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LoginAunque sea mayor de 18, si no tiene ingresos, debes seguir pagando.
No obstante, en base al artº 147 de Código Civil, "Los alimentos, en los casos a que se refiere el artículo anterior, se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista
y la fortuna del que hubiere de satisfacerlos. "
Puedes plantearte una revisión de convenio. También puedes plantearte que viva contigo.
En mi casa pasa esto: mi compañero es padre de dos niñas a las que pasa una pensión por alimentos más la mitad de la hipoteca.
La pregunta que os hago yo ahora es esta:
1º ¿Qué pasaría si nos compramos una casa? las cargas áctuales aumentarían. Pero para el Juez qué iría primero, las niñas o el banco? Imagino que las niñas.
2º ¿Qué pasaría si tuviérmos un hijo? Las cargas actuales cambiarían y ya no sería un banco sino otro descendiente al que habría que dar alimentos.
3º ¿Al tener 2 niñas, si con su siguiente esposa tuviera un tercer hijo, se le reconocería a categoría de familia numerosa que actualmente se reconoce a partir de 3 hijos? ¿Cómo aparecería en el libro de familia?
Agradecería que alguien me sacara de la duda.
Y ánimo Alex, de todo se sale.