En la pregunta 28 creo que existe una errata.
La radiodifusión digital:
a) Está prevista en la Ley 66/1977
Yo he puesto la a), pero la Ley 66 es de 1997 y no de 1977, ¿Anularán la pregunta?, ¿Será válida la a)? o ¿Cuaquier otra respuesta?
Respecto a la pregunta 1. Consultado el Manual, la correcta es la b) ya que en algunos Textos legales se hace referencia a la radiodifusión como equivalente en algunos casos a radio y televisión.
Pregunta 21.- La asignación de frecuencias a las TV locales es competencia exclusiva del Estado (b).
Seguir indagando en el manual...
Vale, por eso fallé la 28, no iba a poner una ley del 77 en radiodifusión digital... es totalmente recurrible.
No entiendo las erratas, el examen está plagado de ellas, incluso al comienzo si os fijais pone en el material a utilizar " código básico de derecho de la unión europea", en vez del de derecho audiovisual... luego lo de la pregunta 2 que se come un numero en el enunciado B, lo de la pregunta 27 que he puesto antes, y lo que tu dices de la 28 que yo no me di ni cuenta pero vaya tela...
En cuanto a la 21, yo tengo contestada esa pregunta de años anteriores, un par de veces, y en los 2 pone que la asignación de frecuencias de las TV locales es competencia de las Comunidades autónomas, compruébalo pero me extraña que se equivoquen 2 exámenes.
La pregunta 1 es la B seguro, esa pregunta ha salido como 5 o 6 veces ya en años anteriores, es un clásico... esa no se puede fallar, más bien parece un regalo inicial para que te animes.
En cuanto a lo que decis que está claro que se necesita el código no estoy del todo de acuerdo, lo que se necesita es la ley 17/2006 y la constitución, el resto sobra. Yo con una fotocopia del BOE de la ley ya iba más que despachado