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Autor Tema: Pregunta sobre DIPr  (Leído 148194 veces)

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Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #620 en: 29 de Septiembre de 2011, 22:36:20 pm »
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Gracias Palangana!,no se que haríamos sin ti,yo estoy de los nervios ya que esta asignatura es la ultima que me queda para terminar y conforme voy avanzando parece que lo tengo todo menos claro.Bueno muchas gracias y seguro que de aquí al miércoles te hago alguna preguntilla que otra mas.
No se si seria posible que nos ilustrases con la resolución de algún caso practico que otro ,porque yo personalmente no me aclaro mucho con los del libro.gracias compañero!

De nada, por aquí estaremos.  :)

¿Qué pasa el miércoles?  ???

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado urbiet

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #621 en: 30 de Septiembre de 2011, 00:02:58 am »
Creo que será el examen extraordinario de octubre  ;)
No basta con alcanzar la sabiduría, es necesario saber utilizarla...

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #622 en: 30 de Septiembre de 2011, 00:05:14 am »
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Creo que será el examen extraordinario de octubre  ;)

¿Ya?, jolines pues no me había enterado de nada...cuando se hablaba de octubre pensaba más adelante adentrado el mes.  Sorry  :-[

Gracias compi  :)
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Desconectado Malula

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #623 en: 30 de Septiembre de 2011, 15:51:29 pm »
Si,así es,el próximo miércoles es la convocatoria extraordinaria de internacional privado y cuanto menos falta pues eso mas dudas surgen.ahí van unas cuantas:
-en un supuesto de adopcion internacional entre China y España entiendo se se aplicara el convenio de la haya de 1993 puesto que los dos estados sin parte,no?
-en el tema de sustracción ilícita de menores,si el menor es desplazado de un estado comunitario a otro se aplicara el R 2201 y el convenio de la haya de 1980 con las correcciones que indica el reglamento ?,para el caso de menor desplazado desde España a un estado miembro del convenio ,se aplicara solo el convenio de la haya de 1980?,bueno tengo un poco de lío con esto
-el citado convenio regula competencia,ley aplicable y reconocimiento o seria mas bien un instrumento de cooperación ,es que por ahí he leído cosas opuestas.

Gracias y un saludo

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #624 en: 30 de Septiembre de 2011, 18:34:58 pm »
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Si,así es,el próximo miércoles es la convocatoria extraordinaria de internacional privado y cuanto menos falta pues eso mas dudas surgen.ahí van unas cuantas:
-en un supuesto de adopcion internacional entre China y España entiendo se se aplicara el convenio de la haya de 1993 puesto que los dos estados sin parte,no?
-en el tema de sustracción ilícita de menores,si el menor es desplazado de un estado comunitario a otro se aplicara el R 2201 y el convenio de la haya de 1980 con las correcciones que indica el reglamento ?,para el caso de menor desplazado desde España a un estado miembro del convenio ,se aplicara solo el convenio de la haya de 1980?,bueno tengo un poco de lío con esto
-el citado convenio regula competencia,ley aplicable y reconocimiento o seria mas bien un instrumento de cooperación ,es que por ahí he leído cosas opuestas.

Gracias y un saludo

1) Sí, se aplica CVH de 1993 en materia de adopción internacional porque efectivamente China es parte. Otro ejemplo clásico es Marruecos.

2) No te compliques: si el menor está trasladado FUERA DE LA UE se aplica el CVH de 1980: y si el menor está trasladado en Estado de la UE se aplica el R 2201/2003.

(En principio es un instrumento de competencia y de condiciones -y excepciones- de devolución y procedimiento de devolución del menor)

Un saludo. Ánimo y suerte en el examen.
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Desconectado Malula

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #625 en: 03 de Octubre de 2011, 00:58:04 am »
Muchísimas gracias Palangana!, no se que haríamos sin ti.

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #626 en: 19 de Octubre de 2011, 09:56:02 am »
Vuelvo a subirlo porque no lo encontraban. Un saludo.
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Desconectado geisha3004

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #627 en: 23 de Octubre de 2011, 18:12:51 pm »
Hola,

tengo una pregunta... a ver si me podéis ayudar estoy intentando ver la solventiva de una sentencia de Privado, la misma se trata de una sentencia de contrato con elemento internacional.
Partiendo de la base que si hay sumisión expresa y se refleja en el mismo que la aplicación es por autonomía de la voluntad de las partes, creo que esta es la primera permisiva para aplicar dónde se ha de afrontar el juicio, pero me surge la duda cuando se dice, que se ha atribuido competencia a los órganos jurisdicionales españoles para adoptar MEDIDAS CAUTELARES en litigios con elemento extranjero, cuando tales medidas han de producir efectos en nuestro país ¿a qué medidas se refiere no me queda muy claro? Gracias,

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #628 en: 23 de Octubre de 2011, 18:36:42 pm »
Pues supongo, si no se opone la Sentencia es complicado, que se refiere a que aún habiendo sumisión expresa para que la Jurisdicción de un determinado País resuelva (que no sea España), para el caso de controversia entre las partes y que UNA DE ELLAS solicitara MEDIDAS CAUTELARES sobre éstas será competente España para adoptarlas y aplicarlas cuando haya efectos en España.....porque medidas cautelares no resuelven el proceso ni dan la razón, sino que intentan garantizar el resultado, esto es, que la parte demandante pueda cobrar su derecho en caso de salir ganador.

