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Autor Tema: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado  (Leído 23889 veces)

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Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« en: 07 de Febrero de 2010, 02:07:07 am »
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Hola a todos,

En mi opinión veo lagunas que me gustaría debatir.

Al ciudadano se el reconoce en CE su derecho a ser asistido y defendido por abogado. Y además el derecho de libre elección.

Por otra parte norma de inferior rango concede al abogado el privilegio de escoger, tema y cliente. Sin explicación ni motivo confesable alguno.

Para poder expresar mi idea voy a llevar la situación al extremo. ¿ Qué ocurre, cómo se resuelve, si ningún abogado quiere el caso?
¿En qué quedan los derechos del ciudadano?
¿En qué queda su derecho a la libre elección?
¿ Quién decide si el ciudadano acude o no ante un juez, él o el Abogado(=todos), un abogado?

Gracias.







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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #1 en: 07 de Febrero de 2010, 02:55:26 am »
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Hola a todos,

En mi opinión veo lagunas que me gustaría debatir.

Al ciudadano se el reconoce en CE su derecho a ser asistido y defendido por abogado. Y además el derecho de libre elección.

Por otra parte norma de inferior rango concede al abogado el privilegio de escoger, tema y cliente. Sin explicación ni motivo confesable alguno.

Para poder expresar mi idea voy a llevar la situación al extremo. ¿ Qué ocurre, cómo se resuelve, si ningún abogado quiere el caso?
¿En qué quedan los derechos del ciudadano?
¿En qué queda su derecho a la libre elección?
¿ Quién decide si el ciudadano acude o no ante un juez, él o el Abogado(=todos), un abogado?

Gracias.







1. Es imosible que ningún Abogado no quiera llevar el caso porque el OJ lo impide (no cabe indefensión, y si no puede costearse la defensa se le asignará una de oficio, CE 78). El primer Abogado dice no, el segundo dice no, y al tercero se mete por medio el Colegio de Abogados y el Juez y dice que al que le toque le tocó por narices......para eso, y otras cosas, se exige colegiación para el ejercicio de la Abogacía (Estatuto de la Abogacía y condiciones del turno de oficio). Además, estamos en crisis y no está la cosa para decir no.

2. Los derechos de los ciudadanos quedan en poder ejercitarlos con el límite que impone el art.7 CC y serán reivindicables siempre que estén positivados en el OJ y en la forma que indica el OJ.

3. El derecho de elección queda hasta donde puedan costear al Abogado que elijan, y si no pueden costear pues entonces no pueden elegir, es decir, se le asigna uno de oficio.

4.Depende: si es un procedimiento penal elige el propio Juez (el que le corresponda según la fase procesal), y si quien ha sido citado no acude se le declara en rebeldía (contumaz porque conoce la existencia del proceso, según doctrina) ; si es una cuestión civil que se consulta en un despacho pues sólo se interpone demanda si finalmente el cliente da el visto bueno. Contestar a la demanda entiendo que hay que contestar obligatoriamente. En los procesos tanto civiles como penales que sea obligatorio asistir al proceso con Abogado pues hay que ir con Abogado, y en los procesos que sea facultativo pues no hay que asistir con Abogado si no se desea (según indique de forma tasada las respectivas leyes procesales).

Esa es mi idea. Un saludo.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #2 en: 08 de Febrero de 2010, 21:28:40 pm »
1) Bueno, sí, parece que está claro, la teoría y buenas intenciones.
Pero la realidad es otra, se niegan, los colegios no obligan, y los jueces tampoco.

Salvo que el ciudadano diga que quiere justicia gratuita. En cuyo caso el Estado le da una limosna, y mala, que nadie que puede quiere, en términos de defensa. En este caso , el abogado no puede renunciar.
Si ocurre "la falta de abogado", por otros motivo, entonces todas las "obligaciones" del Abogado desaparecen de hecho.

2) Es evidente que se produce abuso e indefensión.

3) Tampoco puede el ciudadano elegir a su gusto pudiendo pagar el servicio. No solo depende de la capacidad económica, sino fundamentalmente de que el abogado acepte. La mayor parte de las veces aceptará si hay caso y dinero a ganar. Incluso se dan muchos casos que se acepta con solo el segundo requisito, importa menos el primero. Este es el criterio.

