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Autor Tema: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA  (Leído 54123 veces)

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Desconectado lino1978

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #340 en: 31 de Mayo de 2011, 12:09:58 pm »
Tengo una duda, a ver si me podeis ayudar compañeros.

Respecto al contenido típico de las capitulaciones matrimoniales, apartado 2.1 del tema 10, dice textualmente:

"Es más, pueden limitarse a otorgar capitulaciones para expresar que el régimen legal supletorio que les corresponda, por resultarles antipático o incoveniente, no resulte de aplicación, sin indicar, sin embargo, cuál debería de ser el régimen económico-matrimonial aplicable".

En este caso, ¿no se les aplicaría ningún régimen? ¿estan obligados a regularlo a través del contenido atípico?, es la duda que tengo.

Gracias y suerte a todo el mundo

PD: puesto a adivinar, aconsejo que machaquen bien las siguientes: convenio regulador, bienes gananciales, filiación y divorcio, la práctica sobre la tutela.


Desconectado Pedro G.

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #341 en: 31 de Mayo de 2011, 12:25:32 pm »
En ese caso regirá el régimen supletorio de segundo orden, es decir, el de separación de bienes, según el art. 1435.2, siempre que se encuentren en territorio de derecho Común, claro.

Saludos

Desconectado lino1978

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #342 en: 31 de Mayo de 2011, 13:15:52 pm »
Ok, gracias, es lo que suponíaal principio pero como tampoco lo aclaraban en el libro me generó dudas. Gracias

Desconectado alexuxa

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #343 en: 31 de Mayo de 2011, 19:38:03 pm »
no me entra en la pagina del calendario,¿sabeis a que hora es el examen de civil del proximo lunes???¿empiezo a estar de los nervios!!!!!saludos. :-[

Desconectado sultanita

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #344 en: 31 de Mayo de 2011, 19:59:41 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
no me entra en la pagina del calendario,¿sabeis a que hora es el examen de civil del proximo lunes???¿empiezo a estar de los nervios!!!!!saludos. :-[
A las 18:30, una hora menos si, como es mi caso, vives en Canarias (qué suerte vivir aquí  :'().
Ánimo!!!!

Desconectado alexuxa

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #345 en: 31 de Mayo de 2011, 21:29:50 pm »
gracias sultanita!!!suerte el lunes ya nos contaremos aver que tal!!!!!

Desconectado analee

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #346 en: 01 de Junio de 2011, 13:51:38 pm »
Sabéis algun@ si al exámen se puede llevar el Código Civil???es que en el anterior cuatrimestre pude ver que lo llevaba muchísima gente y la verdad es que yo no tenía ni idea....no sé si en este será también el caso....gracias!!

Desconectado faustus

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #347 en: 01 de Junio de 2011, 13:52:40 pm »
No se puede. Y tampoco el programa de la asignatura, sólo el libro de Prácticas.
En Andalucía tenemos seis unidades de medida. A saber: la mijilla, el peazo, el cacho, la jartá, la peshá y un güevo.

Desconectado MENCHA

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #348 en: 02 de Junio de 2011, 20:51:29 pm »
Que ameno es el tema 25, me dan ganas de tirarme por la ventana :D

Desconectado sultanita

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #349 en: 04 de Junio de 2011, 13:43:11 pm »
SOCORRO!!!!! A ver si alguien me ayuda porque para mí que esto se contradice, a ver: en el tema de la adopción, en los Requisitos, dice que  únicamente podrá ser adoptado el menor no emancipado, no? Pues bien, en el proceso de adopción, cuando habla de los casos de solicitud privada, una de las circunstancias que pueden concurrir para que no haga falta la propuesta de la entidad pública es que el adoptado sea Mayor de edad o Menor Emancipado!!!! :o :o :o Pero en qué quedamos? No decía la Ley del 87 que sólo se podían adoptar los menores no emancipados?
Otra: en las prohibiciones de adopción dice que No podrá adoptarse a un descendiente, y, de nuevo, en la solicitud privada de adopción dice que otra de las circunstancias para que no haga falta la propuesta de la entidad oública es que el adoptado sea huérfano y pariente del adoptante en tercer grado por consanguinidad o afinidad. Con qué me quedo? Por favor, algún alma caritativa que me lo explique  :'(

Desconectado claudio222

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #350 en: 04 de Junio de 2011, 14:27:56 pm »
La ley 21/1987 "únicamente podrán ser adoptados los menores no emancipados". Para evitar el tráfico de niños, sobre nasciturus o recién nacidos

En cuanto a la edad, excepción, será posible la adopción de un mayor de edad o de un menor emancipado cuando, inmediatamente antes de la emancipación, hubiere existido una situación no interrumpida de acogimiento o convivencia, iniciada antes de que el adoptando hubiere cumplido los 14 años.

con esto creo responder a la primera cuestión sultanita

Desconectado claudio222

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #351 en: 04 de Junio de 2011, 14:33:12 pm »
en cuanto a la otra cuestión entiendo que efectivamente no se puede adoptar a un descendiente, salvo si es huerfano, puesto que si no lo fuese creo que lo normal sería que el ascendente fuese su tutor

esta segunda respuesta no es muy de fiar jejejjejejeje... de todas formas espero haberte ayudado sultanita.... un saludo

Desconectado sultanita

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Re: "POST OFICIAL" DERECHO CIVIL I - FAMILIA
« Respuesta #352 en: 04 de Junio de 2011, 23:07:30 pm »
Gracias Claudio!!!!! Ahora lo pillé!!!!  :)