Se ha hablado mucho de los efectos preventivos de la pena de muerte, los efectos, como magníficamente ha expuesto incrédulo, no son los deseados, se priva del derecho más preciado. Qué queda después, nada. Ante esto y la gravedad de la pena, su misión no es agraciada pues no previene el delito. De otro lado, ya que lo encarrilamos por el lado jurídico, la pena de muerte viola un derecho fundamental de la CE, la dignidad de la persona.
Estudios sobre la pena, demuestran que carece de efectos preventivos, al igual que los efectos de agravación, a los que alude incrédulo, son los de la ley del talión, la venganza, hacer justicia.
Por ende, si los estudios realizados en prevención general si tienen efecto preventivo, en la especial no parece ser así. Conclusión clara es que penas mas suaves reducen la reincidencia.
En cualquier caso, sobre el caso que presentas JR, si estadísticamente se reflejase eso, algo que por otro lado, necesitaría de un tiempo de espera de 40 años, con alterar el estado de las cosas sería suficiente, un estudio exhaustivo del delincuente no sería suficiente para saber si volverá a cargarse la mochila, por tanto, el decir que siga entre rejas para el resto de sus días, es la única viabilidad que le veo al asunto, la que es pena inhumana igualmente. Pero ejecutar este modelo es volver al punto de partida, ejecutar mediante hipótesis de que es posible que sus ideas no se le borren, quiere seguir el camino del premio.