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Autor Tema: NUDISMO  (Leído 21242 veces)

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Re: NUDISMO
« Respuesta #40 en: 14 de Agosto de 2009, 17:36:59 pm »
La policía no puede mandar a los ciudadanos ni hacer el pino ni el ir a comprar el pan porque "lo prohíbe" la CE 78 (prohibición de la arbitrariedad, principio de legalidad, de seguridad jurídica, decho fundamental de libertad, en sus arts 9, 25 y 18), que está por encima de lo que diga el CP, "por mucho cajón de sastre" que sea un deteminado art. del CP.

Pero sigo pensando que por muchas lagunas, por mucha falta de norma que haya, y por mucho que la costumbre no sea de aplicación en el ámbito sancionador, que debe imperar el sentido común, la educación y el respeto.....cuestiones elementales de civismo y convivencia. Digo yo que precisamente por eso dice el CC costumbre "siempre que no sea contraria a la moral ni orden público y resulte probada" (1.3)

Que tal si voy desnudo a la Tesorería de la Seguridad social a pedir una fe de vida laboral.....hay norma, de la naturaleza que sea, que lo impida ??

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Re: NUDISMO
« Respuesta #41 en: 14 de Agosto de 2009, 17:39:42 pm »
No, cuando me refería a la libertad debí decir art. 17 CE , y no art. 18, que es intimidad e inviolabilidad del domicilio. Es que me acabo de levantar de dormir  :P
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Re: NUDISMO
« Respuesta #42 en: 14 de Agosto de 2009, 18:05:08 pm »
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La policía no puede mandar a los ciudadanos ni hacer el pino ni el ir a comprar el pan porque "lo prohíbe" la CE 78 (prohibición de la arbitrariedad, principio de legalidad, de seguridad jurídica, decho fundamental de libertad, en sus arts 9, 25 y 18), que está por encima de lo que diga el CP, "por mucho cajón de sastre" que sea un deteminado art. del CP.

Pero sigo pensando que por muchas lagunas, por mucha falta de norma que haya, y por mucho que la costumbre no sea de aplicación en el ámbito sancionador, que debe imperar el sentido común, la educación y el respeto.....cuestiones elementales de civismo y convivencia. Digo yo que precisamente por eso dice el CC costumbre "siempre que no sea contraria a la moral ni orden público y resulte probada" (1.3)

Que tal si voy desnudo a la Tesorería de la Seguridad social a pedir una fe de vida laboral.....hay norma, de la naturaleza que sea, que lo impida ??

Palangana, debes darte cuenta de que el CP habla de actos obscenos, de que los mismos empleados de la Tesorería General no dudarían en denegar el derecho de admisión a quien va desnudo a por la vida laboral, como no irían a por quien va a eso con ropas digamos... ligeras.

Es contrario a la naturaleza de las cosas y a la costumbre, ir desnudo a la SS, pero no lo es tanto ir a la playa así, desnudo, ni tampoco lo es ponerse los calzones en una playa nudista, como yo siempre he hecho. Hay situaciones que se prestan más a una cosa y situaciones que se prestan más a otra: es lo que yo he intentado decir. Pero no sólo por el hecho de ir desnudo, piensa por ejemplo si vas encapuchado a uno de esos sitios oficiales, inmediatamente piensan que eres etarra.

Y esto contando con que ir desnudo, siempre me pareció una gilipollez, dado el peligro de ir así, corremos el riesgo de  caernos y en esas condiciones, yo prefiero estar con una camiseta que me atenúe el golpe.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #43 en: 14 de Agosto de 2009, 18:15:23 pm »
Pues precisamente por eso lo digo......hay sitios que sí, y hay otros que no, con independencia de la existencia o inexistencia de normas (la pregunta era en broma irónica  ;D), y por eso dije "el sentido común".

Hombre, en lo que hace a prevención física, que tan obsesionado estás......que tal ir por la calle con casco de albañil o de motero de alta velocidad  ;D


 
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Re: NUDISMO
« Respuesta #44 en: 14 de Agosto de 2009, 18:32:11 pm »
Claro, el problema es que la ley establece barreras rígidas, pero la costumbre no establece barreras tan rígidas.

Choca, ciertamente, ir al supermercado desnudo, sin embargo no choca tanto ir semidesnudo.

Y choca ciertamente menos, en un sitio para gente semidesnuda, ir completamente desnudo.