4) Se ponen muchas demandas sin que lo sepa el cliente. Y quizás muchas mas que el ciudadano no se le permite enterarse de cómo se ha actuado. Simplemente un "resultado final".

Y así las cosas, a quien corresponde que no sea así?.

Una cosa son las intenciones, buenas, y otras las realidades.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #3 en: 08 de Febrero de 2010, 21:36:59 pm »
Citar
Es imosible que ningún Abogado no quiera llevar el caso porque el OJ lo impide (no cabe indefensión, y si no puede costearse la defensa se le asignará una de oficio, CE 78). El primer Abogado dice no, el segundo dice no, y al tercero se mete por medio el Colegio de Abogados y el Juez y dice que al que le toque le tocó por narices......para eso, y otras cosas, se exige colegiación para el ejercicio de la Abogacía (Estatuto de la Abogacía y condiciones del turno de oficio). Además, estamos en crisis y no está la cosa para decir no.

No es nada imposible, sino muy posible. El primer Abogado dice no, el segundo tarda 4 meses en decir que no, el tercer Abogado tarda 6 meses en decir que no y después de pagar todos los honorarios ya se te habrá pasado el plazo para impugnar y estás en blanco. No te ha oído el Juez y estás totalmente en indefensión y por más que te quejas sobre derechos constitucionales a poder contestar, a ser oído por un Juez, y a un juicio con todas las garantías, hasta la oficina del Defensor del Pueblo te remite a los procedimientos normales :D
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #4 en: 09 de Febrero de 2010, 02:25:56 am »
No me lo creo, o mejor no me lo quiero creer !!

Eso que dices no me consta que venga en ley alguna, es anticonstitucional, y desconozco casos de la práctica diaria que haya pasado eso. Si puedes indicar algo más sería de agradecer.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #5 en: 09 de Febrero de 2010, 08:57:47 am »
Interesante:

Veamos:

La contratación de abogado es una relación privada, donde la voluntad de las partes desempeña un papel fundamental.

En este caso, a mi modesto entender, todo abogado tiene derecho a rechazar el ser contratado por un cliente, como por ejemplo toda persona tiene derecho a no venderte o comprarte tu casa.

Contratar abogados es un lujo, no una obligación. Cuestión distinta es el derecho a ser representado por abogado en un juicio penal. Es un derecho y una obligación, no de que el abogado que mejor me parezca a mí acepte mi caso, sino a que yo en todo caso, tenga abogado. Hay derecho a la libre elección de abogado, pero el derecho a la libre elección de abogado no es absoluto, y tiene sus límites en el derecho del abogado a ser designado o no.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #6 en: 09 de Febrero de 2010, 09:32:52 am »
Efectivamente, eso que dices prevalece, machando el derecho del ciudadano.
Y así tan claro como lo tienes tu lo tiene cualquier abogado, colegio, diputado, Defensor del pueblo, Ministerio, juez...todos los que deciden en el asunto de la Justicia, ignorando la CE no por ignorantes, sino por interés inapelable.

Y es una contradicción en si misma.
El Abogado es casi "funcionario", llámale como quieras, al servicio del ciudadano, y la evidencia la tienes en que es imprescindible en la mayor parte de procesos, es un brazo necesario . Y cuando por ley no es  , el proceso es un timo al ciudadano. La única diferencia con el funcionario es que recibe sus dineros de los impuestos o no, además de no estar controlados, en la práctica.

Y si quieres mas prueba piensa en el caso de ser designado por el colegio.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #7 en: 09 de Febrero de 2010, 12:16:27 pm »
Citar
Eso que dices no me consta que venga en ley alguna, es anticonstitucional, y desconozco casos de la práctica diaria que haya pasado eso. Si puedes indicar algo más sería de agradecer.

Bueno, yo lo he vivido un caso que era legalmente imposible, y pasó, pero es una historia muy larga y complicada, pero terminó más o menos como arriba indicado y por eso dejé de estudiar derecho.

