados de los epígrafes del programa y a los del manual para reducir su contenido.
_que en todo caso será formulada de forma suficientemente clara y yo creo que la pregunta no deja lugar a dudas.

no le veo nada extraño a este examen con respecto a todos los que llevo hechos de civil(y han sido muchos), pero si alguno quiere ejercer su derecho a impugnar, este es un pais libre.
saludos

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #50 en: 03 de Septiembre de 2008, 01:44:01 am »
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lo siento mucho pero la pregunta no me parece impugnable puesto que:
_en el programa dice que la pregunta puede versar sobre una cuestión distinta a los enunciados de los epígrafes del programa y a los del manual para reducir su contenido.
_que en todo caso será formulada de forma suficientemente clara y yo creo que la pregunta no deja lugar a dudas.

no le veo nada extraño a este examen con respecto a todos los que llevo hechos de civil(y han sido muchos), pero si alguno quiere ejercer su derecho a impugnar, este es un pais libre.
saludos

Es que no tiene nada extraño. Yo comprendo los cabreos pero no que alguien piense en impugnar un examen normal. Por cierto, el departamento de Civil es, tal vez, el que mejor se porta, en mi opinión.
No digas no,no,no!! Di sí,sí, sí, lokooo!!!
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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #51 en: 03 de Septiembre de 2008, 03:35:51 am »
Sois unos lloricas.   De toda la vida se ha estudiado este principio, viene en todos los manuales de Civil I (introductorios) y se incardina o bien dentro de la aplicación de las normas (lo más usual) e igualmente en la prueba. En este segundo sentido, procesal probatorio, el principio iura novit curia quiere decir que el demandante no tiene que probar el derecho, sino los hechos, porque la curia, los magistrados, lo conocen. Así de sencillo y de corto.


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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #52 en: 03 de Septiembre de 2008, 09:01:24 am »
Yo soy otra de las que le sorprendió la pregunta. La verdad es que mientras estudiaba miré el principio pero no le hice mucho caso, pero es única y exclusivamente culpa mia. Escribí lo que pude puesto que tenía un recuerdo muy difuminado. En realidad, es mi primer año y no sé qué es importante y que no. Aun no sé distinguir muy bien, pero entiendo que el principio era bastante básico. Yo no impugnaría porque no encuentro razones suficientes. Sólo espero que el responder mal la pregunta no sirva para que no me corrijan las otras. ¿Eso puede ocurrir?.
Muchas gracias, y mucha suerte estudiantes!

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #53 en: 03 de Septiembre de 2008, 13:11:50 pm »
Mejor esperad a que salga la nota. O sea, creo yo.

Desconectado apolo

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Re: IMPUGNAR UNA PREGUNTA EXAMEN CIVIL I
« Respuesta #54 en: 03 de Septiembre de 2008, 13:56:26 pm »
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Yo soy otra de las que le sorprendió la pregunta. La verdad es que mientras estudiaba miré el principio pero no le hice mucho caso, pero es única y exclusivamente culpa mia. Escribí lo que pude puesto que tenía un recuerdo muy difuminado. En realidad, es mi primer año y no sé qué es importante y que no. Aun no sé distinguir muy bien, pero entiendo que el principio era bastante básico. Yo no impugnaría porque no encuentro razones suficientes. Sólo espero que el responder mal la pregunta no sirva para que no me corrijan las otras. ¿Eso puede ocurrir?.
Muchas gracias, y mucha suerte estudiantes!
En absoluto, si tienes las otra medianamente bien te aprueban igual.
Un saludo.
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