Y choca, ciertamente, en otro orden de cosas, ir a comer al Versalles en pijama.

Y choca igualmente, el que hagamos de Michael Jackson delante de un niño, estemos semidesnudos o desnudos, por muy playa nudista o seminudista, que esta sea.

¡Eso es lo que he intentado explicar! ¿Tan difícil es entenderlo? Soy yo el que no entiendo a mi país.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #45 en: 14 de Agosto de 2009, 18:38:29 pm »
Las rígidas barreras que indica la ley son toreadas por el ciudadano y por los mismísimos jueces en el día a día, yo creo. Pero por lo menos es reclamable y denuciable.

Yo, desde luego, no pienso ir desnudo a playas ordinarias y voy a respetar a los demás. Si me apetece un día hacer nudismo iré a playas destinadas para ello.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #46 en: 14 de Agosto de 2009, 18:45:23 pm »
Ahora bien, como no está tan mal visto el hacer top less y el "tanguear femenino" ......pues quien quiera enseñar las nalguitas con sus tanguitas y sus pechitos, pues bien venido sea, digo yo  ;D

Entre otra vez estamos en el ámbito de los religioso "lo que se van a comer los gusanos, que los vean los cristianos"

La cuestión es porqué una mayor permisividad a los ojos de los demás respecto de la mujer que respecto del hombre ......está claro que la mujer es agradable de ver, y el hombre no, pero jurídicamente esa mayor permisividad supone discriminación, contraria al 1.1 y al 14.1 CE 78, yo creo.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #47 en: 14 de Agosto de 2009, 19:00:54 pm »
Citar
Las rígidas barreras que indica la ley son toreadas por el ciudadano y por los mismísimos jueces en el día a día, yo creo. Pero por lo menos es reclamable y denuciable.

Entonces cesa la vigencia real de una norma a mi juicio y, viene a regir una nueva norma no escrita: la costumbre contra legem.

De igual modo que el rey es Rey, porque los súbditos creen que es Rey, la ley es ley por lo mismo.

¡¡Es que ese es el punto, Palangana!! ¡Ese es el punto! Y ese es el laberinto que muchos juristas quieren eludir, pero el interrogante sigue ahí.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #48 en: 14 de Agosto de 2009, 19:08:37 pm »
No, esa viegencia real es totalmente real en la medida que siempre puedes reclamar y denunciar.....pero si cada ciudadano y cada juez tiene su idea de lo que dice la letra de la ley, y hace según su idea, de las obligaciones y derechos, pues entonces es como si estuviesemos en una anarquía encubierta, yo creo.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #49 en: 14 de Agosto de 2009, 19:13:47 pm »
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Hola:

  Has puesto dos ejemplos que claramente están regulado:

1.- Art. 138 CP: El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio.
2.- Art. 185 CP: El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.

Y el principio de legalidad está en la Constitución. ¿has estudiado penal?.

  Saludos,

    jbr


Pero como biien dice "exhibicion obcena" es por lo tanto que quedara a jucio de tanto del juez como de las parte defender si tal despelote esconde una exhibicion obcena. La cuestion radica qeu se entendera por obcenidad, pues paso aun ejemplo en el aspecto contextual: El nudista lo unico que hace es quitarse la ropa y bañarse asi como tomar el sol como algo natural. el otro lo que hara es hace de los genitales un objeto de referencia con el fin de conseguir en la otra persona uan conducta determinada, Es por ello que el CC deja claro que sera a interpretacion del juez (intepretacon theologica) de lo que claramente dice la ley.....

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Re: NUDISMO
« Respuesta #50 en: 14 de Agosto de 2009, 19:42:04 pm »
¿ Como interpretáis el art.23 de la ley 1/1992 de provocar reacciones en el público que pudieran ocasionar una alteración del orden, siempre ajustandolo a las cuestiones planteadas?

Entiendo que a diferencia del 557 del cp no hace referencia a la condición de actuar en grupo y podría aplicarse a cualquier situación en que pudiera verse afectada la seguridad colectiva como en los ejemplos comentados.

¿Se les podría aplicar el 559 del cp a las personas que en la playa del ejemplo perturbaran gravemente el orden público al objeto de impedir a esta persona el ejercicio de sus derechos cívicos?.

Las leyes me confunden.

Desconectado zambri

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Re: NUDISMO
« Respuesta #51 en: 14 de Agosto de 2009, 19:53:21 pm »
¿Que ocurriría si el nudista tiene una erección espontánea y hay menores en la playa, podría considerarse una exhibición obscena?