Pero estoy hablando de materia civil, no penal. El derecho de ser representado por un Abogado en la detención está fuera de toda duda.
Pero en lo civil, es otra cosa. Derecho a la justicia gratis sólo tienes en situación económica mínima. Y por más dinero tengas, no es siempre fácil encontrar un Abogado dispuesto a aceptar el caso. Tengo una amiga que tuvo accidente laboral y estaba buscando mucho tiempo, pero todos decían que no se metían en materia laboral. El primero cogió el caso, pero después de un par de meses le informó que iba al oficina del Fiscal y no podía encargarse de asuntos privados, y dio el caso a otro que se olvidó a citar una de las partes, por lo que se ha retrasado el juicio durante un año. Mientras tanto no puede trabajar ni reciba ningún pago hasta haber sellado un año de paro.

Y mira lo que está pasando en este caso de impugnación de acuerdos sociales donde con un Poder Notarial represento a mi madre y le entregó para leer. Además había enviado por correo certificado una Delegación de Poder firmado por mi madre que estaba presente este día, y lo tiene sobre la mesa. En el Acta afirma que no presenté Poderes ningunos, sino me pone como representante verbal (él mismo está representando un propietario por Delegación de Voto, pero no enseña nada, y este propietario muere poco después). En la impugnación de Acuerdos Sociales se adjunta el Poder Notarial con fecha de dos años anteriores cuando se compró la casa, se hizo el Poder al mismo tiempo y se adjunta copia de la Delegación de Poder recibido por él de forma fehaciente. En la contestación a la demanda, su Abogado afirma todavía que no se puede acreditar mi representación. Al Juzgado se ha presentado, además del original del Poder, otra copia simple. Pero en la misma sentencia se reafirma la falta de acreditación de mi representación, y puesto que los otros propietarios comandantes habían votado "sí a todo" en la Junta, no tenían derecho a impugnar los acuerdos.

¿Aunque ahora no entiendo porque no les podrían haber dicho eso la Abogada antes de cobrar por interponer la demanda?
 
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #8 en: 09 de Febrero de 2010, 12:33:23 pm »
Art. 24.2 CE 78 , derecho de defensa como derecho fundamental. Inequívoco.

No hay duda, si el Juez y el Colegio de Abogados lo permiten prevarican por dejar que se viole un derecho fundamental. Inequívoco.

Leyes procesales, con la excepción de muy determinados procesos en el 98% de los procesos civiles y penales al juicio o a la vista hay que acudir asistido de Abogado. Principio de legalidad procesal. Inequívoco.

Asistencia jurídica gratuita. Incluso en aquellos procesos en los que la asistencia técnica o letrada sea facultativo el Juez puede disponer que la otra parte se presente con Abogado si la otra parte se ha presentado con Abogado (precisamente para garantizar la iguladad de armas y el derecho de defensa). Inequívoco.

¿Busco los arst o no hace falta?
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #9 en: 09 de Febrero de 2010, 13:27:16 pm »
Sí, si yo me lo creo.

1º) Buscamé un abogado que acepte pleitear contra su colegio. O contra un juez, salvo que haya mucho dinero por medio, o una guerra declarada con ellos.

2º) Si sobre lo de garantizar la igualdad de defensa, tampoco. Yo he estado en un juicio de faltas, sin abogado, con dos abogados enfrente, el juez y el fiscal.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #10 en: 09 de Febrero de 2010, 13:31:32 pm »
Todo eso es ciertamente inequívoco.

Tan inequívoco, como que yo puedo negarme a ser tu abogado. Tú tienes derecho a elegir abogado, pero no a que tu abogado sea simple22, si simple22 no quiere. Otra cosa es que yo esté en el sistema del turno de oficio. Ahí no me puedo negar, pero por lo privado, por supuesto que sí.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #11 en: 09 de Febrero de 2010, 13:40:26 pm »
Recuérdese el art. 10.1 CE y los límites de los derechos propios.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #12 en: 09 de Febrero de 2010, 13:51:34 pm »
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Todo eso es ciertamente inequívoco.

