Si 2) es ambiguo y 3) es claro, 3) debe aplicarse.
En todo caso, en el caso "Franco vive", se ha violado 1) (Arts. 9.3 y 25.1), con fines de propaganda electoral.
Mismo esquema en el caso "escuchas de Gúrtel", violándose:
1. El secreto de las comunicaciones, inequívocamente. (Art. 18 CE).
2. El derecho a la tutela judicial efectiva. (Art. 24 CE).
3. El derecho del imputado a no confesarse culpable. (Art. 25.2).
Que son antijurídicas, las decisiones de Garzón es algo que se deduce no sólo de la lógica elemental, sino de las resoluciones judiciales que anulan las de Garzón: (auto de la AN declarándose incompetente, auto del TSJ de Madrid anulando las escuchas ilegales y tachándolas de inquisitoriales y diversos autos del TS de procesamiento).
Nota: sé que es incorrecto el término "procesamiento" al tratarse de juicios abreviados, pero utilizo esta terminología, por ser la más corriente y la que mejor se entiende.
Añádase a todo esto:
1. Que procesa a muertos, pudiendo procesar a vivos como Carrillo o Villarejo por los mismos crímenes del franquismo. (Diferencia de trato inexplicable).
2. Que dicta unas diligencias, aun cuando la ley las señala como inútiles e impertinentes, (art. 311 LECrim porque:
I La muerte extingue la responsabilidad criminal. (Art. 130 CP).
II La muerte de estas personas era un hecho notorio y por tanto exento de prueba. (Arts. 281.4 en relación con el art. 4, ambos de la LEC 2000).
3. Que la cacería y otros actos como presentación de libros y otras celebraciones con camaradas del PSOE, pone de relieve la contaminación política del sujeto y su amistad con las gentes del PSOE, lo que le incapacita para llevar dos casos, que el PSOE utiliza de forma machacona y hasta la náusea como herramientas de propaganda político-electoral. Y así como en el caso Gurtel, es discutible su deber de abstención, en el caso "Franco vive", es indudable que sus diligencias sólo pueden tener el propósito de ser utilizado propagandísticamente por sus amigos del PSOE, por los motivos que ya he dicho.
4. De todo lo dicho en el punto 3, se desprende que Garzón estaba políticamente contaminado para llevar la causa del franquismo y pese a ello no se abstuvo.
5. Añádase a eso, el hecho de que las resoluciones de Garzón son manifiestamente ilícitas y han sido revocadas por los Tribunales, así que jurídicamente, lo tiene chungo. Otra cosa son las presiones políticas contra el TS, como ese acto vomitivo de la Complutense, ante las cuales espero que el TS no se arrugue.
Finalmente, aclaro que todo lo dicho era sin ánimo de ser exahustivo.
