¿Ves? Las suposiciones son malas en ocasiones. Yo mismo hice una equivocada en mi antepúltimo post.
Una cosa que me escama es la definición de embrión que da la Ley:
l) «Embrión»: fase del desarrollo embrionario que abarca desde el momento en el que el ovocito fecundado se encuentra en el útero de una mujer hasta que se produce el inicio de la organogénesis, y que finaliza a los 56 días a partir del momento de la fecundación, exceptuando del cómputo aquellos días en los que el desarrollo se hubiera podido detener."
A mí me dijeron, desde pequeñito, que estaba muy feo incluir, en una definición, el término que se iba a definir o alguno de sus derivados. Aquí veo que se define embrión como fase del desarrollo embrionario... Joder!! Ya ni los científicos son fiables. A ver cómo se come eso, porque si el embrión es una fase del desarrollo embrionario, es que el embrión tiene más fases, y en las otras fases digo yo que también será embrión ¿no?
Pero bueno, no creo yo que los Tribunales y/o juristas españoles sean tan chungos como para ir tan al detalle. Estudiaremos esto.