Es muy peligroso la cuestión del nudismo en playas donde concurren menores.¿ No creéis?.

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Re: NUDISMO
« Respuesta #52 en: 14 de Agosto de 2009, 21:21:28 pm »
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No, esa viegencia real es totalmente real en la medida que siempre puedes reclamar y denunciar.....pero si cada ciudadano y cada juez tiene su idea de lo que dice la letra de la ley, y hace según su idea, de las obligaciones y derechos, pues entonces es como si estuviesemos en una anarquía encubierta, yo creo.

Entonces, si la ley no es seguida, no pasa de ser un ruego, moral todo lo más, pero deja de ser ley en el momento en que su fuerza cede frente a una fuerza mayor. Y entonces es esta fuerza mayor la que se convierte en ley.

Yo creo que es así.

En fin, un bonito tema.

Y pasa igualmente con la costumbre, pero todo este problema no puede ser resuelto desde el derecho, sino desde la realidad.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #53 en: 15 de Agosto de 2009, 13:40:51 pm »
Sí, realmente los argumentos contra el nudismo se sugieren por sí solos. No hay más que reparar en razones de seguridad. Es francamente peligroso, nunca entendí semejante moda. Es obvio que deben evitarse actuaciones obscenas contra los menores, pero desgraciadamente las televisiones del régimen no paran de fomentar estas actitudes, porque sus argumentos son siempre de cintura para abajo. De cintura para arriba carecen totalmente de ellos.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #54 en: 19 de Agosto de 2009, 21:01:54 pm »
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Pongo un ejemplo a ver que opináis:" En una playa donde concurren habitualmente numerosas familias, una persona se desnuda , recriminandole la actitud las personas que se encuentran a su alrededor. Se persona los agentes de la autoridad  e instan a esta persona a vestirse, negándose al respecto.

¿Vulneraria alguna normativa administrativa o  penal la negativa a vestirse, teniendo en cuenta que la playa no cuenta con zona habilitada para la práctica del nudismo?.
En defecto de ley .¿Se aplicaría la costumbre( en este caso de acudir con bañador a la playa),amparando así la actuación de los agentes de la autoridad ?.

Sin leer el resto de comentarios a este primer post, creo que merece la pena hacer las siguientes consideraciones:

1) Las personas que recriminan y los agentes de la autoridad que instan, se están sobrepasando. Las primeras porque no son nadie para recriminar. El nudismo no es ilegal en NINGUN ESPACIO PUBLICO, y menos basándonos en cuestiones de índole moral. Los segundos porque eso de instar es una mariconada, así como "invitar" o cuestiones semejantes. Los agentes de la autoridad, si consideran que se está conculcando una norma jurídica, lo que han de hacer es ORDENAR a quien proceda una actuación determinada o el cese de esa misma actuación. Nada de "invitar", "instar" o gilipolleces más propias de Pin y Pon. Si no valen para ser policías que se metan a panaderos o a vigilantes jurados.

2) La costumbre no ampara nada en este caso, y mucho menos puede derivarse de la misma un comportamiento digno de ser penalizado. De ser así entraríamos en una rueda infernal, ya que en cualquier poblacho de España podrían castigarse conductas perfectamente legítimas que, no obstante, podrían sentarles mal a las pedoras que suelen cobijarse a la sombra de la Iglesia para jugar su partidita de brisca. Hay que meterse esto en la perola de una vez por todas: lo que no está prohibido está permitido.

3) Si los agentes de la autoridad tuvieran un ramalazo de sentido común y de decencia y se decidieran a requerir y ordenar -nada de invitar ni gilipolleces semejantes, ya que declinar una invitación es perfectamente legal- a los individuos despelotados que se vistieran o pusieran bañador, éstos deberían hacerlo, so pena de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad. Luego ya llegaría el momento de meter en vereda a esos agentes tan atrevidos por la vía disciplinaria o incluso penal. Pero de momento deberían obedecer.

"quotquotPor Castilla y León, pasó Cristóbal Colón. Ya pudo cambiar de ruta, el hijo de la grandísima puta"quotquot

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Re: NUDISMO
« Respuesta #55 en: 19 de Agosto de 2009, 21:08:25 pm »
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¿Que ocurriría si el nudista tiene una erección espontánea y hay menores en la playa, podría considerarse una exhibición obscena?