Tan inequívoco, como que yo puedo negarme a ser tu abogado. Tú tienes derecho a elegir abogado, pero no a que tu abogado sea simple22, si simple22 no quiere. Otra cosa es que yo esté en el sistema del turno de oficio. Ahí no me puedo negar, pero por lo privado, por supuesto que sí.


No sea jodido mayo con sus florecillas !!, claro que puedes negarte a ser mi Abogado, pero no si estás en el turno de oficio. Se puede negar el primero, el segundo y a la tercero e Juez y el Colegio de Abogados intervine y dice que al que le toque le tocó y aguantarse (ejemplo mediático, desgraciado caso Marta del Castillo). Si el Juez y el Colegio no hacen nada prevarican, compañero, así de claro......y quedan las puertas abiertas del TC por violación de un derecho fundamental (el derecho de defensa), así de claro.

Y si el Juez permite estar a una parte sin Abogado en Juicios en que es preceptivo asistir con Abogado está prevaricando por violación de la legalidad procesal, que dispone "todos los participantes en el procedimiento están sujetos a las leyes de este código" (LEC 1/2000 Y LEcriminal).

Que esto no me lo invento yo, que todo esto está en la ley y en nuestra CE, QUE ES LA LEY DE LEYES.

Por eso dije al principio en mi primer post que derecho de elección mientras pueda costearlo, y la otra parte quiera que le contrate, pero no si se está en el turno de oficio.


Y luego la pasta, si no se tiene pues o queda mnás remedio que el turno de oficio, y si se tiene la pasta pues ya depende de cuánto se tenga.......no es lo mismo ir al Corte Inglés que al Supermercados Cayetano, cada uno con sus posibilidades adquisitivas, claro está.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #13 en: 09 de Febrero de 2010, 14:14:22 pm »
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Sí, si yo me lo creo.

1º) Buscamé un abogado que acepte pleitear contra su colegio. O contra un juez, salvo que haya mucho dinero por medio, o una guerra declarada con ellos.

2º) Si sobre lo de garantizar la igualdad de defensa, tampoco. Yo he estado en un juicio de faltas, sin abogado, con dos abogados enfrente, el juez y el fiscal.



Lee el 6.3 Ley Asistencia jurídica gratuita 1/1996 de 10 de enero " o no siendo preceptiva, el Juez podrá indicar que se asista con Abogado para garantizar la igualdad de las partes"

Compañero, soy licenciado en derecho, podré interpretar mal, pero no me invento las cosas. Un saludo.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #14 en: 09 de Febrero de 2010, 14:34:05 pm »
Venga, FUNDAMENTOS DE DERECHO, a repasar :

1. Art. 24 CE 78 (no cabe indefensión). Derecho fundamental.
2. Art. 14 PIDCP de 1966 y ART.6 Convención Europea de derechos humanos, suscritos y ratificados por España y que forman parte de nuestro ordenamiento a tenor del art. 10.2 CE 78 (no cabe indefensión).
3. Ley 1/1996 de Asistencia jurídica gratuita (especialmente Art. 6 y 6.3, ámbito material de la ley). No cabe indefensión.
4. Estatuto de la Abogacía, acerca de las obligaciones y derechos de los Abogados y para el ejercicio de la Abogacía.
5. Condiciones para acceder al turno de oficio.
6. Para el caso de los Jueces que no se atienen a los procedimientos ver CP 95 (PREVARICACIÓN, ARTS del 446 al 449 CP 95).
7. PRINCIPIO DE LEGALIDAD PROCESAL (ARTS.1 LEC 1/2000).

Luego el Abogado será más caro o más barato, de libre ejercicio o bien del turno de oficio, con mayor o menor prestigio, pero la pregunta era ¿cabe la indefensión y en qué queda el derecho de defensa? , pues queda en lo indicado en el primer post.......indefensión y procesos donde sea preceptivo asistir con Abogado no cabe la indefensión. Si lo puede pagar y la otra parte quiere el caso podrá elegir, y si no lo puede pagar o nadie quiere el caso se le asignará uno de oficio......en caso contrario prevaricación por violación del derecho fundamental de defensa y por violación de la legalidad procesal. No hay más, a mi entender.