Un saludo.
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Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #629 en: 23 de Octubre de 2011, 18:44:38 pm »
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Pues supongo, si no se opone la Sentencia es complicado, que se refiere a que aún habiendo sumisión expresa para que la Jurisdicción de un determinado País resuelva (que no sea España), para el caso de controversia entre las partes y que UNA DE ELLAS solicitara MEDIDAS CAUTELARES sobre éstas será competente España para adoptarlas y aplicarlas cuando haya efectos en España.....porque medidas cautelares no resuelven el proceso ni dan la razón, sino que intentan garantizar el resultado, esto es, que la parte demandante pueda cobrar su derecho en caso de salir ganador.

Un saludo.

Lo explico de otro forma: que el demandado tiene cuentas y bienes todos en España, pues España adopta como medida cautelar embargar parte de ese patrimonio hasta la cuantía que garantice el cobro en caso de salir ganador del proceso el demandante...aunque la Jurisdicción de Francia sea la competente para resolver del proceso, no va a venir aquí a embargar.

Un saludo.
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Desconectado geisha3004

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #630 en: 23 de Octubre de 2011, 18:49:13 pm »
Eso es lo que yo preguntaba palangana.. que medidas se pueden tomar afectos al caso, eso mismo, y aquí me lo dejas claro.
Pero vamos a ver más formas de operar y si hay sumisión expresa entre las partes que prima más las medidas cautelares o la sumisión expresa de las partes ¿??
Bueno seguimos investigando ... la verdad mucho más claro gracias por tu ayuda palangana,... seguiré preguntando y compartiendo dudas...
Saludos, :)

Desconectado geisha3004

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #631 en: 23 de Octubre de 2011, 19:08:00 pm »
Una cosa, y dentro de la medidas cautelares no se las puede comprender como dentro del foro de carácter exclusivo, me explico exclusivo ello presupone que existe una estrecha vinculación de esa materia con los Tribunales a los que se atribuye competencia. Los que se hallan mejor situados para resolver las controversias , imaginamos p.e. que se produce un vertido tóxico habrá que investigar el lugar donde se fabricaba el producto entiendo que será mejor que prevalezca más dónde estaba situado el lugar de fabricación de ese producto para hacer las investigaciones acordes para esclarecer el hecho acaecido, que por el contrario prevalezca la autonomía privada de las partes no es así?
Por lo tanto, aquí entiendo que en estos casos no prima tanto la posición de la voluntad EXPRESA de las partes tales como los casos de cttos. con objeto internacional como p.e. en el caso de una resolución de un matrimonio internacional QUE AQUÍ SI PRIMA LA VOLUNTAD DE LAS PARTES.. SALVO QUE HAYA UNA MEDIDA CUATELAR.. que ya comentaremos no?

Por cierto que significado tiene que se produzca la derogatio fori de los españoles ¿?
Gracias!

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #632 en: 23 de Octubre de 2011, 19:19:57 pm »
En mi opinión no es que prevalezca una cosa sobre otra (la sumisión expresa sobre el fondo del asunto o bien las medidas cautelares que garanticen el resultado en caso de ser necesario), sino simplemente que que no es viable que un Estado tome medidas cautelares en otro otro Estado.

Y por derogatio fori pues entiendo que las partes se someten a Tribunal extranjero, pero eso no debe ser posible en foros exclusivos.

Un saludo.,
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Desconectado dagal

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #633 en: 24 de Octubre de 2011, 11:47:10 am »
A todos los que teneis que estudiar esta asignatura este curso os animo a seguir este hilo. Para mi fue fundamental y gracias a él conseguí aprobar. Gracias a todos los que participan en él y aclaran las dudas de los compañeros.

Desconectado juan5320

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #634 en: 27 de Octubre de 2011, 22:48:10 pm »

    Mi reconocimiento a quienes han contribuido a hacer que este post fuese posible. Gracias a él creo que estoy empezando a entender algo de esta asignatura.
    Hasta que no lo descubrí estaba dando tumbos, leyendo y releyendo la teoría sin entender absolutamente nada.

   Gracias de nuevo.
Juan.

Desconectado Ius-Uned

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #635 en: 28 de Octubre de 2011, 13:15:52 pm »
Hola:

Alguien tiene claro el sistema jurídico que se debe aplicar en cuanto a CUESTION PREVIA, es decir, las normas del foro o las del ordenamiento jurídico que rige la cuestión principal.

Saludos,

Desconectado geisha3004

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #636 en: 28 de Octubre de 2011, 21:14:08 pm »
Hola IUS UNED,

GRACIAS POR TU AYUDA ESTAMOS TRABAJANDO EN ELLO!!

SALUDOS,
 ;)

Desconectado palangana

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #637 en: 28 de Octubre de 2011, 21:32:47 pm »
Compañera geisha3004, si no vaciamos el almacen de privados no te entrará lo que te contesto...

Ayer te intenté constestar y no me lo permitió el sistema, debes vaciar privados.

Un saludo  :)
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Desconectado geisha3004

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #638 en: 28 de Octubre de 2011, 22:26:21 pm »
Ya me parecía a mi extraño mi amigo palangana un saludo!!

gracias ahora borro!! :)

Desconectado Ius-Uned

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Re:Pregunta sobre DIPr
« Respuesta #639 en: 30 de Octubre de 2011, 08:17:55 am »
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Hola:

Alguien tiene claro el sistema jurídico que se debe aplicar en cuanto a CUESTION PREVIA, es decir, las normas del foro o las del ordenamiento jurídico que rige la cuestión principal.

Saludos,

Buenos días:

¿Nadie sabe aplicar la técnica correcta?

Saludos,