¿Espontánea? jejejejeje

Vamos a ver... Si fuese espontánea, en el sentido segundo habitual, no merecería en ningún caso castigo por no ser deseada ni voluntaria, por lo tanto de exhibición obscena nada. Pero vamos a hablar clarito. Si a uno se le empina en la playa es porque ve cosas que le provocan tal sensación que se "suliveya" ¿mexplico? Y eso, lejos de ser una exhibición obscena (el empinamiento, claro está) es un síntoma inequívoco de salud. ¿Eso deber ser castigado? A mí me parece que no. Lo de los menores es un problema de los padres. Ya se sabe que los hijos ajenos son un coñazo, así que no deberíamos convertirlos en un coñazo mayor si cabe.

Citar
Es muy peligroso la cuestión del nudismo en playas donde concurren menores.¿ No creéis?.

En absoluto. Si a alguien le parece así lo mejor que puede hacer es no llevar a sus hijos a tales playas. El nudismo en una playa no es ni más ni menos peligroso que las portadas de las revistas que se ven tranquilamente en los expositores de los kiosquos o las imágenes que los menores pueden ver -también tranquilamente- en la tele mientras los papis se desentienden de ellos para tener un rato de tranquilidad por la tarde/noche.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #56 en: 19 de Agosto de 2009, 21:11:48 pm »
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   Al objeto de no duplicar hilos, y con el permiso de Zambri  ;) , quiero mencionar aquí un “problema” que se está viviendo durante estos días en playas españolas. Algunas “chicas” ofrecen dar masajes, que incluyen también servicios sexuales. A esto último lo llaman “final feliz”, que no sé bien en qué consiste aunque puedo imaginarlo… Pues bien, ahora es cuando me pongo muy seria y pregunto:

   ¿Tienen autoridad los agentes de Policía –tal como están haciendo- para impedir estas prácticas?

Yo entiendo que no. Las ordenanzas municipales -la mayoría de esas actuaciones son llevadas a cabo por los "guindillas" apoyándose en aquéllas- no gozan de fuerza legal suficiente para prohibir u ordenar actos de ese tipo. En estos supuestos los Ayuntamientos y los agentes municipales se extralimitan gravemente, haciéndose merecedores de actuaciones penales y disciplinarias en contra de los mismos.

Citar
   ¿Qué artículos de leyes y/o reglamentos pueden mencionarse relacionados con dicha prohibición?

Ninguno con validez suficiente después de la promulgación de la Constución de 1978, ya que contravendrían gravemente la misma.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #57 en: 19 de Agosto de 2009, 21:16:33 pm »
Y de todas formas esto ya está resuelto. El otro día leí una información -no puedo aportar datos exactos porque no me acuerdo con tal nivel de detalle- acerca de un franchute que iba en pelotas por la calle en San Sebastián. Los municipales vascorros, que son más serios para eso que para perseguir tabernas de etarras, le "invitaron" a vestirse. El franchute se negó y lo denunciaron. El resultado: ni multa ni hostias. Y no les cayó un puro a los guindillas porque el franchute resultó ser un poco moña, que no se cagan.
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Re: NUDISMO
« Respuesta #58 en: 19 de Agosto de 2009, 21:49:56 pm »
   He cambiado mi avatar para adecuarlo al tema del hilo  ::)


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   Al objeto de no duplicar hilos, y con el permiso de Zambri  ;) , quiero mencionar aquí un “problema” que se está viviendo durante estos días en playas españolas. Algunas “chicas” ofrecen dar masajes, que incluyen también servicios sexuales. A esto último lo llaman “final feliz”, que no sé bien en qué consiste aunque puedo imaginarlo… Pues bien, ahora es cuando me pongo muy seria y pregunto:

   ¿Tienen autoridad los agentes de Policía –tal como están haciendo- para impedir estas prácticas?

Yo entiendo que no. Las ordenanzas municipales -la mayoría de esas actuaciones son llevadas a cabo por los "guindillas" apoyándose en aquéllas- no gozan de fuerza legal suficiente para prohibir u ordenar actos de ese tipo. En estos supuestos los Ayuntamientos y los agentes municipales se extralimitan gravemente, haciéndose merecedores de actuaciones penales y disciplinarias en contra de los mismos.

Citar
   ¿Qué artículos de leyes y/o reglamentos pueden mencionarse relacionados con dicha prohibición?