Un saludo.
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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #15 en: 09 de Febrero de 2010, 15:17:26 pm »
..Juez podrá... PODRÁ.  ¿ no está claro?.

Sobre que "el abogado" privado puede negarse, es insostenible.
Es que yo estoy apuntando que no hay ni debe haber abogados privados. Y que por razones practicas se puede aceptar la excepción, pero no como norma , y menos LLEGAR AL EXTREMO QUE NINGUNO QUIERA. Cuyo extremo demuestra palpablemente la insostenibilidad del caso particular.

Porque por esa regla  de tres "todos se pueden negar".
¿Y entonces qué ley aplicamos?
¿tenemos ley?

Ni siquiera vale el parche del abogado de turno.
1) Este se ofrece voluntario, el pertenecer a este colectivo. No está obligado.
2) Suelen ofrecerse por razones de oportunidad laboral, no por amor  al arte ni la Justicia.
3) Suelen actuar a su aire, que deriva en perder el pleito.

4) Los de oficio, son un pretexto que ponen los "buenos", para no prestar el servicio "barato". Y como estos son los que han movido el cotarro, han podido cargar el machuelo en los "novatos",  "desempleados", o de "poco éxito", dispuestos a coger cualquier trabajo.
LEEROS EL ARTICULO DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA.
Esto en contra de los derechos del ciudadano, a tener una Justicia como cualquier otro, rico o pobre.
5) En si mismo la designación por turno, por sorteo, es un abuso, un timo al ciudadano, un fraude de ley, que por el motivo que sea tenga que apechugar con un abogado arbitrario de este subcolectivo.

Los abogados de oficio no se pueden negar, el Estado les obliga, PERO por la misma razón que debe obligar a "los privados", para respetar el derecho del ciudadano a tener justicia. SI NO A SANTO DE QUÉ, ha de poder el Estado obligar a unos abogados y no a otros. ¿Son ciudadanos también, no?

Hay dos derechos en conflicto, el de un abogado "privado" contra el que tiene el ciudadano.  Y prevalece el de inferior "valor", porque el Abogado así lo desea e impone, pasando por encima de la CE.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #16 en: 09 de Febrero de 2010, 16:08:03 pm »
8. (Continuo mi último post): Art. 3 CC "Las leyes se intepretarán en el sentido lógico de sus palabras y en su contexto atendiendo al espíritu y finalidad de aquellas".

9. Para el caso de derecho fundamentales (qué debe entenderse por ellos y cuándo procede amparo constitucional ver art. 81 y 53.2 CE 78); El derecho a la tutela judcial y de defensa tiene rango constitucional. No cabe la indefensión, reitero.

10. Para cuando proceden recursos ordinarios, o bien extraordinarios como lo es el de amparo según indica CE 78, LEC Y LEncriminal.


Cita de KISS FM (radio) "Menos palabras, y más música"; Cita de palangana en Uned Foro Derecho DEBATES JURÍDICOS " Menos palabras, y más normas o, lo que es lo mismo, fundamentos jurídicos".

Preguntaste: ¿qué pasa si ningún Abogado quiere llevar el caso"; respuesta de palangana (leer mi primer post y sucesivos).

Luego nos podemos montar las películas mentales que queramos (que si el país está muy mal, que si estamos desprotegidos, que si unos ciudadanos son ricos y pueden lo más, mientras los pobres pueden lo menos o las migajas , que si la abuela fuma o hace punto de cruz etc etc), pero la ley es la letra de la ley, y a ella me debo como Licenciado en Derecho......y si me consta que no se cumple la ley el ordenamiento jurídico me indica cuándo y cómo he de actuar, reivindicar, y denunciar.

Un saludo.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #17 en: 09 de Febrero de 2010, 16:26:48 pm »
Pero centrate en un caso, y comprueba que la ley es una cosa y lo que se hace con ella es otra.
No queremos solo leyes, queremos que se cumplan.
Y ademas si alguna o alguno no chuta "rectifiquese".

