Hola dojo,
En parte estás en lo cierto, pero sólo en parte. En la causa Camps está a título particular en el tema de los trajes. El ilícito penal no es que comprara trajes sin pagarlos es que, presuntamente, gracias a esas "dádivas", la empresa que los pago consiguió múltiples contratos del gobierno Valenciano. Si sólo fueran los trajes, con pagarlos (se barajan entre 7000 y 30000 Euros) estaría solucionado. Sería moralmente reprobable, pero no un ilícito penal (estaríamos en un caso parecido a la concejala de un ayuntamiento de Madrid cuya hija hizo un uso incorrecto de Internet con medios públicos). Yo no creo que el tema jurídico llegue a ningún sitio dado que demostrar que gracias a esos "regalos" (causa) la empresa y/o persona que los pagó ha sacado beneficios (efecto) suele ser bastante difícil. Con el tema de los trajes creo que el P.P. está tratando de ocultar algo, ya que si los regalos "unitáriamente" no llegan a una cantidad, el Sr. Camps no tiene porqué preocuparse. En el ámbito estatal, cuando un regalo excede de una cantidad dicho regala pasa a Patrimonio Nacional (caso, por ejemplo, del chalet regalado a los Reyes en Lanzarote, o el pura sangre árabe, el coche regalado a Jesús Gil, como alcalde de Marbella que paso a propiedad del Ayuntamiento). Si no excede de dicho importe, se lo queda la persona pública o privada a la que se lo regalan. En el ámbito autonómico o local, no se si existe dicho límite.