Ninguno con validez suficiente después de la promulgación de la Constución de 1978, ya que contravendrían gravemente la misma.

   Como no podía ser de otra forma, no estoy de acuerdo contigo. Las calles, las plazas, las playas son de uso público, no son un territorio “sin ley”, ni estamos en el “lejano oeste”. Los agentes de policía que están interviniendo para impedir dichos “masajes”, dicen que no está permitido allí darlos. En realidad es la excusa más simple y tonta que se puede dar. Pero bueno… sí que es cierto que una actividad así está regulada y tiene que ser prestada con las debidas garantías sanitarias y por personal especializado. De modo que es una “vía” el hecho de alegar que no es lugar adecuado dar masajes en la playa.

   Pero hay otro hecho muy importante (el fundamental) que está detrás de todo esto: del mismo modo que si yo me pongo a dar escándalo en la playa, a gritar como una loca y a poner la música a todo volumen, es claro que molesto así al resto de la gente, y lo que no se puede permitir tampoco es que dichas “masajistas” se pongan a hacerle pajitas a todo aquel que lo solicite y que se “pongan a ello” porque sí, porque “hoy es hoy”... Es un lugar público y nadie tiene por qué aguantar ni tolerar que cada uno haga lo que le salga de las pelotas (y nunca mejor dicho).

(Lamento mi vocabulario pero es que hace mucho calor y estoy de mal humor)


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Re: NUDISMO
« Respuesta #59 en: 19 de Agosto de 2009, 22:30:10 pm »
[quote author=MarilynMonroe link=topic=31702.msg252527#msg252527
Como no podía ser de otra forma, no estoy de acuerdo contigo. Las calles, las plazas, las playas son de uso público, no son un territorio “sin ley”, ni estamos en el “lejano oeste”.
[/quote]

Bien. Pues si no es así -y estoy de acuerdo contigo- debería regularse lo que se puede hacer en ellas por la autoridad que tuviera competencias para ello. Y los Ayuntamientos, desde luego, no tienen competencia alguna para delimitar lo que son "buenas costumbres" ni nada por el estilo.

Citar
Los agentes de policía que están interviniendo para impedir dichos “masajes”, dicen que no está permitido allí darlos.

¿Y en qué se basan para decir tal cosa? Porque desconozco la existencia de una norma que prohíba que una chavala -o un chaval- le haga un trabajillo a su contrario/a así, a vuelapluma. No creo que un guindilla de esos que proliferan por los poblachos españoles sea quien para decir que tal cosa está prohibida.

Citar
En realidad es la excusa más simple y tonta que se puede dar. Pero bueno… sí que es cierto que una actividad así está regulada y tiene que ser prestada con las debidas garantías sanitarias y por personal especializado. De modo que es una “vía” el hecho de alegar que no es lugar adecuado dar masajes en la playa.

Pues creo que te equivocas. De hecho tal "actividad" no está regulada en la inmensa mayoría de los lugares. Y mucho me temo que la autoridad política que se ponga a regularla se mete en un berengenal de mucho cuidado. Sólo se reguló tal actividad en la época del hambre, entre los años 1942-53, con el Paquillo famoso. Y mira en qué terminó.

Citar
   Pero hay otro hecho muy importante (el fundamental) que está detrás de todo esto: del mismo modo que si yo me pongo a dar escándalo en la playa, a gritar como una loca y a poner la música a todo volumen, es claro que molesto así al resto de la gente, y lo que no se puede permitir tampoco es que dichas “masajistas” se pongan a hacerle pajitas a todo aquel que lo solicite y que se “pongan a ello” porque sí, porque “hoy es hoy”... Es un lugar público y nadie tiene por qué aguantar ni tolerar que cada uno haga lo que le salga de las pelotas (y nunca mejor dicho).

Los motivos para evitar lo que aduces en primer lugar son objetivos: una cantidad tal de decibelios que perjudica al resto del personal. Pero cuando hablamos de buenas costumbres, la cosa ya cambia mucho. ¿Qué son buenas costumbres? ¿qué son malas costumbres? depende de cada uno la decisión. Y no veo yo que un Ayuntamiento tenga habilitación legal suficiente para decidir qué es admisible y qué no en público, ya que afecta a la esfera de las libertades individuales, y por tanto al Título I de la CE, tan famosa en ciertos ámbitos. Y si un Ayuntamiento no es quien para tocar eso.. fíjate lo que será el guindilla de turno.
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