Por ejemplo:
Si se pide abogado  al colegio, te imponen uno, que puede ser el tonto del pueblo sin poderlo evitar, aquel que aprobó copiando o repitiendo mil veces, y ademas este puede renunciar con el apoyo y comprension del propio colegio, que significa de todos los abogados (el Abogado). INCUMPLIENDO SU DEBER IMPUNEMENTE. Tienes al colegio detras apoyando esa renuncia. Y es imposible encontrar otro abogado que discuta en los tribunales contra el colegio, CONTRA LOS ABOGADOS.

Esto no son cuentos de la abuela!!!!!

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #18 en: 09 de Febrero de 2010, 16:36:35 pm »
Que no compañero, que no discuto si me gusta más nuestro ordenamiento o me gusta menos, si es justo o injusto, si al que le toque la china o al que le toque la japonesa, o al que le toque el mejor o el peor Abogado del mundo.......que indico LA LEY, y no puedo pronunciarme sobre el mundo de lo que me gustaría o crea que es lo conveniente, no soy legislador y eso pertenece "al mundo del debe ser o debería ser". Puedo hablar de lo que es, y lo que es es la ley, fundamentos doctrinales , fundamentos jurisprudenciales etc. No habrá un caso en que ningún Abogado no esté presente siendo preceptivo por violación de un derecho fundamental y vulneración de la legalidad procesal, además de la legislación penal para Jueces y Magistrados por prevaricación como delito especial. Eso fue lo que preguntasté en tu primer post (qué pasa si ningún Abogado quiere llevar el caso).

Si hay un Estado garantista ese es España, a pesar de sus carencias y con sus virtudes. Si me consta que un procedimiento siendo obligatorio asistir con Abogado el Juez y el Colegio de Abogados ha permitido estar a una de las partes sin asistencia técnica pues a denunciarlo en vía judicial !!, en la forma que me indica el ordenamiento jurídico.

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Re: Derecho del ciudadano a ser asistido por abogado
« Respuesta #19 en: 09 de Febrero de 2010, 18:38:11 pm »
Si yo lo que te digo es que lo denuncias y no pasa nada. No sirve para nada, cuando en frente se tiene a según quien.
Yo tampoco estoy en todos los casos, pero en los que conozco así es, y por muchas leyes que hayan.

Mira, te puedo contar bastantes casos.

Una sentencia firme de hace 3 años. ¿Ha de ser ejecutada?
No se pudo ejecutar por falta de abogado.
Se tuvo que acudir al colegio.
Aceptando el abogado que te "tocara".
Lo que el colegio te echara a precio libre.
El colegio despues de mucho remolonear, nombro un abogado. Dejando clarisimo por escrito  que el abogado designado no estaba obligado aceptar. Pues aceptó y renuncio, sin mas consecuencia para él ni el colegio.
Designó a regañadientes un segundo . Ídem.
Se acudió al juez, y dijo una primera ocasion que no era su problema. Y que si no aparecía un abogado archivaba.
Se replicó y el juez ídem una segunda vez.
Y una tercera vez que dice que no es su problema.
El CGPJ , dijo que no era su problema.
¿Que queda?
NADA.

¿Irse al TC?
¿Sin abogado?
¿gastandose un dineral?
¿Que no suele haber costas, a costa de uno?
¿Para cobrar 2000 euros?
¿Despues de 5 años?
¿Eso si no se lo cargan en el filtro de entrada?

¿para qué queremos las leyes?
¿Para que hayan abogados, jueces..., para marear al ciudadano?
¿O para resolver conflictos del ciudadano?

DE eso hablo yo, que no coincide con lo  que tu dices.
Tu  estas por la teoría y yo por la practica, la realidad de la realidad.

Y es evidente que:
Cuando un ciudadano pide abogado al colegio lo está pidiendo a todos.
Y si con esa peticion no se consigue el servicio, todos estan incumpliendo su deber.
Y no hay manera incluso de hacer entender esto al colegio, a todos.
Se emperran en que el abogado tiene libretad para aceptar o no, en una vision miope de las obligaciones propias de la profesion.
Y el colegio debia conocer las leyes.
Idem el juez.